Informe de Superintendencia nº 000084-2023-SUNAT/7T0000

Año2023
Fecha03 Julio 2023
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
MATERIA:
Se formulan las siguientes consultas sobre la aplicación del impuesto a la renta e
impuesto general a las ventas (IGV) en los contratos de asociación en participación,
en los que el asociado es una persona natural domiciliada en el país:
1. A fin de determinar el impuesto a la renta del referido asociado, ¿corresponde
deducir de su participación la contribución que realizó en favor del asociante?
2. La contribución que efectúa dicho asociado consistente en la cesión en uso
temporal de bienes en favor del asociante ¿se encuentra gravada con el IGV?
BASE LEGAL:
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el
Decreto Supremo N.º 179-2004-EF, publicado el 8.12.2004 y normas
modificatorias (en adelante, LIR).
- Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por el Decreto Supremo N.º 055-99-EF, publicado el 15.4.1999 y
normas modificatorias (en adelante, Ley del IGV)
- Ley N.º 26887, Ley General de Sociedades, publicada el 9.12.1997 y normas
modificatorias (en adelante, LGS).
ANÁLISIS:
1. En cuanto a la primera consulta, el inciso i) del artículo 24 de la LIR dispone que
son rentas de segunda categoría, los dividendos y cualquier otra forma de
distribución de utilidades, con excepción de las sumas a que se refiere el inciso
g) del artículo 24-A de la referida ley.
INFORME N.º 000084-2023-SUNAT/7T0000
ASUNTO : Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las
normas tributarias.
LUGAR : Lima, 03 de julio de 2023
Vº Bº
7T2000
REG. 4022
PERCY MANUEL DIAZ
SANCHEZ
GERENTE
03/07/2023 10:46:56
Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible
localizada en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. La
representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en la Directiva N° 002-2021-PCM/SGTD. La
verificación puede ser efectuada a partir del 03/07/2023. Base Legal: Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Supremo
N° 029-2021-PCM y la Directiva N° 002- 2021-PCM/SGTD.
URL: https://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itinteroperabilidad/valida/verificacion
CVD: 0078 9222 3840 0791
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
.
Firmado Digitalmente por:
GUILLERMO CESAR SOLANO
MENDOZA
INTENDENTE NACIONAL
INTENDENCIA NACIONAL JURÍDICO
TRIBUTARIA
Fecha y hora: 03/07/2023 10:50

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