Aceptan donación efectuada a favor del INDECI para la atención de damnificados por el Fenómeno del Niño

Fecha de disposición07 Marzo 1998
Fecha de publicación07 Marzo 1998
Pág. 158000
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 7 de marzo de 1998
cuentas, comprobantes de pago adulterados, pretendien-
do de esa manera sustentar mayores gastos por la suma
de S/. 1,686.00; asimismo, ha presentado declaraciones
juradas mediante las cuales se excede en S/. 197.00, al
monto autorizado según Directiva Nº 001-95-GAF/ONPE;
además, de conformidad con las recomendaciones del
citado informe; don Vidal Fausto Silva Canales, debe
devolver a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la
suma de S/. 1,610.50, correspondiente a gastos no susten-
tados debidamente;
Que, mediante Oficio Nº 220-97-GCIA/ONPE, se noti-
ficó al referido ex funcionario, las observaciones encon-
tradas a su rendición de cuentas, no recepcionándose
hasta la fecha, descargo alguno al respecto;
Que, los informes resultados de una acción de control
emitidos por cualquier órgano del Sistema, constituyen
prueba preconstituida para el inicio de las acciones admi-
nistrativas o legales a que hubiere lugar, conforme lo
dispone el Artículo 16º, inciso f), del Decreto Ley Nº 26162
"Ley del Sistema Nacional de Control";
Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procu-
rador Público a cargo de los asuntos judiciales del Sistema
Electoral, para que en representación de los intereses del
Estado, interponga las acciones legales correspondientes;
De conformidad con las atribuciones conferidas por el
Nº 26487 "Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Proce-
sos Electorales"; y lo dispuesto por Decreto Ley Nº 17537,
modificado por el Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público, a cargo
de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin que
interponga las acciones legales correspondientes contra
don Vidal Fausto Silva Canales, ex Jefe ODPE de Aija-
Ancash, durante el proceso de Elecciones Municipales
Generales 1995, por las razones expuestas en los consi-
derandos de la presente resolución.
Artículo 2º.- Remítanse los antecedentes y actuados
del presente caso, al Procurador Público, a cargo de los
asuntos judiciales del Sistema Electoral, para su conoci-
miento y fines consiguientes.
Artículo 3º.- El citado Procurador, informará a esta
Jefatura Nacional sobre el conocimiento e impulso de la
acción judicial que ejerza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE PORTILLO CAMPBELL
Jefe de la Oficina Nacional
de Procesos Electorales
2578
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 022-98-J/ONPE
Lima, 5 de marzo de 1998
Visto, el Informe Nº 015-97-GCIA/ONPE "Examen
Especial a la Ejecución del Presupuesto de la ODPE
Carlos Fermín Fitzcarrald - Ancash", del 29 de diciembre
de 1997.
CONSIDERANDO:
Que, en virtud del informe de vistos, la Gerencia de
Control Interno y Auditoría, ha determinado que don
Jorge Cuadros Barr, Jefe de la Oficina Descentralizada de
Procesos Electorales (ODPE) de Carlos Fermín Fitzca-
rrald, departamento de Ancash, durante el proceso de
Elecciones Municipales Generales de 1995, ha presenta-
do en su rendición de cuentas, comprobantes de pago
adulterados, pretendiendo de esa manera sustentar gas-
tos por la suma de S/. 1,171.50; además, de conformidad
con las recomendaciones del citado informe, don Jorge
Cuadros Barr, debe devolver a la Oficina Nacional de
Procesos Electorales, la suma de S/. 458.82, corres-
pondientes a gastos no sustentados debidamente;
Que, mediante Oficio Nº 221-97-GCIA/ONPE, se noti-
ficó al referido ex funcionario, las observaciones encon-
tradas a su rendición de cuentas, sin que hasta la fecha
haya efectuado el descargo correspondiente;
Que, los informes resultados de una acción de control,
emitidos por cualquier órgano del Sistema, constituyen
prueba preconstituida para el inicio de las acciones admi-
nistrativas o legales a que hubiera lugar, conforme lo
dispone el Artículo 16º, inciso f), del Decreto Ley Nº 26162
"Ley del Sistema Nacional de Control";
Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procu-
rador Público a cargo de los asuntos judiciales del Sistema
Electoral, para que en representación de los intereses del
Estado, interponga las acciones legales correspondientes;
De conformidad con las atribuciones conferidas por el
Nº 26487 "Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Proce-
sos Electorales", y lo dispuesto por Decreto Ley Nº 17537,
modificado por el Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público, a cargo
de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin de
que interponga las acciones legales correspondientes,
contra don Jorge Cuadros Barr, ex Jefe ODPE de Carlos
Fermín Fitzcarrald - Ancash, durante el proceso de Elec-
ciones Municipales Generales 1995, por las razones ex-
puestas en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 2º.- Remítanse los antecedentes y actuados
del presente caso, al Procurador Público, a cargo de los
asuntos judiciales del Sistema Electoral, para su conoci-
miento y fines consiguientes.
Artículo 3º.- El citado Procurador, informará a esta
Jefatura Nacional sobre el conocimiento e impulso de la
acción judicial que ejerza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE PORTILLO CAMPBELL
Jefe de la Oficina Nacional
de Procesos Electorales
2579
INDECI
Aceptan donación efectuada a favor
del INDECI para la atención de damnifi-
cados por el Fenómeno del Niño
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 048-98-INDECI
Lima, 25 de febrero de 1998
Vista el Acta de Valorización Nº 022-98-INDECI de
fecha 19 de febrero de 1998; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como
Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil,
está encargado del planeamiento, coordinación y control
de las actividades de defensa civil a nivel nacional;
Que, el MINISTERIO DE LA FEDERACION RUSA
PARA LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA, ha do-
nado al Instituto Nacional de Defensa Civil, frazadas y
medicinas diversas, según se detalla en cuadro adjunto a
la presente resolución, para la atención de los damnifi-
cados por el Fenómeno del Niño, valorizado en CIENTO
CUARENTICUATRO MIL CUATROCIENTOS UNO Y
20/100 NUEVOS SOLES (S/. 144,401.20);
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
21942 y 19338 modificado por los Decretos Legislativos
Nºs. 442 y 735;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada
por EL MINISTERIO DE LA FEDERACION RUSA PARA
LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA, según se deta-
lla en cuadro adjunto a la presente Resolución valorizado
en CIENTO CUARENTICUATRO MIL CUATROCIEN-
TOS UNO Y 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 144,401.20).

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