Informe Técnico 1838-2019-SERVIR-GPGSC, 25 de noviembre de 2019

Fecha25 Noviembre 2019
Tipo de documentoInforme
De
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros
Autoridad
Nacional
del
Servicio Civil
Gerencia
de
Políticas
de
Gestión
del
Servicio Civil
"Decenio de
la
Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de
la
Lucha
contra la Corrupción y la Impunidad"
INFORME
TÉCNICO
N2
J-'88~
-2019-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerenta
de
Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto Subsidio
por
fallecimiento en la
Ley
de
la Carrera Especial Pública Penitenciaria
Referencia Oficio 2586-2019-INPE/09.01
Fecha
Lima, 2 5
NOV.
2019
l.
Objeto
de
la consulta
Mediante
el
documento
de la referencia,
el
Jefe
de
la Unidad de Recursos Humanos
del
Instituto
Nacional Penitenciario consulta a
SERVIR
si
un servidor penitenciario percibe el subsidio
por
fallecimiento de
su
padre y de
su
madre, o dicho beneficio
es
excluyente.
11.
Análisis
Competencias
de
SERVIR
2.1
Las
competencias
de
SERVIR
para
emitir
opiniones en materia
del
Servicio Civil están
contextualizadas en el marco de las políticas
que
en materia
de
gestión
del
empleo
e ingreso al
Servicio Civil,
entre
otras, emita
de
manera progresiva.
2.2 Siendo
SERVIR
un órgano rector que
define
, implementa y supervisa
las
políticas
de
personal
de
todo
el Estado, no puede entenderse
que
como
parte de
sus
competencias se encuentra el
constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a la adopción
de
decisiones
individuales
por
cada Entidad.
2.3
En
ese
sentido, debe precisarse que las consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al
sentido y alcance
de
la
normativa
sobre
el
Sistema Administrativo
de
Gestión
de
Recursos
Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados
entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos
concretos o específicos; por lo
tanto,
las conclusiones del presente
informe
no
se encuentran
vinculadas necesariamente a situación
particular
alguna.
Delim
it
ación
de
la consulta
En
atención a lo señalado,
no
corresponde a
SERVIR,
a través
de
una
opinión
técnica
como
la
presente, pronunciarse respecto a casos concretos
como
el
planteado
por
la
entidad
consultante;
por
lo que el presente informe abordará las reglas generales a considerar con relación a la
materia
consultada.
Sobre
el
subsidio
por
fallecimiento en la Ley 29709 -Ley
de
la Carrera Especial Pública Penitenciaria
2.5
De
conformidad con el numeral 5 del artículo 24 de la Ley
29709 -
Ley
de
la Carrera Especial
Pública Penitenciaria, establece como
uno
de
los beneficios del servidor penitenciario, lo siguiente:
1

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