INFORME de Superintendencia nº 006-2013-SUNAT/4B0000

Fecha16 Enero 2013
Año2013
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 006-2013-SUNAT/4B0000
MATERIA:
Se consulta si se encuentra afecto al Impuesto General a las Ventas e Impuesto a
la Renta, la Tarifa por Uso de Aguas Subterráneas a que se refiere la Ley N.°
24516.
BASE LEGAL:
Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto
Supremo N.° 135-99-EF, publicado el 19.8.1999 y nor mas modificatorias (en
adelante, TUO del Código Tributario).
Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el
Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12. 2004, y normas
modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del Impuesto a la Renta).
Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e
Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-
99-EF, publicado el 15.4.1999, y normas modificatorias (en adelante, TUO de
la Ley del IGV).
Ley N.° 29338, Ley de Recursos Hídricos, publicada el 31.3.2009.
Reglamento de la Ley N.° 29338, aprobado por el De creto Supremo N.° 001-
2010-AG, publicado el 24.3.2010.
Ley N.° 24516, Ley que reserva las aguas subterrán eas de las cuencas de los
ríos de las provincias de Chepén, Ascope, Pacasmayo y Trujillo a favor de
SEDAPAT, publicada el 6.6.1986.
Decreto Supremo N.° 033-86-VC, mediante el cual se aprueba la tarifa para
las personas que con fines de consumo domestico comercial o industrial,
utilicen agua extraída del subsuelo en la jurisdicción comprendida dentro de
las cuencas de los ríos de las provincias de Chepén, Ascope, Pacasmayo y
Trujillo, publicado el 25.11.1986.
ANÁLISIS:
La consulta formulada se encuentra orientada a determinar si la Tarifa por Uso de
Aguas Subterráneas a que se refiere la Ley N.° 24516 se encuentra afecta al
Impuesto General a las Ventas e Impuesto a la Renta, siendo que para efecto de
ello resulta necesario establecer si dicho concepto constituye tributo.

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