Informe de Superintendencia nº 064-2010-SUNAT/2B0000

Año2010
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
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?
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INFORME
N.' U
O
T2OI
O-SUNAT/2BOOOO
MATERIA:
BeJo sl contexto ds la modlflceción ofsctuada
por
cl Decruto Loglslátivo
N." 953
a laE Tablas
de
Intraccion€E
y Sanciones d€l
Código Tributario, s€ consulta si
debe considerarse a la pérdida
n€ta trlbutar¡a de €j€rcic¡os anteriores en
dgterminación del lmporl€ de la sanción d€ multá conespond¡€nte a lE
comisión
de la infracción
contemplada €n el num€ral 1 dsl artfculo 178' del Cód¡go
Tributario, aceecida o detectada entre el 6.2.2004
y el 31.3.2007.
BASE
LEqAL;
- T6xto Único Ordanado d6l Código
Tributario, Eprob¡do
por €l Dscroto
Supremo N.' 135-99-EF,
publicado
el 19.8.1999,
y normas modificatorias
(en
adelantg, TUO del Código Tributario).
- Decreto Legislat¡vo
N.' 953,
qu6
mod¡fica div6rso8 artfculos d6l
TUO
del
código Tributario,
publicado
el 5.2.2004.
- TEXto Unico Ordenado d6
la Ley d6l lmpuesto a la Renta, aprobado
por
el
D€creto Supr€mo N.' 179-2004-EF,
publicado
el 8.12.2004,
y normas
mod¡f¡catorias
(en
adelante,
TUO d€ la Léy del lmpuosto a la R€nta).
ANALISIS:
El numeral
I d€l artioulo
178'd6l TUO del Código Tributario,
modifcado
por
el
artfculo 88' d6l Decreto
Legislatlvo N,' 953, dispone
que
consl¡tuye
infracción
16lacionada con el cumplimiento
de las obligaciones tributarias
el no inclu¡r on
las declaraciones ingresos
y/o
remunoraciones
y/o
retr¡buciones
y/o
rentas
y/o
patrimonio y/o actos
gravados y/o
tributos rotenidos o percibidos, y/o aplicar
tasas o porcentajes
o coef¡cientss distintos a los
que
les
corresponde 6n la
determinación
ds los pagos
a cuenta o anticipos, o declarar
cifras o datos
falsos u omitlr c¡rcunstancias en las declaraciones,
que ¡nfluyan en la
determinación
de la obligación tributaria;
y/o
que
generen
aumentos
indebidos
de saldos o pérd¡das
tributarias o créditos a favor d6l d€udor tributario
y/o que
generen
la obtención
indebida de Notas de Créd¡to Negociables u otros
valores
similares.
Por su parte,
les Tablas de Infracc¡ones
y Sancion$
dgl TUO d€l Cód¡go
Tributarlo aprobadas
por
el Decreto
L€gislat¡vo N.'953, vigentes del 6.2.2004
al 31.3.2007(1), establecieron
qu6
a la ¡nfracción antes indicada
I€ correspondfa
una
sanción de multa equivalgnte
al 50%
d€l
tributo
om¡tido o 50% del saldo,
' Con
f.chá 15.3.2007 !6 publicó
.l Oacrsto
Lagi¡latlvo N.'981, 6l cu3l modlfcó diwrlo¡ tttfcdo¡ d.l
TUO d€lCódigo Tribul¡rlo
y le
Tebls dc Inhaccion.!
y
Ssnclonr!
TlbuiÉri¡8 d€ d¡dlo Código,
habi€ndo
ontlado.ñ
vigrncie
€l
1.4.2007.

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