Aprueban Indices Unificados de Precios para las seis áreas geográficas correspondientes al mes de agosto de 1997*

EmisorInei
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 1997
Pág. 152720
~~tB~A'i&WWfl+~
Lima, miércoles 17 de setiembre de 1997
curso?
ratificandose
en los fundamentos de su recurso del ll
de julio, al habérsele notificado el Acuerde de Concejo
031-
97-MDSMP
que declara su vacancia el
17
del mismo mes;
solicitando la acumulación de expedientes administrativos;
y, se oficie al Ministerio Publico, remitiendo copia de los
recursos interpuestos para
ue
correspondiente, en referencia a
7
se
el curso legal
os
8
aveshechos que acon-
tecen en la comuna de San Martine
Porres;
La comunicación del 16 de julio de 1997, remitida por don
Jorge Raúl Maturrano Infantas, solicitando al pleno de este
órgano electoral se pronuncie sobre la vacancia del Alcalde
de San Martín de
Porres;
al no existir
pronunciamiento
del
Concejo
Munici
al;
Los Oficios
rfD
238-97-TAEA/MDSMP
y
257-97-TAEA/
MDSMP, recibidos
el
18 de julio y 1 de a
res
ectivamente,
remitidos por don José
Vil~lobos
T
Iv
osto
de 1997,
ano Salvador
eniente
Alcalde del
Concejo
Distrital
de San
Martín
de Porres,
poniendo en conocimiento la vacancia del
Alcalde en mención por la
causal
de abandono del cargo, al
encontrarse fuera de la localidad por un período que excede
a los 30 días consecutivos; solicitando se
confirme
la vacancia
del cargo de Alcalde que ostentaba don
Javier
Kanashiro
Ywamoto;
El Oficio
41-97 CCDCP, recibido el 22 de julio del año
en curso,
cfresentado por el
Comité
Cívico
de Desarrollo
Comunal e Propietarios, solicitando reconocimiento al Te-
niente Alcalde, señor José Darío Salvador Villalobos, como
Alcalde del distrito de San Martín de Por-res; vistas, asimis-
mo las solicitudes presentadas por las partes en
esta
instan-
cia;
(r
idos los informes orales producidos por los abogados de
las partes; y,
CONSIDERANDO:
Que, por
Resolución
W
667-97-JNE
del 15 de julio del
resente
ano, se declaró que don Javier Enrique Kanashiro
!
wamoto,se encuentra suspendido en el cargo de Alcalde del
Concejo
Distrital
de San Martín de
Porres
de la provincia de
Lima, sometiéndose la suspensión al
resultado
del proceso
nal
ue
se si
l72
6
e
en
su contra; declarando que don José
arfo alvador
illalobos,
asume
de Alcalde del Concejo
Distrital
e San Martín de
Porres,
Cr
rovisionalmente
el cargo
5)
rovincia
de Lima, ejerciendo a plenitud las funciones con las
acultades
y atribuciones inherentes al cargo;
Que, por Acuerdo de Conce’o
013-97-,MDSMP
del 18 de
‘unio del ano en curso, se
t
d
acor rdó que don José
Darío
Salvador
illalobos,
Tnte.
Alcalde reem
Kanashiro Ywamoto,
suspen
s
lazaba a don Javier Enrique
ido automáticamente
en el
cargo de Alcalde del referido Concejo;
Que, la
declaración
de vacancia al cargo de Alcalde del
sedor Javier Enri
uee
Kanashiro Ywamoto, en la sesión de
Concejo del 3 de ju
3
ioodel ano en curso, cuyas actas obran de
fojas 32 a 49,es por la causal de ausencia de la localidad por
mas de 30
días
consecutivos sin la autorización correspon-
diente del Concejo Municipal, prevista en el numeral
2)
del
Artículo
26°
de la Ley
Or
1
ue
han computado
des
%
ánica
de
Municipalidades;
ausencia
e el
9
de mayo hasta el 13 de junio
e 1997;
Que, en autos no existe prueba
ue
acredite
que don
Javier Enrique Kanashiro Ywamoto se
B
aya ausentado de la
iEili;d
por mas de
30
días consecutivos, pues, la constancia
.
