Informe de Superintendencia nº 000077-2023-SUNAT/7T0000

Fecha14 Junio 2023
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
MATERIA:
Se consulta si una Institución Educativa Particular (específicamente un colegio),
constituida antes de la vigencia del Decreto Legislativo N.º 882, que continúa
operando en las mismas condiciones desde su formación, goza de la exoneración
del impuesto a la renta prevista en el inciso b) del artículo 19 de la Ley del Impuesto
a la Renta, en la medida que su promotor, que es una asociación sin fines de lucro,
cumpla con los requisitos previstos en dicha norma.
BASE LEGAL:
- Decreto Supremo N.º 047-97-EF, que aprueba normas reglamentarias de las
disposiciones tributarias aplicables a las instituciones educativas particulares,
publicado el 30.4.1997.
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el
Decreto Supremo N.º 179-2004-EF, publicado el 8.12.2004, y normas
modificatorias (en adelante, LIR).
ANÁLISIS:
De acuerdo con la Tercera Disposición Transitoria y Final del Decreto Supremo N.º
047-97-EF, los centros educativos particulares constituidos y autorizados con
anterioridad al Decreto Legislativo N882(
1
), cuyas personas jurídicas promotoras
no optaran por reorganizarse o transformarse en otras de tipo distinto conforme a
la Segunda Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N.º 882(
2
) y las normas
1
Ley de Promoción de la Inversión en Educación, publicada el 9.11.1996 y normas modificatorias.
2
Que señala que las Instituciones Educativas Particulares, bajo el ámbito del Ministerio de Educación,
constituidas y autorizadas antes de la vigencia de la presente Ley, se rigen por las disposiciones de ésta.
Añade que, dichas Instituciones podrán reorganizarse o transformarse en cualquier otra persona jurídica
contemplada en el artículo 4 del Decreto Legislativo N.º 882, según el cual, las Instituciones Educativas
Particulares, deberán organizarse jurídicamente bajo cualquiera de las formas previstas en el derecho
INFORME N.º 000077-2023-SUNAT/7T0000
ASUNTO : Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las
normas tributarias.
LUGAR : Lima, 14 de junio de 2023
Vº Bº
7T2000
REG. 4022
PERCY MANUEL DIAZ
SANCHEZ
GERENTE
14/06/2023 11:11:54
Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible
localizada en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. La
representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en la Directiva N° 002-2021-PCM/SGTD. La
verificación puede ser efectuada a partir del 14/06/2023. Base Legal: Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Supremo
N° 029-2021-PCM y la Directiva N° 002- 2021-PCM/SGTD.
URL: https://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itinteroperabilidad/valida/verificacion
CVD: 0077 2851 4737 8161
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
.
Firmado Digitalmente por:
GUILLERMO CESAR SOLANO
MENDOZA
INTENDENTE NACIONAL
INTENDENCIA NACIONAL JURÍDICO
TRIBUTARIA
Fecha y hora: 14/06/2023 12:05

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR