Informe Técnico 1101-2019-SERVIR-GPGSC, 18 de julio de 2019

Fecha18 Julio 2019
Tipo de documentoInforme
Gerencia
de
Politicas
de
Gestidn
del
Servicio
Civil
“Decenio
de
[a
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres y
hombres”
“Afio
de
la
Lucha
contra
la
Corrupcién
y
la
Impunidad”
INFORME
TECNICO
HO|
-2019-SERVIR/GPGSC
De
CYNTHIA
SU
LAY
Gerente
(e)
de
Politicas
de
Gestion
del
Servicio
Civil
Asunto
Sobre
el
calculo
de
la
bonificacién
diferencial
permanente
Referencia
:
Oficio
N2
850-2019-UTH/DIGA-UNSAAC
Fecha
:
Lima,
18
JUL.
2019
Objeto
de
la
consulta
Mediante
documento
de
la
referencia,
la
Jefa
de
la
Unidad
de
Talento
Humano
de
la
Universidad
Nacional
de
San
Antonio
Abad
del
Cusco
consulta
a
SERVIR
sobre
el
pedido
presentado
por
una
servidora
solicitando
la
rectificacién
del
calculo
de
la
bonificacién
diferencial
que
le
corresponde,
debido
a
que
no
se
encuentra
conforme
al
procedimiento
efectuado
por
la
entidad.
Anilisis
Competencia
de
SERVIR
2.1
2.2
2.3
Las
competencias
de
SERVIR
para
emitir
opiniones
en
materia
del
Servicio
Civil
estan
contextualizadas
en
el
marco
de
las
politicas
que
en
materia
de
gestién
del
empleo
e
ingreso
al
Servicio
Civil,
entre
otras,
emita
de
manera
progresiva.
Siendo
SERVIR
un
érgano
rector
que
define,
implementa
y
supervisa
las
politicas
de
personal
de
todo
el
Estado,
no
puede
entenderse
que
como
parte
de
sus
competencias
se
encuentra
el
constituirse
en
una
instancia
administrativa
o
consultiva
previa
a
la
adopcién
de
decisiones
individuales
por
cada
Entidad.
En
ese
sentido,
debe
precisarse
que
las
consultas
que
absuelve
SERVIR
son
aquellas
referidas
al
sentido
y alcance
de
la
normativa
sobre
el
Sistema
Administrativo
de
Gestidn
de
Recursos
Humanos,
planteadas
sobre
temas
genéricos
y
vinculados
entre
si,
sin
hacer
alusi6n
a
asuntos
concretos
o
especificos;
por
lo
tanto,
las
conclusiones
del
presente
informe
no
se
encuentran
vinculadas
necesariamente
a
situacién
particular
alguna.
@{mitacién
de
la
consulta
Respecto
la
opinién
legal
solicitada,
precisamos
que
se
abordaran
reglas
generales
a
considerar
en
relacién
a
la
materia
consultada,
sin
hacer
alusién
a
algun
caso
especifico,
dado
que
SERVIR
como
ente
rector
del
Sistema
Administrativo
de
Gestién
de
Recursos
Humanos,
no
se
constituye
en
instancia
previa
a
la
toma
de
decisiones
de
las
entidades
de
la
Administracién
Publica,
ni
se
pronuncia
sobre
situaciones
particulares.

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