rio del
r
r el Secretario del Sexto Juzgado
Penal
Transito-
ono
Norte de fecha 26 de junio
de
1997,
obrante a
fojas 30,
señala
sólo
la condición
jurídica
del Alcalde en un
proceso penal, si se tiene en cuenta que
un
inculpado
uede
eludir su captura
sin
necesidad
de
ausentarse de
la
loca
P
idad;
Que, la emisión del Decreto de Alcaldía
003-97-AL/
MDSMP del 15 de
ma
Oficial El Peruano
del
o de 1997, publicada en el Diario
2
CT
de
mayo,
cuya
copia corre a fojas 27,
acredita que don
ejercido funciones propias de la
Alcaldía
en esa fecha, confor-
me lo dispone el
Artículo
109°
de la acotada ley
Que, la
notificación
a don Javier
Enri
uee
Kanashiro
Ywamoto, a la
sesión
ordinaria de Concejo de
1
echa 3 de julio
del
año
en curso, carecla de
objeto,
toda vez que, en aplicación
del Artículo
40°
de la referida
i
ey,
no se consideran miembros
hábiles a los suspendidos en el ejercicio de sus funciones. En
tal sentidouien se encuentra suspendido automáticamente
en el cargo e Alcalde, por im
1
p”dimento legal previsto en el
numeral 3) del
Artículo
29°
de a Le
23853, mal puede ser
em
dec
aración
de vacancia por ausencia de
la
localidad;
P
lazado
para una
sesiónndon
cle se va tratar sobre la
Que, habiéndose pronunciado el Concejo Distntal de San
Martín de
Porres,
respecto a ta vacancia al cargo de Alcalde
de don Javier Ennque Kanashiro Ywamoto con fecha 3 de
‘ulio del ano en
curso,
la
petición
formulada por don
k
Jor
aúl
Maturrano Infantas
con
ese mismo
propósito
carece
%
e
e
objeto;
El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de
sus
atribucio-
nes;
RESUELVE:
.
Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de
revisión presentado por don Javier Enrique Kanashiro
Ywamoto;
B
,
de fecha 3 nulo y sin efecto el acuerdo de sesión de Concejo
e julio
de 1997, en la
al cargo de Alcalde del citado
8
arte que declara su vacancia
oncejo,
así
como, el Acuerdo
de Concejo
031-97-MDSMP
del 4 del mismo mes
año.
ArtícuIo
Se
-Es
do.-
Ratificar el contenido de la
f;e
solu-
ción
667-97 del 15 de julio de 1997, en todos sus
extremos.
Regístrese y comuniquese.
SS. CHOCAN0 MARINA;
CATACORA
GONZALES;
HERNANDEZ
CANELO;
DE VALDIVIA CANO: TRUJILLANO:
Secretario General
10360
Aprueban Indices Unificados de
Pre-
cios
para las seis áreas geográficas
correspondientes al mes de agosto de
1997
RESOLUCION
JEFATURAL
Iv
201-97-INEI
Lima, 16 de setiembre de 1997
CONSIDERANDO:
Que, la Undécima
Dis
sitoria del Decreto Ley
iY
sición
Complementaria y Tran-
°
25862, transfiere al Instituto
Nacional de Estadística e
Informatica
(INEI)
las funciones de
elaboración de los Indices Unificados de Precios para la
aplicación de las Fórmulas
Polinómicas
de Reajuste Automá-
tico de los elementos
ue
determinen el costo de las Obras;
Que, la Dirección
G!
écnica
de Indicadores Económicos ha
elaborado el Informe
02-O8-97-DTIE,
referido a los Indices
Unificados de Precios para las seis
(6)
Areas
Ceográficas
1,2,
3, 4,5 y 6,
correspondientes
aI
mes de agosto de 1997,
ue
cuenta con la aprobación de la Comisión Técnica del
iíí
1;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar dichos Indices y
la publicación del Boletín Mensual
ue
contiene la información
oficial de los Indices
Unificados
de
í4
ecios;
y,
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
6”
del
Decreto Legislativo
No
604;
SE RESUELVE:
Articulo
lo.-
Aprobar los Indices Unificados de Precios
nara
las seis
(6)
Areas
Geográficas
correspondientes
al mes
de
agosto
de 1997. aue en
Anexo
debidamente autenticado
forma
parte
integrante
de la
presente
Resolución.
Artículo 2°.-Los
departamentos
que
comprenden
las
Areas
Ceográficas
a
que Se refiere el
AI+.
l°,
son los
siguien-
Area
1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Caja-
marca, Amazonas y San Martín
Area
2:
Ancash,
Lima, Provincia Constitucional del Ca-
llao e
Ica
Area
3: Huánuco,
Pasco,
Junín, Huancavelica, Ayacucho
v
Ucavali
Area
4: Arequipa,
Moquegua
y
Tacna
Area
5:
Loreto
Area
6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.
Artículo
3”.-
Los Indices Unificados de Precios, corres-
ponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de
obra y otros elementos e
msumos
de la construcción, agrupa-
dos por elementos similares
/o
afines. En el caso de produc-
tos industriales., el precio
uti
rizado es el de venta FOB fábrica
incl~;~;~~Oim
.-
K
uesto
de ley
probar la
r
sin. considerar
?etes.
de los Indices Unificados e Precios de la Construcción.
Bub
icación
del Boletm Mensual
correspondiente al mes de a
oste
de 1997, documento que
contiene la información oficia
k
para las seis
(6)
Areas
Ceogra-
íkas del país.
Regístrese y comuníquese.
FELIX MURILLO ALFARO
Jefe
Lima,
miércoles
17 de setiembre de 1997
m
Pág. 152719
Proclaman Alcalde del
Concejo
Distri-
tal de Pucusana de la
provincia
de
Lima
RESOLUCION
847-97-JNE
Lima, 16 de setiembre de 1997
Vistas:
La comunicación recibida el 4 de julio de 1997, de
fojas
1
a 6, remitida por don Juan Miguel Guerrero Orbegozo,
inte
nuli
‘CQ
oniendo recurso de
revisión,
a
fin
que se confirme la
ad del seudoacuerdo de Concejo de la Municipalidad
Distrital de Pucusana de fecha 27 de junio de 1997, por el cual
los Regidores pretenden declarar la vacancia de su cargo de
Alcalde Distrital de Pucusana, provincia de Lima; y, comu-
nicaciones ingresadas el 14 y 30 de julio del
año
en
curso,
nombrando a su abogado defensor y
solicita
se declare
improcedente la resolución que declara su vacancia al cargo
de Alcalde;
Los Oficios
040-97-REGIDORES
y
045-97-REGI-
DORES,
in
261, remiti
r
esados
el 2 y 14 de julio de 1997, de
fojas
108 y
a
de Pucusana,
PP
r los
señores
Regidores del Concejo Distrital
edro
Florián
Huari,
Daniela
Rojas
Córdova,
Francisco Navarro Huapaya, Miguel
Almonte
Huapaya y
Hermes Manco Rueda, comunicando que, mediante Acuerdo
de Concejo
027, se acordó la vacancia del cargo
de
Alcalde
al
señor
Juan Miguel Guerrero Orbegozo; y comunicaciones
de fechas 16, 18 y 22 de
Julio
del año en
curso, a
fojas
267 a
273, designando a su abogado, solicitando se declare
infunda-
do el recurso de revisión interpuesto contra el Acuerdo
027
y Resolución de Concejo
001-97-T-A;
asr
como
se les
permita informar oralmente sobre el proceso de
1
ncancia;
vistas, asimismo las
solicitudes
presentadas por las partes en
esta
instancia;
Oídos los
ll2
las partes;
y, &-mes
orales producidos por los abogados de
CONSIDERANDO:
Que, en sesión de Concejo de fecha 27 de
.unlo
de 1997 de
horas 8.30 a.m., convocada por el Alcalde de
1
Concejo
Distri-
tal de Pucusana, a solicitud de los Re ‘dores del referido
Concejo, presidida por el Teniente
Alcal Cr
e don Pedro
Florián
Huari, y con la concurrencia de los demás miembros del
Concejo mediante Acuerdo de Concejo
027, a
vacar
el
cargo de Alcalde al señor Juan Miguel
robaron
t!
