Informe Técnico 941-2019-SERVIR-GPGSC, 25 de junio de 2019

Fecha25 Junio 2019
Tipo de documentoInforme
De
Asunto
Presidencia
del Consejo de Ministros Autoridad Nacional
del Servicio Civil
"Decenio de
la
Igualdad de oportunídades para mujeres y hombres"
"Año
de
la
lucha contra la corrupción y
la
impunidad"
INFORME
TÉCNICO
N!!
<>¡4
\ -2019-SERVIR/GPGSC
CVNTHIA
LAY
Gerente (e)
de
Políticas de Gestión del Servicio Civil
a)
Otorgamiento de bonos de alimentos mediante convenio colectivo
b)
Condiciones de trabajo y otorgamiento de vales
de
consumo mediante tarjetas
electrónicas
Referencia Oficio
072-2019-SGRH-GAF/MC
Fecha
Lima, 2 5
JUN.
2019
l. Objeto
de
la consulta
Mediante
el
documento de
la
referencia, el Subgerente de Recursos Humanos de
la
Gerencia
de
Administración y Finanzas de
la
Municipalidad Distrital de Comas consulta a
SERVIR
lo
siguiente:
a)
¿Es
posible acordar el otorgamiento del incremento mensual (entregado en dinero) de un concepto
denominado "Bono de alimentos" que deberá
ser
entregado de manera regular y permanente y que
deba ser considerado como concepto remunerativo?
b)
¿Qué
condiciones de trabajo resultan necesarias e indispensables
(y
que no constituyen ventaja
patrimonial) para
el
desempeño de
las
labores que realizan trabajadores
de
una municipalidad?
c)
¿Qué
razones o circunstancias objetivamente demostrarían el otorgamiento de condiciones de trabajo,
debidamente sustentadas, autorizadas y presupuestadas a los trabajadores de una Municipalidad?
d)
¿Es
posible el otorgamiento de
la
alimentación - a través de tarjetas electrónicas o vales de consumo -
que no resultará indispensable o necesaria para el cumplimiento de
las
labores del servidor
ni
facilitara
la prestación de servicios?
11.
Análisis
Competencia de
SERVIR
2.1
Las
competencias de
SERVIR
para emitir opiniones
en
materia del Servicio Civil están contextualizadas
en
el
marco de
las
políticas que
en
materia
de
gestión del empleo e ingreso al Servicio Civil,
entre
otras,
emita de manera progresiva.
Siendo
SERVIR
un órgano rector que define, implementa y supervisa
las
políticas de personal de todo el
Estado, no puede entenderse que como parte de
sus
competencias
se
encuentra
el
constituirse
en
una
instancia administrativa o consultiva previa a
la
adopción de decisiones individuales que adopte
cada
Entidad.
En
ese
sentido, debe precisarse que
las
consultas que absuelve
SERVIR
son
aquellas referidas
al
sentido
y alcance
de
la normativa sobre
el
Sistema Administrativo de Gestión
de
Recursos
Humanos, planteadas
sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos; por lo
tanto,
las
conclusiones del presente informe no
se
encuentran vinculadas necesariamente a situación
particular alguna.
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