Informe Técnico 095-2019-SERVIR-GPGSC, 21 de enero de 2019

Fecha21 Enero 2019
Tipo de documentoInforme
De
Asunto
' Presidencia
del Consejo de Ministros Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Gerencia
de
Pol
í
ti
cas
de Gestión
del S
er
vido
Civil
"Decenio de
la
Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de
la
Lucha
contra
la
Corrupción y
la
Impunidad"
INFORME
TÉCNICO
No
015
-2019-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Otorgamiento de subsidio
por
fallecimiento de familiar directo
y/o
gastos
de
sepelio cuando el vínculo bajo el régimen del Decreto Legislativo
No
2.76
se
encuentra suspendido
Referencia Registro W 42655-2018
Fecha
Lima, Z í
ENE
20H
1.
Objeto
de la consulta
Mediante el documento de
la
referencia nos consultan si en
mérito
al
concepto
de
«Estado
empleador único»
es
factible reconocer el subsidio
por
fallecimiento
de
familiar
directo
a los
servidores de la Carrera Administrativa cuando estos se encuentran designados bajo un
régimen laboral
distinto
en
otra
entidad
pública.
11
. Análisis
Competencias de
SERVIR
2.1 Debe precisarse que las consultas que absuelve Autoridad Nacional del Servicio
Civil-
SERVIR
son aquellas referidas al sentido y alcance de la
normativa
aplicable
al
Sistema
Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, planteadas sobre temas genéricos y
vinculados entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos. Por
lo
tanto
, las
conclusiones del presente
informe
no
se
encuentran vinculadas necesariamente a situación
particular alguna.
Sobre el Estado como
empleador
único
En
principio, consideramos necesario explicar los alcances de la noción del Estado como
empleador único.
Para
tal
fin nos remitimos al artículo 6 del Decreto
legislativo
W 2761, el
cual reconoce expresamente
que
la administración pública constituye una sola
inst
itución
para efectos de la Carrera Administrativa y el Sistema Único de Remuneraciones.
Cabe
recordar que
tanto
la
«Carrera Administrativa» como el «Sistema Único de
Remuneraciones» son conceptos propios
del
régimen regulado
por
el Decreto Legislativo
No
276; estos no han sido recogidos en
la
normativa de
otros
regímenes (Decretos Legislativos
W 728
y/o
1057). Y es que, si bien el Estado posee
múltiples
modalidades de vinculación
de
personal, no
se
debe dejar de
tener
en cuenta que cada una de estas modalidades cuenta
1 Decreto Legislativo N"
276
-ley
de
Bases
de
la
carrera
Administrativa
"Articulo 6.- Para
las
efectos de
lo
Carrera Administrativa y el Si
st
ema Único de Remuneraciones, la Administración Pública c
onst
i
tu
ye una
sola Insti
tución[
..
. ]
>>
.
1

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