Informe Nº 011-2017-OCI/2165-AS de Contraloría general de la República, 13-12-2017

Fecha de publicación12 Julio 2021
Fecha13 Diciembre 2017
Número de informe011-2017-OCI/2165-AS
EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO-LIMA
Tipo de procesoACCIÓN SIMULTÁNEA
Municipalidad
de
San
Isidro
ÓRGANO
DE
CONTROL
INSTITUCIONAL
INFORME
DE
ACCIÓN
SIMULTÁNEA
N*
011-2017-OCI/2165-AS
ACCIÓN
SIMULTÁNEA
A
LA
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE
SAN
ISIDRO,
PROVINCIA
DE
LIMA,
LIMA
EJECUCIÓN
DE
LA
OBRA
“MEJORAMIENTO
URBANO-VIAL
DEL
ENTORNO
COMPRENDIDO
POR
LAS
AV.
AREQUIPA,
CAMINO
REAL,
JAVIER
PRADO
OESTE
Y
PAZ
SOLDÁN
EN
EL
FUNDO
CONDE
DE
SAN
ISIDRO,
DISTRITO
DE
SAN
ISIDRO-LIMA-LIMA-1
ETAPA”-
LP
N*
008-2017-CS/MSI
l,
ORIGEN
La
presente
acción
simultánea
a
la
"Ejecución
de
la
obra:
Mejoramiento
urbano-vial
del
entomo
comprendido
por
las
Av. Arequipa,
Camino
Real,
Javier
Prado
Oeste
y
Paz
Soldán
en
el
fundo
Conde
de
San
Isidro,
distrito
de
San
Isidro-Lima-Lima-l
Etapa”-
Licitación
Pública
n.*008-2017-CS/MSI,
es
un
servicio
de
control
simultáneo,
programado
en
el
Plan
Anual
de
Control
2017
del
Órgano de
Control
Institucional,
que
se
realiza
en
el
marco
de
las
facultades
asignadas
a
los
órganos
conformantes
del
Sistema
Nacional
de
Control
mediante
Ley
n.?
27785
y
sus
modificatorias,
y
lo
dispuesto
en
la
Directiva
n.*
017-2016-
CG/DPROCAL
que
regula
el
“Control
simultáneo”,
aprobada
mediante
Resolución
de
Contraloría
n.*
432-
2016-CG,
publicada
el
4
de
octubre
de
2016.
Il.
OBJETIVO
El
servicio
de
control
simultáneo
tiene
como
objetivo
establecer
si
las
partidas
en
ejecución
de
la
obra
“Mejoramiento
urbano-vial
del
entorno
comprendido
por
las
av.
Arequipa,
Camino
Real,
Javier
Prado
Oeste
y
Paz
Soldán
en
el
fundo
Conde
de
San
Isidro,
distrito
de
San
Isidro
-
Lima
Lima
-
|
Etapa”,
LP
N?
008-
2017-CS/MSI,
con
la
supervisión
correspondiente,
se
están
efectuando
según
el
expediente
técnico
Y
aprobado
y
en
concordancia
a
lo
establecido
en
las
normas
técnicas
del
Reglamento
Nacional
de
i
Edificaciones,
normativa
de
contrataciones
y
demás
normas
aplicables.
Il.
ALCANCE
supervisión
de
obra
correspondiente,
según
cronograma
de
ejecución
de
la
obra
“Mejoramiento
urbano-vial
del
entomo
comprendido
por
las
av.
Arequipa,
Camino
Real,
Javier
Prado
Oeste
y
Paz
Soldán
en
el
fundo
Conde
de
San
lsidro,
distrito
de
San
Isidro
Lima
-
Lima
-
|
Etapa”
-
Licitación
pública
n.*
008-2017-
CS/MSI.
>
La
acción
simultánea
comprende
la
revisión
selectiva
de
la
ejecución
de
partidas
programadas,
con
la
El
servicio
de
control
simultáneo
se
ha
desarrollado
durante
el
periodo
del
15
de
noviembre
de
2017
al
7
de
diciembre
de
2017,
en
las
instalaciones
de
la
Municipalidad
de
San
Isidro
ubicada
en
la
calle
Augusto
Tamayo
n.?
180
y
en
el
lugar
de
la
ejecutión
de
la
obra,
en
el
entomo
comprendido
por
las
av.
Arequipa,
Camino
Real,
Javier
Prado
Oeste
y
Paz
Soldán
en
el
fundo
Conde
de
San
Isidro,
Distrito
de
San
Isidro,
Provincia
y
Departamento
de
Lima.
AA
IV.
