Informe Técnico 1971-2021-SERVIR-GPGSC, 5 de octubre de 2021

Fecha05 Octubre 2021
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S . 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaD ocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: ZFLASDC
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Fecha
INFORME TÉCNICO N° -2021-SERVIR-GPGSC
Para : BRATZO BENJAMÍN BARTRA IBAZETA
Gerente de Políticas de Gestión del Servicio Civil
De : MARIA EUGENIA DEL CARMEN CERNA GARCÍA DE ORSOS
Ejecutiva de Soporte y Orientación Legal
Asunto : Sobre el otorgamiento del subsidio por fallecimiento de familiar directo y/o
gastos de sepelio cuando el vínculo bajo el régimen del Decreto Legislativo N°
276 se encuentra suspendido
Referencia : Oficio N° 1564-DG-N° 445-OP-INSN-2021
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia, el Director General del Instituto Nacional de Salud
del Niño Breña formula a SERVIR las siguientes consultas:
a) Un servidor y/o servidora se encuentra designado como funcionario en otra Entidad,
¿Dónde le corresponde que le otorguen el reconocimiento de la entrega económica por
luto, subsidio por fallecimiento y subsidio por gastos de sepelio o servicios funerario
completo, si el fallecimiento del familiar ocurrió mientras su plaza se encontraba
bloqueada en la entidad de origen?
b) ¿Si un servidor y/o servidor se encuentra designado como funcionario CAS en otra entidad
y el hecho generado (fallecimiento) ocurre mientras se encuentra bajo dicha designación,
le corresponde el reconocimiento de la entrega económica por luto o de subsidio por
fallecimiento y/o subsidio por gastos de sepelio o servicio funerario completo?
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR es un organismo rector que define,
implementa y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse que
como parte de sus competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa
o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales que adopte cada entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y
alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos,
planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos
o específicos. Por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran vinculadas
necesariamente a situación particular alguna.
Firmado digitalmente por
MORON SANCHEZ Wilder Joubert FAU
20477906461 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 2021/10/05 15:04:15-0500
Firmado digitalmente por
CERNA GARCIA DE ORSOS Maria
Eugenia Del Carmen FAU 20477906461
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2021/10/05 17:55:03-0500

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