Informe de Superintendencia nº 059-2011-SUNAT/2B0000
Año | 2011 |
Fecha | 25 Mayo 2011 |
Emisor | Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria |
INFORME N.° 059-2011-SUNAT/2B0000
MATERIA:
Se consulta si los importes que deben ser cancelados a trabajadores y ex
trabajadores por mandato judicial(
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) se encuentran afectos al Impuesto a la Renta
y a las aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones y al Essalud, y en qué
oportunidad se produce el nacimiento de la obligación tributaria o surge la
obligación de practicar la retención respectiva.
BASE LEGAL:
- Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por
el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8. 12.2004, y normas
modificatorias.
- Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de
Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo N.°
003-97-TR, publicado el 27.3.1997, y normas modificatorias.
- Texto Único Concordado (TUC) del Decreto Ley N.° 19990, cuya publicación
fue dispuesta mediante el Decreto Supremo N.° 014-7 4-TR, publicado el
8.8.1974, y normas modificatorias.
- Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, Ley N.° 26790,
publicada el 17.5.1997 y normas modificatorias.
- Reglamento de la Ley N.° 26790, Ley de Modernizac ión de la Seguridad
Social en Salud, aprobado por el Decreto Supremo N.° 009-97-SA, publicado
el 9.9.1997, y normas modificatorias.
ANÁLISIS:
1. Impuesto a la Renta
1.1 El artículo 34° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta señala que son
rentas de quinta categoría, entre otros conceptos, las obtenidas por:
a) El trabajo personal prestado en relación de dependencia, incluidos
cargos públicos, electivos o no, como sueldos, salarios, asignaciones,
emolumentos, primas, dietas, gratificaciones, bonificaciones,
aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie,
gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios
personales.
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Tales como, por ejemplo, remuneraciones devengadas, indemnización por despido arbitrario, compensación por tiempo
de servicios, bonificación vacacional, reintegro de remuneraciones, gratificaciones, vacaciones, horas extras.
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