INFORMACIÓN
RELACIONADA
A
LAS
ACTIVIDADES
MATERIA
DE
CONTROL
Proyecto
de
inversión
pública
“Mejoramiento
urbano-vial
del
entomo
comprendido
por
las
av.
Arequipa,
Camino
Real,
Javier
Prado
Oeste
y
Paz
Soldán
en
el
fundo
Conde
de
San
Isidro,
distrito
de
San
Isidro
Lima
Lima
|
Etapa”:
La
Licitación
pública
n.*
008-2017-CS/MSI
para
la
ejecución
de
la
obra
“Mejoramiento
urbano-vial
del
entomo
comprendido
por
las
av.
Arequipa,
Camino
Real,
Javier
Prado
Oeste
y
Paz
Soldán
en
el
fundo
Conde
de
San
Isidro,
distrito
de
San
Isidro
-
Lima
-
Lima
|
Etapa”
corresponde
a
los
componentes
1
al
6
del
proyecto
de
inversión
pública
con
código
SNIP N*
273659,
elaborado
por
la
Subgerencia
de
Proyectos
y
declarado
viable
por
la
Oficina
de
Programación
e
Inversiones
el
1
de
octubre
de
2013,
por
un
monto de
S/.
5'007,035.67.
El
expediente
técnico
de
la
referida
obra
ha
sido
elaborado
por
profesionales
de
la
Subgerencia
de
Proyectos
y
aprobado
por
dicha
subgerencia,
en
calidad
de
unidad
ejecutora,
mediante
Resolución
de
Subgerencia
n.*
05
de
9
de
junio
de
2017.
El
valor
referencial
determinado
en
el
presupuesto
del
citado
expediente
técnico
es
de
S/.
4'240,560.92,
con
fecha
base
de marzo de
2017.
La
Subgerencia
de
Proyectos
es
la
unidad
orgánica
encargada
de
la
formulación
de
los
estudios
de
preinversión
y
de
los
estudios
definitivos/expedientes
técnicos,
en
concordancia
al
artículo
98*
del
Reglamento
de
organización
y
funciones
vigente,
aprobado
mediante
Ordenanza
n.”
382-MSI,
publicada
el
31
de marzo
de
2015,
el
cual
señala
entre
sus
funciones
las
siguientes:
-
Elaborar
y
ejecutar
estudios,
programas
y/o
proyectos
de
inversión
pública
-
Coordinar
con
las
entidades
públicas
y/o
privadas
que
tengan
relación
con
el
desarrollo
de
los
Estudios
y/o
Proyertos
de
Inversión
Pública
-
Elaborar
y/o
aprobar
los
estudios
de
preinversión,
estudios
definitivos
y/o
expedientes
técnicos
detallados.
-
Elaborar
y/o
aprobar
los
Requerimientos
técnicos
mínimos
de
los
proyectos
de
inversión
pública
-
Elaborar,
suscribir
y
registrar
los
estudios
de
preinversión
en
el
Banco
de
Proyectos
del
Sistema
Nacional
de
Inversión
Pública.
Asimismo,
la
Subgerencia
de
Obras
de
la
Gerencia
de
Desarrollo
Distrital
es
la
unidad
ejecutora
encargada
de
la
ejecución
de
las
obras,
en
concordancia
al
artículo
96?
del
Reglamento
de
organización
y
funciones
vigentes,
aprobadas
mediante
Ordenanza
n.*
382-MSI,
publicada
el
31
de
marzo
de
2015,
el
cual
señala
entre
sus
funciones
las
siguientes:
-
Ejecutar
las
obras
de
infraestructura
de
proyectos
de
inversión
pública
que
se
realicen
en
el
ámbito
distrital,
de
acuerdo
la
priorización
realizada
por
la
Gerencia
de
Desarrollo
Distrital
y
la
Gerencia
Municipal.
;
7
-=
Informar
a
la
gerencia
de
Desarrollo
Distrital,
las
valorizaciones,
liquidaciones
de
acuerdo
a
las
condiciones
establecidas
en
los
contratos
la
obra
suscritos.
-
Otorgar
Certificado
de
Conformidad
de
las
obras
ejecutadas
en
via
pública.
-
Autorizar
el
uso
y
la
ocupación
de
la
vía
pública
de
acuerdo
los
dispositivos
legales
vigentes.
-
Resolver
en
primera
instancia
los
redursos
de
reconsideración
de
los
actos
administrativos
generados
por
los
procedimientos
a
su
cargo.
2
ÓN
TE
-
Supervisar
y/o
inspeccionar
las
obras
ejecutadas
por
la
Municipalidad
tanto
por
la
modalidad
de
administración
directa
como
por
contrata;
así
como
atender
con
celeridad
las
mismas
en
los
casos
de
emergencia,
llevando
un
control
de
las
obras
ejecutadas
por
administración
directa.
