INFORME de Superintendencia nº 040-2013-SUNAT/4B0000

Año2013
Fecha12 Marzo 2013
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 040-2013-SUNAT/4B0000
MATERIA:
Se consulta si se encuentra sujeta al Sistema de Pago de Obligaciones
Tributarias (SPOT) la venta y el bombeo de concreto premezclado que se
incluyen en una factura y, de ser así, cuál es el porcentaje aplicable.
Para tal efecto, se solicita tener en cuenta las siguientes premisas:
a) Es el caso de empresas que fabrican concreto premezclado y se dedican a la
venta del mismo.
b) Debido a las características del producto (concreto premezclado) se lleva el
producto adquirido por el cliente, al lugar donde se desarrolle la obra.
c) Solo en el caso que el lugar en donde el cliente desea colocar el producto se
ubique en altura y solo si lo requiere, se hace uso de una bomba hormiguera
la cual permite bombear el producto hasta el lugar designado.
BASE LEGAL:
Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N.° 940, referente al
Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, aprobado por el Decreto
Supremo N.° 155-2004-EF, publicado el 14.11.2004, y normas modificatorias,
entre ellas, el Decreto Legislativo N.° 1110, publ icado el 20.6.2012.
Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e
Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-
99-EF, publicado el 15.4.1999, y normas modificatorias (en adelante TUO de
la Ley del IGV).
Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT, que establece normas
para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, publicada
el 15.8.2004, y normas modificatorias, entre ellas, la Resolución de
Superintendencia N.° 022-2013/SUNAT, publicada el 2 4.1.2013.
ANÁLISIS:
1. De acuerdo con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 3° del TUO del
Decreto Legislativo N.° 940, se entenderán por oper aciones sujetas al SPOT,
entre otras, a la venta de bienes muebles o inmuebles, prestación de servicios
o contratos de construcción gravados con el Impuesto General a las Ventas
(IGV) y/o Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) o cuyo ingreso constituya
renta de tercera categoría para efecto del Impuesto a la Renta.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR