Influencers: ¿legalmente qué deben tener en cuenta al hacer publicidad?

Un influencer es una persona que, por su experiencia, credibilidad, personalidad, notoriedad o estilo de vida, tiene el poder de influir en un gran número de personas. Un influencer basa su poder comunicacional en la admiración o confianza que las personas le tienen o en la consideración que genera su opinión.

Debido al impacto de sus comunicaciones, es creciente la presencia de los influencers no solo en la actividad de emitir sus opiniones o compartir sus experiencias, sino también en la actividad publicitaria. En este último caso, un influencer realizará publicidad cuando emita comunicaciones, por encargo de una empresa que lo contrata o auspicia, con el fin de promover sus marcas, productos o servicios.

¿Cuáles son las consideraciones legales principales que se deben tener en cuenta cuando un influencer hace publicidad?

. Lo primero que se debe determinar es si las personas, que son consumidores a efectos de la regulación publicitaria, pueden reconocer razonablemente que se trata de publicidad realizada por el influencer. Si la respuesta es sí, no hay problema. Si la respuesta es no, se debe advertir en la comunicación del influencer claramente su naturaleza publicitaria. En estos casos, la utilización de la indicación de "anuncio contratado" es recomendable. En caso contrario, se podría vulnerar el principio de autenticidad que establece la regulación publicitaria.

. Además, en caso de que el influencer trasmita al público un "testimonio" derivado de su uso del producto o servicio publicitado, dicho testimonio debe encontrarse sustentado en experiencias auténticas y recientes que haya tenido.

Adicionalmente, se debe estar en condiciones de acreditar las afirmaciones objetivas (comprobables) que emita el influencer, contando con el sustento previo de la veracidad de dicho mensaje.

. Si la comunicación implica algún tipo de comparación entre los productos o servicios de la empresa que contrata o auspicia al influencer, con ofertas competidoras que estén identificadas o sean razonablemente identificables, la comunicación: i) debe limitarse a presentar información objetiva, verdadera, verificada y exacta; ii) debe ser clara y actual, sin imprecisiones; y, iii) sobre todo debe evitarse la utilización de ironía, sátira, burla o sarcasmo injustificado. Las mismas reglas aplican a las referencias directas o indirectas a productos o servicios de una empresa competidora, aun cuando no sean comparativas. En el contexto de comparaciones o...

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