Informe Técnico 527-2019-SERVIR-GPGSC, 5 de abril de 2019

Fecha05 Abril 2019
Tipo de documentoInforme
De
Asunto
Referencia
Fecha
Presidencia
del Consejo de Ministros Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Gerencia
de
Políticas de Gestión
del Servicio Civil
"Decenio
de
la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año
de la Lucha contra la Corrupción y la
Impunidad"
INFORME
TÉCNICO
N9
f52~
-2019-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Entrega
de
la
bonificación diferencial permanente a un servidor que tiene
la
condición
de
designado
Oficio
218-2019-DE-HSR-AND
Lima, O 5
ABR.
2019
l. Objeto de la consulta
Mediante el documento de
la
referencia, el Subdirector del Hospital Subregional
de
Andahuaylas consulta a
SERVIR
sobre
la
modalidad de cálculo de
la
remuneración
de
un
médico especialista que
ha
sido designado como Director Ejecutivo.
11.
Análisis
Competencias de
SERVIR
2.1
Las
competencias de
SERVIR
para
emitir
opiniones en materia del Servicio Civil están
contextualizadas
en
el marco de
las
políticas
que
en
materia de gestión del empleo e ingreso
al
Servicio Civil, entre otras, emita de manera progresiva.
2.2 Siendo
SERVIR
un órgano rector que define, implementa y supervisa
las
políticas de personal
de
todo
el Estado, no puede entenderse que como parte de
sus
competencias
se
encuentra el
constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a
la
adopción de decisiones
individuales por
cada
Entidad.
2.3
En
ese
sentido, debe precisarse que
las
consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al
sentido y alcance de
la
normativa sobre el Sistema Administrativo
de
Gestión
de
Recursos
Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos
concretos o específicos; por lo tanto,
las
conclusiones del presente informe no
se
encuentran
vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
2.4
En
atención a lo señalado, no corresponde a
SERVIR,
a través de una opinión técnica como
la
presente, pronunciarse respecto a
casos
concretos como el planteado
por
la entidad
consultante; por lo que el presente informe abordará
las
reglas generales a considerar con
relación a
la
materia consultada.
1

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