luerrero
Orbegozo,
p”
r las causales de inasistencia a sesiones conse-
cutivas y a
temas, conforme lo señala el
Artículo 26° inciso 5)
y Articulo 27” de la Ley Orgánica de Municipalidades
23853;
y
por Acuerdo de Concejo
028,
se
a
unanimidad de los Regidores que,
el
Teniente
Alca
P
robó por
de, Pedro
Pablo Florián Huari, reemplazar8 al Alcalde
vacado;
Que, el
Artículo
26“ de la Ley Orgánica de
Munici
palidades
23853,
señala
las causales de vacancia tanto de
1
cargo de
Alcalde como de Regidor; en tal virtud el numeral
5)
señala como
causal la inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias
consecutivas, se entiende que dichas sesiones ordinarias son
aquellas que se llevan a cabo, cuando menos una vez cada quince
días, debiendo ser presididas
personero legal de conformiCr r el Alcalde, en su condición de
ad con el
Art.
47” numeral
?
),
siendo dicha competencia mdelegable;
Que, sin embargo en autos se ha demostrado
fehaciente-
mente que no se llevaron a cabo sesiones
ordmarias, razón
por la cual los Regidores
acogiéndose
al
Artículo
39°
de la
referida ley, solicitaron al Alcalde que convoque a sesiones,
hecho que se ha producido en algunos casos,
ante la
ne
!i
ativa del Alcalde se convoco por os Regidores,
Pero
en otros,
previa
noti cación
escrita a éste, mediando entre la convoca-
toria y la sesión, cuando menos los dos
días
hábiles
que
señala la norma; en consecuencia, las sesiones así convoca-
das son extraordinarias, puesto que, dichas sesiones pueden
ser
resididas tanto por el Alcalde como por el Teniente
Alca
de, en tal sentido es aplicable el numeral
5)
del Artículo
P
26” concordante con el Artículo 39” de la referida ley;
Que, se ha aportado rueba escrita sustent atoria
las sesiones del Concejo
P,
ue,
en
istrital de Pucusana, de
fec
B
as 27
de setiembre, 31 de octubre y 4 de noviembre de 1996,
corrientes de fojas 211
H
225, el Alcalde ha Incurrido en
causal de inconcurrencia injustificada a dichas sesiones; las
mismas que fueron llevadas a cabo a solicitud de
los
Regido-
res, (fojas 109 y
121),
y convocadas
P
or los
Regidores,
notifi-
cándose
en forma escrita al Alcalde
a convocatoria
a
las dos
primeras sesiones, (fojas 113 y 123); siendo la
tercera
convo-
cada por el Alcalde, como consta a fojas 130;
Que, del mismo modo se ha acreditado
la
inconcurrencia
del Alcalde a las
sesiones
del 3 y
30
de abril; 2
1
de ma o
u
27
de
junio;
los mismos que corren de fojas
201
a
210
e
ojas
23
d
a 253, sesiones
ue
fueran convocadas por el
x
lcalde,
a
solicitud de los
Regi
dores
conforme
se advierte de
los
docu-
mentos
de fojas 147,
li
4,
157. 169 a 171
y
182
a 183,
respectivamente; a excepción de la primera sesión, que lo fue
por los Regidores, ante la negativa del Alcalde, según
documento de fojas 148;
Que. la vacancia al carpo de Alcalde del Concejo Distrital
de
Pucusana
de la
provi%cia
de Lima, don Jüan Miguel
Guerrero Orbegozo, se ha declarado por el correspondiente
Concejo Municipal con el voto aprobatorio de la
mayoda
del
número legal de sus miembros;
Que, el Alcalde vacado cuestiona la carta notarial de fojas
256, donde se le comunica su vacancia al cargo, afirmando
8
ue
la misma no le
fue
notificada de acuerdo a ley, sin las
ormalidades
Juan Miguel
íT!
