El Indecopi podrá revisar correos personales en casos de concertación
Por viviana gálvez córdovaEl Indecopi ya no solo podrá acceder a los correos electrónicos corporativos en casos de concertación, sino que también tendrá la facultad de acceder a las cuentas personales, según la nueva ley de represión de conductas anticompetitivas.Para intervenir en estas comunicaciones, la autoridad de libre competencia deberá solicitar autorización previa ante un juzgado contencioso administrativo (que ve los casos que cuestionan las resoluciones en vía administrativa, como sucede en casos seguidos ante el Indecopi), y ya no ante uno penal. Sin embargo, queda la duda si el requisito de autorización previa también aplica para los correos de cuentas corporativas. ¿Corporativos también?Para Ivo Gagliuffi, socio del estudio Lazo, De Romaña yamp; Gagliuffi Abogados, el requisito de obtener un permiso judicial corresponde solo para el caso de correos personales, pues el Indecopi en la práctica ya accede a los correos de cuentas corporativas directamente.No obstante, para Andrés Calderón, socio del estudio Muñiz, el requisito es aplicable también para este último tipo de cuentas.?Si la [nueva] ley no hace la distinción y habla del secreto de las comunicaciones, y el Tribunal Constitucional ya ha entendido que este aplica para todo tipo de comunicaciones entre privados, entiendo que será necesaria la autorización judicial para ambos casos [correos corporativos y personales]?, afirma el especialista.IndemnizacionesLa nueva ley...
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