Informe de Superintendencia nº 169-2019-SUNAT/7T0000

Año2019
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 169-2019-SUNAT/7T0000
MATERIA:
Se consulta lo siguiente:
1. ¿La cesión de posición contractual a título oneroso en un Contrato de Licencia
para la exploración y explotación de hidrocarburos está gravada con el Impuesto
General a las Ventas (IGV)?
2. Si de acuerdo con lo regulado en el Reglamento de la Garantía de Estabilidad
Tributaria y de las Normas Tributarias de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, el
ingreso que un contratista pudiera obtener por la cesión de posición contractual
en el Contrato de Licencia para la exploración y explotación de hidrocarburos
califica como ingreso atribuible al concepto “Actividades de Contrato” o al de
“Otras Actividades” definidos en el referido reglamento.
BASE LEGAL:
- Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-99-EF, publicado el 15.4.1999 y
normas modificatorias (en adelante, Ley del IGV).
- Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por el
Decreto Supremo N.º 042-2005-EM, publicado el 14.10.2005 y normas
modificatorias (en adelante, LOH).
- Reglamento de la Garantía de Estabilidad Tributaria y de las Normas Tributarias
de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo N.º 32-
95-EF, publicado el 1.3.1995 y normas modificatorias (en adelante, Reglamento
de Estabilidad Tributaria de la LOH).
aprobado por el Decreto Supremo N.º 032-2004-EM, publicado el 21.8.2004 y
normas modificatorias.
ANÁLISIS:
1. Con relación a la primera consulta, cabe indicar que de acuerdo con el artículo
1° de la Ley del IGV, este impuesto grava, entre otras operaciones, la venta en
el país de bienes muebles.
Al respecto, el inciso a) del artículo 3° de la citada ley señala que se entiende por
venta todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso,
independientemente de la designación que se dé a los contratos o negociaciones
que originen esa transferencia y de las condiciones pactadas por las partes.

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