Informe de Superintendencia nº 000030-2023-SUNAT/7T0000

Año2023
Fecha28 Marzo 2023
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
MATERIA:
Se plantea el supuesto de un consorcio con contabilidad independiente de la de sus
partes contratantes que ha suscrito con terceros, contratos de manera sucesiva para
la prestación de servicios o ejecución de proyectos; y que, por la ejecución de alguno
de esos contratos -ya culminado- generó pérdida neta total de tercera categoría y/o
tuviera un saldo a favor del crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV).
En ese contexto, se formula las siguientes consultas:
1. ¿Es compensable en ejercicios posteriores la pérdida neta total de tercera
categoría de fuente peruana que el consorcio registre en un ejercicio gravable,
generada por la ejecución de alguno de sus contratos ya culminado?
2. ¿El saldo a favor del crédito fiscal generado por el consorcio durante la ejecución
de un contrato, una vez concluido este, puede ser aplicado en los periodos
siguientes en que se ejecute otro contrato?
BASE LEGAL:
- Ley N.° 26887, Ley General de Sociedades, publicada el 9.12.1997 y normas
modificatorias (en adelante, LGS).
- Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto
Supremo N.° 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013 y normas modificatorias (en
adelante, Código Tributario).
- TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.°
179-2004-EF, publicado el 8.12.2004 y normas modificatorias (en adelante, LIR).
- TUO de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), aprobado por el
Decreto Supremo N.° 055-99-EF, publicado el 15.4.1999 y normas modificatorias
(en adelante, Ley del IGV).
INFORME N.º 000030-2023-SUNAT/7T0000
ASUNTO : Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las
normas tributarias.
LUGAR : Lima, 28 de marzo de 2023
Vº Bº
7T2000
REG. 4022
PERCY MANUEL DIAZ
SANCHEZ
GERENTE
28/03/2023 15:58:51
Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible
localizada en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. La
representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en la Directiva N° 003-2021-PCM/SGTD. La
verificación puede ser efectuada a partir del 28/03/2023. Base Legal: Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Supremo
N° 029-2021-PCM y la Directiva N° 002- 2021-PCM/SGTD.
URL: https://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itinteroperabilidad/valida/verificacion
CVD: 0070 5599 5100 3090
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
.
Firmado Digitalmente por:
PERCY MANUEL DIAZ SANCHEZ
ENCARGADO(E)
INTENDENCIA NACIONAL JURÍDICO
TRIBUTARIA
Fecha y hora: 28/03/2023 15:59

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