Informe de Superintendencia nº 070-2011-SUNAT/2B0000

Año2011
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 070-2011-SUNAT/2B0000
MATERIA:
Se consulta si el servicio de reencauche de neumáticos califica como un servicio
de reparación o mantenimiento de bien mueble sujeto al Sistema de Pago de
Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT) a que se refiere el
Decreto Legislativo N.° 940.
BASE LEGAL:
- Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N.° 940 referente al
Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central,
aprobado por el Decreto Supremo N.° 155-2004-EF, pu blicado el 14.11.2004, y
normas modificatorias.
- Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT , que establece normas
para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el
Gobierno Central, publicada el 15.8.2004, y normas modificatorias.
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-99-EF,
publicado el 15.4.1999, y normas modificatorias (en adelante, Ley del IGV).
ANÁLISIS:
1. El artículo del TUO del Decreto Legislativo N .° 940 señala que se
entenderán por operaciones sujetas al SPOT, entre otras, a la venta de bienes
muebles o inmuebles, prestación de servicios o contratos de construcción
gravados con el IGV y/o ISC o cuyo ingreso constituya renta de tercera
categoría para efecto del Impuesto a la Renta.
Por su parte, el inciso a) del artículo 13° del ci tado TUO dispone que mediante
Resolución de Superintendencia la SUNAT designará los sectores económicos,
los bienes, servicios y contratos de construcción a los que resultará de
aplicación el Sistema, así como el porcentaje o valor fijo aplicable a cada uno
de ellos.
De otro lado, el artículo 12° de la Resolución de S uperintendencia N.° 183-
2004/SUNAT establece como operaciones sujetas al SPOT a los contratos de
construcción y servicios gravados con el IGV detallados en el Anexo 3.
Así pues, el numeral 3 del referido Anexo 3, sustituido por la Resolución de
Superintendencia N.° 098-2011/SUNAT(
1
), señala que están sujetos al SPOT
los servicios de mantenimiento o reparación de bienes muebles corporales y de
las naves y aeronaves comprendidos en la definición prevista en el inciso b) del
artículo 3° de la Ley del IGV.
Cabe indicar que de acuerdo con lo previsto en el inciso b) del artículo 3° de la
Ley del IGV, se entiende por bienes muebles, entre otros, a los corporales que
pueden llevarse de un lugar a otro.
2. Ahora bien, en cuanto al servicio materia de consulta, la Nota del numeral 3.2
del artículo 3° del Reglamento Técnico para neumáti cos de automóvil, camión
1
Publ icada el 21 .4.2011 y vigente a partir del 1.5.2011

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