RESOLUCION JEFATURAL Nº 308-2008-INEI - Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de octubre de 2008

Fecha de publicación04 Noviembre 2008
Fecha de disposición04 Noviembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 4 de noviembre de 2008 382845
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADISTICA E
INFORMATICA
Índices Unificados de Precios de
la Construcción para las seis Áreas
Geográficas, correspondientes al mes
de octubre de 2008
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 308-2008-INEI
Lima, 3 de noviembre del 2008
CONSIDERANDO:
Que, la Undécima Disposición Complementaria y
Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transf‌i ere al Instituto
Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones
de elaboración de los Índices de los elementos que
determinen el costo de las Obras;
Que, el Art.1º del Decreto Supremo Nº 011-89 VC de
fecha 12 de Setiembre de 1989, establece que los Índices
que se apliquen, serán a la fecha en que debe ser pagada
la valorización, de acuerdo al plazo legal o contractual
estipulado;
Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se
considera necesaria la publicación de aquellos Índices
que a la fecha cuentan con la información requerida;
Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos
ha elaborado el Informe Nº 01-10-2008-DTIE, referido
a los Índices Unif‌i cados de Precios de la Construcción,
para las seis (6) Áreas Geográf‌i cas, correspondientes al
mes de octubre del 2008, el mismo que cuenta con la
conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación
de los Índices Unif‌i cados de Precios de la Construcción
(IUPC);
En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º
del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar los Índices Unif‌i cados
de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas
Geográf‌i cas, correspondientes al mes de octubre del
2008, que a la fecha cuentan con la información requerida,
en la forma que a continuación se detalla:
ÍNDICE OCTUBRE 2008
CÓDIGO
30 392,18
34 551,38
39 344,30
47 396,82
49 263,71
53 764,95
Regístrese y comuníquese.
RENÁN QUISPE LLANOS
Jefe
272899-1
REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados,
Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la
Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Of‌i cial, de lunes a viernes, en
el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona
acreditada en el Diario Of‌i cial.
2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10)
páginas.
3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Of‌i cial para la publicación correspondiente
deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD.
4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico
será considerado copia f‌i el del original para su publicación.
5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico:
normaslegales@editoraperu.com.pe.
6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por
celda sin justif‌i car y, si se agregasen gráf‌i cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en
escala de grises.
7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una
página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de
7 puntos.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL

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