ue
requiere un acto
vslido;
sin embargo, don
uerrero Orbegozo al interponer el recurso de
revisión, a fojas
2,
afirma que, en la pared del local municipal
con fecha 30 de Junio del
ai
en
cursq,
apareció pe
ada
una
comunicación señalando P
ue,
el
ConceJo
Municipal
di
el
distri-
to de Pucusana, el 27 de mismo mes acordó vacarlo en el
cargo de Alcalde.; en consecuencia, dicho acto es una forma de
notificación
váhda
al haber cumplido su objetivo, convali-
dándose con el recurso de revisión interpuesto; dándose
cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 27” de la Ley
N”
23853;
Que, ante la solicitud de los Re
.j
Jmo
1
unto de agenda la vacancia a ‘dores, que se incluya
El
T
iguel
cargo de Alcalde, don
*UNI
Guerrero Orbegozo, éste les hizo saber que el
mismo se iba a tratar en sesión del 31 de diciembre de 1998
a las 11.30
p.m.,
convocatoria que obra a fojas 190, haciendo
comcidir
dicha
fecha con el último
dia
de su mandato,
frustrando la intención de los Regidores solicitantes;
Que, el Artículo 28” numeral
1)
de la leantes menciona-
da,
dis
ne
que, en los casos de vacancia de
i
za el
?p”
Alcalde
reempla-
eniente Alcalde, correspondiendo asumir dicho cargo
a don Pedro Florián Huari;
y,
a fin de completar el número
legal de miembros del Concejo, se debe llamar a
dofia
Hermelinda Cubas Salas, candidata no roclamada de la
Lista de la Alianza Electoral Cambio 90
-
5;
la
ue ertenece
el Alcalde vacado;
ueva
Mayoria,
a
ES
1
urado
Nacional de Elecciones, en uso de sus atribucio-
nes:
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de
revisión interpuesto por don Juan Miguel Guerrero
Orbego-
z?,
Alcalde del Concejo Distrital de Pucusana,
rovincia
de
Lima;
y válido el Acuerdo de Conce’o W 027 de
de 1997, y la Resolución
No
OOl-97-
7! P
27 de junio
A de la misma fecha, por
los considerandos antes expuestos.
Artículo Segundo.- Declarar
ue
don Pedro Pablo
Flo-
ri8n
Huan,
asume el cargo de
Alca
de
P
del Concejo Distrital
de Pucusana, provincia de Lima, en reemplazo de don Juan
Miguel Guerrero Orbegozo, a quien se le otorgará la corres-
pondiente credencial.
Artículo Tercero.- Llamar a
doiia
Hermelinda Cubas
Salas, candidata no proclamada de la Lista de la Alianza
Electoral Cambio 90
-
Nueva Mayoría, para que asuma el
cargo de Regidor del Concejo Distrital de Pucusana, provin-
cia de Lima.
Artículo Cuarto.- Otorgar a doña Hermelinda Cubas
Salas, la credencial res
ectiva.
Artículo Quinto.-
f
as
prestarán las autoridades
políticas
y policiales
arantías
que requiera el cumplimiento de la
presente
f
Reso
ución,
bajo responsabilidad.
Regístrese y comuníquese.
SS. CHOCAN0 MARINA;
CATACORA
GONZALES; HERNANDEZ CANELO;
DE VALDIVIA CANO;
Secretario General, TRUJILLANO
10349
Declaran fundada impugnación contra
acuerdo de Concejo que declaró va-
cancia de alcalde del Concejo Distrital
de San Martín de
Porres
RESOLUCION
N”
848-97-JNE
Lima,
16
de setiembre de 1997
Vistos.
La comunicación del ll de julio de 1997, remitidaor don
Javier
Enrique
Kanashiro Ywamoto, Alcalde electo
Cr
el
Con-
cejo
Distrital
de San Martin de
Porres,
inte
oniendo recur-
so de revisión contra el acuerdo de Concejo
7
el 3 de julio del
tia
en curso, que declara la vacancia de su carg!, solicitando
se declare nulo;
y,
su
comunicación
del 17 de
julio
del
tio
en

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