Informe de Superintendencia nº 055-2021-SUNAT/7T0000

Año2021
Fecha28 Mayo 2021
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 0055-2021-SUNAT/7T0000
MATERIA:
Se consulta si las rentas obtenidas por la prestación de servicios definidos por la
normativa del impuesto a la renta como servicios digitales, para efecto de los
Convenios suscritos por el Perú con Chile, Canadá, México, Corea o Portugal califican
como beneficio empresarial siendo aplicable el tratamiento previsto en el artículo 7 de
dichos convenios.
BASE LEGAL:
- Convenio entre la República del Perú y la República de Chile para evitar la doble
tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación al Impuesto a la Renta y al
Patrimonio, aprobado mediante Resolución Legislativa N.° 27905 del 11.12.2002,
ratificado por el Decreto Supremo N.° 005-2003-RE, publicado el 17.1.2003;
aplicable desde el 1.1.2004 y Protocolo Modificatorio(
1
) (en adelante, CDI Perú -
Chile).
- Convenio entre el Gobierno de la República de Perú y el Gobierno de Canadá para
evitar la doble tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación al Impuesto
a la Renta y al Patrimonio, aprobado mediante Resolución Legislativa N.° 27904
del 11.12.2002, ratificado por el Decreto Supremo N.° 022-2003-RE, publicado el
5.2.2003, aplicable desde el 1.1.2004 (en adelante, CDI Perú Canadá).
- Convenio entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos para evitar
la doble tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación con los Impuestos
sobre la Renta y su Protocolo, aprobado mediante Resolución Legislativa N.°
30144 del 23.12.2013, ratificado por el Decreto Supremo N.° 003-2014-RE,
publicado el 17.1.2014; vigente a partir del 19.2.2014 y aplicable desde el 1.1.2015
(en adelante, CDI Perú - México).
- Convenio entre la República de Corea y la República del Perú para evitar la doble
tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación con los Impuestos sobre la
Renta y su Protocolo, aprobado por la Resolución Legislativa N.° 30140 del
26.12.2013, ratificado por el Decreto Supremo N.° 004-2014-RE, publicado el
27.2.2014; vigente a partir del 3.3.2014 y aplicable desde el 1.1.2015 (en adelante,
CDI Perú - Corea).
- Convenio entre la República del Perú y la República Portuguesa para evitar la doble
tributación y prevenir la evasión fiscal en relación con los Impuestos a la Renta y
su Protocolo, aprobado por la Resolución Legislativa N.° 30141 del 26.12.2013,
ratificado por el Decreto Supremo N.° 009-2014-RE, publicado el 6.3.2014; vigente
a partir del 12.4.2014 y aplicable desde el 1.1.2015 (en adelante, CDI Perú -
Portugal).
- Convenio entre el Gobierno de la República Federativa de Brasil y el Gobierno de
la República del Perú para evitar la doble tributación y para prevenir la evasión
1
Rat ificado mediante Decreto Supremo N.° 006-2003-RE, publicado el 17.1.2003.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR