INFORME de Superintendencia nº 112-2015-SUNAT/5D0000

Año2015
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 112-2015-SUNAT/5D0000
Se consulta si los ingresos por servicios de asesoría técnica especializada en
temas aduaneros relacionados a mejoras al proceso de control de puertos y
aeropuertos, prestados en el país por el Banco Internacional de Reconstrucción
y Fomento a favor de una Entidad del Sector Público Nacional, que le permita
fortalecer el control y combatir el ingreso y salida ilegal de mercancía, con la
mínima incidencia en el flujo de transacciones comerciales, se encuentran
gravados con el Impuesto a la Renta.
BASE LEGAL:
Convenio Constitutivo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento,
aprobado por la Resolución Legislativa N.° 10343 de l 29.12.1945.
ANÁLISIS:
1. De acuerdo con el acápite (iii) del artículo I del Convenio Constitutivo del
Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF)(
1
)(
2
), uno de los
fines del banco es promover el crecimiento equilibrado y de largo alcance
del comercio internacional, así como el mantenimiento del equilibrio de las
balanzas de pagos, alentando inversiones internacionales para fines de
desarrollo de los recursos productivos de los miembros, ayudando así a
aumentar la productividad, elevar el nivel de vida y mejorar las condiciones
de trabajo en sus territorios.
Asimismo, el último párrafo del artículo I del citado Convenio establece que
en todas sus decisiones, el Banco se guiará por los fines enunciados en
este artículo.
Por su parte, la Sección I del artículo VII indica que a fin de que el Banco
pueda cumplir con las funciones que se le encomiendan, le deberán ser
concedidos en los territorios de cada miembro la situación jurídica, las
inmunidades y los privilegios establecidos en este artículo.
Una de las cláusulas que contiene tales inmunidades y privilegios es la
Sección 9 del citado artículo, según el cual, el BIRF, sus activos, sus
bienes, sus ingresos, sus operaciones y transacciones autorizadas por este
Convenio quedarán exentos de toda clase de impuestos y derechos
aduaneros; y el Banco quedará también exento de toda responsabilidad
respecto del pago o recaudación de cualquier impuesto o derecho.
1
Información contenida en el Portal del Banco Mundial:
http://web.worldbank.org/WBSITE/EXTERNAL/BANCOMUNDIAL/QUIENESSOMOS/0,,print:Y~isCUR
L:Y~contentMDK:20440513~menuPK:950571~pagePK:64057863~piPK:242674~theSitePK:263702,00
.html
2
El BIRF, establecido en 1944, es la institución original del Grupo del Banco Mundial y la fuente de los
préstamos por los cuales es mejor conocido el Grupo. El BIRF permanece como lo que muchas
personas significan al referirse al Banco Mundial. Información contenida en el Portal del Banco
Mundial(http://documentos.bancomundial.org/curated/es/2007/01/12541364/guide-world-bank-second-
edition-una-guia-del-banco-mundial-segunda-edicion).

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