Informe Técnico 1353-2019-SERVIR-GPGSC, 28 de agosto de 2019

Fecha28 Agosto 2019
Tipo de documentoInforme
Gerencia
de
Politicas
de
Gestién
del
Servicio
Civil
PERU]
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros
“Decenio
de
Ia
Igualdad
de Oportunidades
para
Mujeres y
Hombres”
"Afio
de
la
Lucha
contra
la
Corrupcidn
y
la
impunidad"
INFORME
TECNICO
n°_/253-2019-SERVIR/GPGSC
De
CYNTHIA
SU
LAY
Gerente
(e)
de
Politicas
de
Gestion
del
Servicio
Civil
Asunto
:
Sobre
la
constitucién
del
CAFAE
para
servidores
sujetos
al
régimen
del
Decreto
Legislativo
728
Referencia
5
Oficio
878-2019-MIDIS-FONCODES/DE
Fecha
Lima,
29
AGO.
2019
I.
Objeto
de
la
consulta
Mediante
el
documento
de
la
referencia,
el
Director
Ejecutivo
del
Fondo
de
Cooperacién
para
el
Desarrollo
Social
-
FONCODES
solicita
a
SERVIR
reevaluar
el
pronunciamiento
emitido
en
el
Informe
Técnico
N?
1054-2019-SERVIR/GPGSC,
toda
vez
que
subsiste
la
consulta
planteada
sobre
la
posibilidad
de
conformar
el
CAFAE
o
Sub
CAFAE
en
entidades
sujetas
al
Decreto
Legislativo
728
en
virtud
del
Decreto
Supremo
N2
006-75-PM-INAP;
y,
como
consecuencia
de
ello,
realizar
el
depédsito
de
los
descuentos
por
tardanzas
e
inasistencias
a
su
‘Fondo
de
Asistencia
y
Estimulo’
con
el
fin
de
realizar
actividades
propias
del
‘CAFAE’
distintas
al
pago
de
incentivos
laborales.
I.
Anilisis
Competencias
de
SERVIR
2.1 Las
competencias
de
SERVIR
para
emitir
opiniones
en
materia
del
Servicio
Civil
estan
contextualizadas
en
el
marco
de
las
politicas
que
en
materia
de
gestidn
del
empleo
e
ingreso
al
Servicio
Civil,
entre
otras,
emita
de
manera
progresiva.
2.2
Siendo
SERVIR
un
6rgano
rector
que
define,
implementa
y
supervisa
las
politicas
de
personal
de
todo
24
el
Estado,
no
puede
entenderse
que
como
parte
de
sus
competencias
se
encuentra
el
constituirse
en
una
instancia
administrativa
o
consultiva
previa
a
la
adopcién
de
decisiones
individuales
que
adopte
cada
Entidad.
En
ese
sentido,
debe
precisarse
que
las
consultas
que
absuelve
SERVIR
son
aquellas
referidas
al
sentido
y
alcance
de
la
normativa
sobre
el
Sistema
Administrativo
de
Gestién
de
Recursos
Humanos,
planteadas
sobre
temas
genéricos
y
vinculados entre
si,
sin
hacer
alusiébn
a
asuntos
concretos
o
especificos;
por
fo
tanto,
las
conclusiones
del
presente
informe
no
se
encuentran
vinculadas
necesariamente
a
situaci6n
particular
alguna.
Los
CAFAE,
en
un
primer
momento
fueron
constituidos
sobre
la
base
de
los
descuentos
a
los
empleados
publicos
por
incumplir
las
disposiciones
legales
por
asistencia
y
puntualidad,
teniendo
por
objetivo
financiar
medidas
asistenciales
a
favor
del
personal.
Actualmente,
viene
siendo
utilizado
como
una forma
de
compensar
los
bajos
ingresos
econdmicos
del
personal
comprendido
en
el
Decreto
Legislativo
276, para
ello,
la
actual
normativa
recurre
a
la
figura
de
incentivos
para
incluir
mensualmente
ingresos
no
remunerativos
y
que
tampoco
sirven
de
base
para
ningun
otro
beneficio
legal,
contribucién
o
tributo.

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