INFORME de Superintendencia nº 157-2015-SUNAT/5D0000

Año2015
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 0157-2015-SUNAT/5D0000
MATERIA:
Se formulan las siguientes consultas respecto a la aplicación del Impuesto
General a las Ventas (IGV) y sus sistemas administrativos, tratándose de la
venta de vales de consumo(
1
) y canastas navideñas:
1. Los vales de consumo que incluyen características específicas del producto
a canjear en vez de un monto dinerario (por ejemplo, “vale por un pavo de
7 kg.”), ¿podrían ser considerados como documentos representativos de
moneda y, por ende, excluidos de la definición de “bienes muebles” para
efectos de la aplicación del IGV?
2. En el caso particular de los vales de pavo, siendo éstos emitidos para la
venta a terceras empresas por intermedio de una factura, y especificando
las características propias del producto en cuestión, mas no un monto
dinerario, ¿estarían tales vales sujetos al Régimen de Percepciones del
IGV?
3. Con respecto a las canastas navideñas, siendo éstas una combinación de
diferentes productos, posiblemente algunos sujetos al Régimen de
Percepciones del IGV o al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias
(SPOT), pero que finalmente se venden tanto a personas naturales como a
personas jurídicas como un solo bien final con un único precio, ¿estarían
las canastas navideñas sujetas a alguno de dichos sistemas
administrativos?
BASE LEGAL:
- Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-99-EF, publicado el 15.4.1999 y
normas modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del IGV).
- Reglamento de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado
por el Decreto Supremo N.° 29-94-EF, publicado el 29.3.1994 y normas
modificatorias (en adelante, Reglamento de la Ley del IGV).
- Ley N.° 29173, Ley del Régimen de Percepciones del IGV, publicada el
23.12.2007 y normas modificatorias.
- Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT, que aprueba
normas para la aplicación del SPOT al que se refiere el Decreto Legislativo
N.° 940, publicada el 15.8.2004 y normas modificatorias.
1
Los que, entendemos, no son aquellos oto rgados al amparo de la Ley N.° 28051, Ley de Prestaciones
Alimentarias en beneficio de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada,
publicada el 2.8.2003.

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