Informe de Superintendencia nº 298-2006-SUNAT/2B0000

Fecha20 Diciembre 2006
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N° 298-2006-SUNAT/2B0000

SUMILLA:

Cuando el servicio de transporte de bienes por vía terrestre dentro del ámbito local, a que se refiere la primera tabla del rubro Ámbito Local del "Anexo 1: Valores referenciales del transporte de bienes por vía terrestre durante operativos en puerto y en el ámbito local", no tenga como punto de origen ni de destino el Puerto del Callao, el monto del depósito resultará de aplicar el porcentaje de 4% sobre el importe de la operación; toda vez que en este supuesto no resulta posible determinar el valor referencial de acuerdo con el Decreto Supremo N° 010-2006-MTC.

INFORME N° 298-2006-SUNAT/2B0000

MATERIA:

En relación con las normas que regulan el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT) aplicable al servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre, se consulta cuál sería el valor para el cálculo de la detracción cuando el servicio de transporte de carga se realiza entre distintos puntos del Anexo I del Decreto Supremo N° 010-2006-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 033-2006-MTC, sin que el lugar de inicio del traslado o el de destino, sea el puerto del Callao o la zona primaria(1).

BASE LEGAL:

  • Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 940, referido al SPOT, aprobado por el Decreto Supremo N° 155-2004-EF, publicado el 14.11.2004, y normas modificatorias (en adelante, TUO del Decreto Legislativo N° 940).

  • Resolución de Superintendencia N° 073-2006/SUNAT, que establece normas para la aplicación del SPOT al transporte de bienes realizado por vía terrestre, publicada el 13.5.2006, y normas modificatorias.

  • Decreto Supremo N° 010-2006-MTC, que aprueba la tabla de valores referenciales para la aplicación del SPOT en el servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre, publicado el 25.3.2006, modificado por el Decreto Supremo N° 033-2006-MTC, publicado el 30.9.2006 (en adelante, Decreto Supremo N° 010-2006-MTC).

ANÁLISIS:

Se parte de la premisa que la consulta está dirigida a que se determine sobre qué importe o valor referencial se calcula el monto del depósito para la aplicación del SPOT, tratándose del servicio de transporte de bienes por vía terrestre dentro del ámbito local a que se refiere la primera tabla del rubro Ámbito Local del "Anexo I: Valores referenciales del transporte de bienes por vía terrestre durante operativos en puerto y en el ámbito local", cuando el origen y destino de dicho servicio no sea el Puerto del Callao.

Al respecto, cabe señalar lo siguiente:

  1. El inciso a) del artículo 3° del TUO del Decreto Legislativo N° 940 señala que se entenderán por operaciones sujetas al SPOT, entre otras, a la venta de bienes muebles o inmuebles, prestación de servicios o contratos de construcción gravados con el IGV y/o ISC o cuyo ingreso constituya renta de tercera categoría para efecto del Impuesto a la Renta.

    Por su parte, el artículo 4° del mencionado TUO dispone que el monto del depósito será determinado mediante cualquiera de los métodos allí señalados, de acuerdo a lo que establezca la SUNAT teniendo en cuenta las características de los sectores económicos, bienes o servicios involucrados en las operaciones sujetas al Sistema.

    Así, el inciso d) del citado artículo 4° establece que, tratándose del servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre, el monto del depósito será determinado mediante un porcentaje aplicable sobre el importe de la operación o sobre el monto señalado en la tabla de valores referenciales que será aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, el que resulte mayor,

    Agrega la norma que la tabla de valores referenciales a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser actualizada periódicamente siguiendo el mismo procedimiento establecido para su aprobación. Añade, que en caso que no exista un valor referencial
    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR