Informe Nº 13348-2021-CG/APP-SCC de Contraloría general de la República, 21-07-2021
Fecha de publicación | 26 Julio 2021 |
Fecha | 21 Julio 2021 |
Número de informe | 13348-2021-CG/APP-SCC |
Emisor | AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO - ATU |
Tipo de proceso | CONTROL CONCURRENTE |
SUBGERENCIA DE CONTROL DE ASOCIACIONES PÚBLICO
PRIVADAS Y OBRAS POR IMPUESTOS
INFORME DE HITO DE CONTROL
N° 13348-2021-CG/APP-SCC
CONTROL CONCURRENTE
AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO
LIMA - LIMA – LIMA
CONTRATOS DE CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE
TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LOS CORREDORES
COMPLEMENTARIOS DEL SISTEMA INTEGRADO DE
TRANSPORTE DE LIMA
HITO DE CONTROL N° 2 – CONTRATACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS
PÓLIZAS DE SEGURO Y GARANTÍAS DE FIEL CUMPLIMIENTO, CONFORME
A LO ESTABLECIDO EN LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN DE LOS
CORREDORES COMPLEMENTARIOS 1, 2, 3, 4 Y 5 Y LA NORMATIVA
APLICABLE
PERIODO DE EVALUACIÓN DEL HITO DE CONTROL:
DEL 8 AL 23 DE JUNIO DE 2021
LIMA – PERÚ
2021
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”
CONTRATOS DE CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LOS CORREDORES COMPLEMENTARIOS DEL
SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE DE LIMA – Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, Lima, Lima, Lima
INFORME DE HITO DE CONTROL N° 13348-2021-CG/APP-SCC
CONTRATOS DE CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS
EN LOS CORREDORES COMPLEMENTARIOS DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE
DE LIMA
ÍNDICE
N° Pág.
I. ORIGEN ...................................................................................................................................................... 1
II. OBJETIVOS ................................................................................................................................................. 1
2.1 Objetivo General .......................................................................................................................................................... 1
2.2 Objetivo Específico ...................................................................................................................................................... 1
III. ALCANCE ................................................................................................................................................... 2
IV. INFORMACIÓN RESPECTO DEL HITO DE CONTROL ................................................................................... 2
V. SITUACIONES ADVERSAS .......................................................................................................................... 6
1. NO SE HA EVIDENCIADO QUE LAS PÓLIZAS DE SEGUROS A SER CONTRATADAS POR LOS
CONCESIONARIOS SE ENCUENTREN VIGENTES Y CON LAS CONDICIONES Y COBERTURAS
ESTABLECIDAS EN LOS CONTRATOS DE C ONCESIÓN. ADICIONALMENTE, NO SE HA EVIDENCIADO QUE
LA ATU HAYA REALIZADO ACCIONES DE SUPERVISIÓN VINCULADAS A LA VIGENCIA Y CONDICIONES DE
LAS PÓLIZAS SEÑALADAS. LAS SITUACIONES DESCRITAS GENERAN QUE TANTO LOS BIENES DE LA
CONCESIÓN C OMO TERCEROS INVOLUCRADOS, NO SE ENCUENTREN CUBIERTOS ANTE L A
OCURRENCIA DE SINIESTROS, EN LOS TÉRMINOS EXIGIDOS POR LOS RESPECTIVOS CONTRATOS. ..... 6
2. NO SE HA EVID ENCIADO QUE ALGUNAS GARANTÍAS DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DEL
PLAN DE CHATARREO PRESENTADAS POR LOS CONCESIONARIOS SE ENCUENTREN VIGENTES NI Q UE
LA ATU HAYA R EALIZADO ACCIONES DE SUPERVISIÓN VINCULADAS A LA VIGENCIA Y CONTENIDO DE
LAS REFERIDAS GARANTÍAS. ELLO GENERA INCERTIDUMBRE RE SPECTO A SI EL ESTADO SE
ENCUENTRA ASEGURADO EN CASO DE INCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALES POR PARTE DE LOS
CONCESIONARIOS. .................................................................................................................................. 26
VI. DOCUMENTACIÓN VINCULADA AL HITO DE CONTROL .................................................................................... 38
VII. INFORMACIÓN DEL REPORTE DE AVANCE ANTE SITUACIONES ADVERSAS .......................................... 39
VIII. INFORMACIÓN DE LAS SITUACIONES ADVERSAS COMUNICADAS EN INFORMES DE HITO DE CONTROL
ANTERIORES ............................................................................................................................................ 39
IX. CONCLUSIONES ....................................................................................................................................... 39
X. RECOMENDACIÓN .................................................................................................................................... 40
XI. APÉNDICES .............................................................................................................................................. 42
INFORME DE HITO DE CONTROL N° 13348-2021-CG/APP-SCC
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CONTRATOS DE CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LOS CORREDORES COMPLEMENTARIOS
DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE DE LIMA – Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, Lima, Lima, Lima
INFORME DE HITO DE CONTROL N° 13348-2021-CG/APP-SCC
CONTRATOS DE CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS
EN LOS CORREDORES COMPLEMENTARIOS DEL SISTEMA INTEGRADO DE
TRANSPORTE DE LIMA
HITO DE CONTROL N° 2 – CONTRATACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO
Y GARANTÍAS DE FIEL CUMPLIMIENTO, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LOS
CONTRATOS DE CONCESIÓN DE LOS CORREDORES COMPLEMENTARIOS 1, 2, 3, 4 Y 5 Y
LA NORMATIVA APLICABLE
I. ORIGEN
El presente informe se emite en el marco del Control Concurrente realizado a los Contratos de
Concesión del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en los Corredores Complementarios
del Sistema Integrado de Transporte de Lima (en adelante, Contratos de Concesión
1
), cuya
Comisión de Control Concurrente (en adelante, Comisión) fue acreditada ante la Autoridad de
Transporte Urbano para Lima y Callao (en adelante, Concedente
2
, Supervisor
3
o ATU) a través del
Oficio N° 000086-2021-CG/GCMEGA del 13 de abril de 2021. El Control Concurrente se encuentra
registrado en el Sistema de Control Gubernamental- SGC con la orden de servicio N° 02-C920-
2021-081, en el marco de lo previsto en la Directiva N° 002-2019-CG/NORM “Servicio de Control
Simultáneo”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 115-2019-CG, de 28 de marzo de
2019 y sus modificatorias, y los Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control
Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control correspondiente al período 2019 - 2021
4
.
II. OBJETIVOS
2.1 Objetivo General
Determinar si la ATU viene cumpliendo con sus obligaciones y funciones establecidas en los
Contratos de Concesión, así como en la normativa aplicable.
2.2 Objetivo Específico
Verificar la supervisión de la contratación y renovación de pólizas de seguro y garantías de fiel
cumplimiento de los Corredores 1, 2, 3, 4 y 5, conforme a lo establecido en los Contratos de
Concesión y la normativa aplicable.
1
Cuando en el presente informe se haga mención a los Contratos de Concesión, estos se e ncuentran referidos a los cinco (5) Corredores
Complementarios con sus respectivos Paquetes de Servicios.
2
En el marco del proceso de fusión por absorción dispuesto por la Ley N°30900 y su Reglamento, el Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de
Lima (en adelante, PROTRANSPORTE) ejerció sus funciones y competencias hasta la suscripción de los contratos de cesión de la posición
contractual a favor de la ATU. En ese sentido, el 2 9 de agosto de 2020, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 127-2020-ATU/PE,
se establece como fecha de inicio del ejercicio de las funciones transferidas por parte de PROTRANSPORTE a la Autoridad de Transporte Urbano
para Lima y Callao – ATU, el 14 de setiembre de 2020.
3
La cláusula Cuarta de las Adendas N° 3, N° 4, N° 4 y N° 4, de Cesión de Posición Contractual de Protransporte a favor de la ATU, suscritas el 07
de agosto de 2020, correspondientes a los Paquetes de Servicio del Corredor 1, Corredor 2, Corredor 3 y Corredor 4, respectivamente, establecen
lo siguiente: “A partir de la vigencia de la presente Adenda, la Supervisión del Contrato de Concesión estará a cargo de la A TU, quien para tales
efectos sustituye al Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET (…); toda referencia en el contrato de concesión a INVERMET deberá
entenderse y reemplazarse por la ATU”. [subrayado agregado]
4
Aprobado por Resolución de Contraloría N° 546 -2018-CG de 31 de diciembre de 2018, modificado mediante Resolución de Contraloría N° 082-
2020-CG, publicada el 29 febrero de 2020 a través del diario “El Peruano”.
Firmado digitalmente por SALINAS
MIGUEL Carlos Enrique FAU
20131378972 soft
Motivo: Doy Visto Bueno
Fecha: 21-07-2021 13:05:25 -05:00
Firmado digitalmente por LIPA
MENDOZA Miguel Angel FAU
20131378972 soft
Motivo: Doy Visto Bueno
Fecha: 21-07-2021 13:12:09 -05:00
Firmado digitalmente por VELASCO
SANCHEZ Jose Ronmy FAU
20131378972 soft
Motivo: Doy Visto Bueno
Fecha: 21-07-2021 13:18:24 -05:00
Firmado digitalmente por
MONDRAGON ROJAS Milagros Olinda
FAU 20131378972 soft
Motivo: Doy Visto Bueno
Fecha: 21-07-2021 14:09:01 -05:00
Firmado digitalmente por GUEVARA
NOVOA Yvan Sergio FAU
20131378972 soft
Motivo: Doy Visto Bueno
Fecha: 21-07-2021 14:27:32 -05:00
Firmado digitalmente por JUAREZ
MORALES Milagros Vanessa FAU
20131378972 hard
Motivo: Doy Visto Bueno
Fecha: 21-07-2021 15:15:46 -05:00
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