-
Formular,
actualizar
y
proponer
la
normatividad
interna
de
su
competencia,
a
través
de
reglamentos,
directivas,
manuales
de
procedimiento
y
otros
documentos,
con
el
asesoramiento
de
la
Gerencia
de
Planeamiento,
Presupuesto
y
Desarrollo
Corporativo,
proponiendo
la
mejora
continua
de
su
gestión.
-
Proponer
y
administrar
el
presupuesto
anual,
el
plan
operativo
y
la
información
estadistica,
de
su
competencia
en
concordancia
con
la
Gerencia
de
Planeamiento,
Presupuesto
y
Desarrollo
Corporativo
y
velar
por
el
cumplimiento
de
los
objetivos
y
metas
establecidos
por
la
Municipalidad.
-
Proponer
y
ejecutar
las
normas
de
control
interno
aplicables
a
su
unidad
orgánica,
así
como
impulsar
la
implementación
de
las
recomendaciones
emitidas
por
el
Sistema
nacional
de
Control.
-
Las
demás
atribuciones
y
responsabilidades
que
se
deriven
del
cumplimiento
de
sus
funciones
que
le
sean
asignadas
por
el
Gerente
de
Desarrollo
Distrital.
Es
de
referir
que
con
fecha
1
de
diciembre
de 2017
entró
en
vigencia
el
Reglamento
de
Organizaciones
y
Funciones
de
la
Municipalidad
distrital
de
San
Isidro,
aprobado
mediante
Ordenanza
N*
451-MSI,
publicada
en
el
diario
el
Peruano
el
día
30
de
noviembre
de
2017,
donde
refiere
las
funciones
de
la
Subgerencia
de
Proyectos
y
la
Subgerencia
de
Obras
públicas,
establecidas
en
los
artículos
81,82,
83
y
84
siendo
las
siguientes:
Subgerencia
de
Proyectos
“Artículo
83.-La
subgerencia
de
Proyectos
se
encarga
de
la
formulación
de
proyectos
institucionales
de
infraestructura
y
otros
que
se
le
encargue;
así
como
de
la
elaboración
y/o
aprobación
de
los
estudios
de
preinversión,
estudios
definitivos
y/o
expedientes
técnicos
detallados
de
los
mismos.
Está
a
cargo
de
un
empleado
de
confianza
con
nivel
de
Subgerente,
quien
depende
funcional
y
jerárquicamente
del
Gerente
de
Desarrollo
Distrital.
Artículo
84.-
Corresponde
a
la
Subgerente
de
Proyectos
las
siguientes
funciones:
a) Participar
en
la
elaboración
de
la
propuesta
de
Plan
de
Inversiones
Públicas
y
obras
a
nivel
distrital,
de
acuerdo
a
las
políticas,
planes
y
normas
aprobados
en
la
gestión.
b)
Elaborar
y
ejecutar
estudios,
programas
y/o
privadas
de
inversión
pública
de
infraestructura
y
otros
que
se
le
encargue.
c)
Coordinar
con
las
entidades
públicas
y/o
privadas
que
tengan
relación
con
el
desarrollo
de
los
estudios
y/o
proyectos
de
inversión
pública
de
infraestructura
y
otros
que
se
le
encargue.
d)
Elaborar
los
estudios
de
preinversión,
estudios
definitivos
y/o
expedientes
técnicos detallados
de
proyectos
de
inversión
pública
y
otros
que
se
le
encargue:
e)
Elaborar
y
gestionar
la
aprobación
Los
Requerimientos
Técnicos
Mínimos
para
la
ejecución
de
los
proyectos
de
inversión
pública
de
infraestructura
y
otros
que
se
le
encargue.
f)
Asesorar
las
unidades
orgánicas
de
la
entidad
materia
de
formulación
de
proyectos
de
inversión
pública.
9)
Integrar
las
comisiones
que
le
sean
encomendadas
por
la
autoridad
municipal.
h)
Elaborar,
suscribir
y
registrar los
estudios
de
preinversión
de
proyectos
de
inversión
pública
de
infraestructura,
en
el
Banco
de
Proyectos
del
Sistema
Nacional
de
Programación
Multianual
y
Gestión
de
Inversiones.
1)
Diseñar
las
propuestas
de
acondicionamiento,
construcción,
modificación
u
otros
que
se
requieran
para
las
sedes
de
la
entidad.
j)
Las
demás
funciones
que
le
sean
asignadas
por
la
Gerencia
de
Desarrollo
Distrital.

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