Informe de Superintendencia nº 036-2020-SUNAT/7T0000

Año2020
Fecha01 Junio 2020
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 036-2020-SUNAT/7T0000
MATERIA:
Se plantea el supuesto de un centro comercial que se adquiere a través de un
arrendamiento financiero, el cual se construye por etapas; siendo que alguna(s)
de ellas, aun cuando sus instalaciones finales(
1
) se encuentran todavía en
proceso de ejecución, ya fue(ron) entregada(s) al arrendatario, obteniendo este
el derecho a utilizar los locales (tiendas) que la(s) conforman, que no
constituyen unidades inmobiliarias independientes; y en virtud al cual este cede
en uso dichos locales a terceros, en diferentes oportunidades, para su
habilitación y posterior explotación por estos(
2
), obteniendo aquel, en
contraprestación por dicha cesión, rentas gravadas con anterioridad a la
finalización de la ejecución de las instalaciones en cuestión.
Al respecto, se formula las siguientes consultas:
1. ¿En qué momento se debe iniciar la depreciación de los locales cedidos en
uso?
2. ¿Se podría iniciar el cómputo de la depreciación de cada etapa una vez
concluida la construcción de cada una de ellas, y entregado en uso por lo
menos un local (tienda) correspondiente a dicha etapa?
3. ¿Cuál es la base sobre la cual se deberá aplicar la depreciación del centro
comercial?
4. En el supuesto que el centro comercial sea adquirido o construido con
capital propio:
a) ¿En qué momento se debe iniciar la depreciación de los locales cedidos
en uso?
b) ¿La depreciación se calcularía sobre el monto de la inversión
correspondiente a la etapa que corresponda?
BASE LEGAL:
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el
Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12.2004 y normas
modificatorias (en adelante, LIR).
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto
Supremo N.° 122-94-EF, publicado el 21.9.1994 y normas modificatorias (en
adelante, Reglamento de la LIR).
1
Eléctricas, sanitarias y similares.
2
Dichas rentas se cobran desde la entrega del local al locatario.

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