04 013-2002-AG - Incorporan al dominio del Estado predio ubicado en la provincia de Caravelí, departamento de Arequipa y disponen su inscripción a favor del Ministerio

Fecha de disposición12 Julio 2002
Fecha de publicación12 Julio 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 12 de julio de 2002
Incorporan al dominio del Estado pre-
dio ubicado en la provincia de Caravelí,
departamento de Arequipa y disponen
su inscripción a favor del Ministerio
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 013-2002-AG
Lima, 10 de julio de 2002
CONSIDERANDO:
Que, es política de Gobierno promover el incremento
de la producción y productividad agraria, entre otras,
mediante el incentivo y promoción de las inversiones del
Sector Privado en la ampliación de la frontera agrícola,
habilitando terrenos eriazos de dominio público;
Que, el Ministerio de Agricultura a través del Proyecto
Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT,
es la entidad encargada del saneamiento físico legal de
las tierras eriazas con aptitud agropecuaria de libre dis-
ponibilidad del Estado, para su transferencia al Sector
Privado;
Que, el Artículo 13º del Reglamento de la Ley
Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG,
establece que la Comisión de Promoción de la Inversión
Privada - COPRI, es la encargada de vender u otorgar en
concesión las tierras eriazas de dominio del Estado en
subasta pública;
Que, a mérito de la solicitud de declaración de libre
disponibilidad obrante a fojas 1, presentada por los se-
ñores VÍCTOR FLORES FIOL y FLAVIO CASALINO
CASTRO, al amparo del procedimiento establecido
mediante Resolución Ministerial Nº 518-97-AG, la Di-
rección de Titulación y Saneamiento Legal del Proyec-
to Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural -
PETT, verificó la existencia y libre disponibilidad de
366.96 hás. y de 36.23 hás. de tierras eriazas,
respectivamente, del predio denominado "CASALINO"
Sector 1 y Sector 2, respectivamente, ubicados en el
distrito de Acarí, provincia de Caravelí, departamento
de Arequipa, luego de la exclusión de las áreas ocupa-
das con restos arqueológicos, por terceros y por la faja
marginal del río Acarí, conforme a lo señalado en el
Informe Técnico Nº 050-2002-AG-PETT-DTSL, del 12
de marzo del 2002, que corre a fojas 59 a 60, áreas a
las que se les ha asignado las Unidades Catastrales
Nºs. 90480 y 90481 según Informe Técnico Nº 057-
2002-AG-PETT-DTSL de fojas 66;
Que, según se advierte de los Certificados de Búsque-
da Catastral expedidos con fechas 12 y 22 de febrero del
2002, de fojas 58 y 57, respectivamente, por la Oficina
Registral Regional de Arequipa, el predio precedente-
mente indicado no se halla inscrito en los Registros Pú-
blicos;
Que, efectuadas las publicaciones de Ley y al no ha-
berse formulado oposición alguna, el Área de Tierras Eria-
zas de la citada Dirección de Titulación y Saneamiento
Legal, ha elaborado el plano correspondiente que debe
ser aprobado por Resolución Suprema, conforme lo es-
tablece el numeral 5) del Artículo 2º de la Resolución
Ministerial Nº 0518-97-AG;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM
se fusionan diversas entidades relacionadas a la Promo-
ción de la Inversión Privada, entre ellos la COPRI, deno-
minándose ahora Agencia de Promoción de la Inversión
Privada - PROINVERSION, en consecuencia, es nece-
sario poner a disposición de la mencionada Agencia, el
área citada conforme al plano y memoria descriptiva co-
rrespondientes, a fin de derivarla al Sector Privado para
el cumplimiento de los fines señalados, de conformidad
con el Artículo 2º numeral 7) de la Resolución Ministerial
antes indicada;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Poder
Ejecutivo, dada por el Decreto Legislativo Nº 560 y De-
creto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agri-
cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plano definitivo y Memoria
Descriptiva de la Unidad Catastral Nº 90480, de 366.96
hás. y de la Unidad Catastral Nº 90481, de 36.23 hás. de
tierras erizas de libre disponibilidad, del predio rústico
denominado "CASALINO" Sectores 1 y 2, ubicado en el
distrito de Acarí, provincia de Caravelí, departamento de
Arequipa.
Artículo 2º.- Incorporar a dominio del Estado el pre-
dio indicado en el artículo anterior, disponiéndose su ins-
cripción a favor del Ministerio de Agricultura en el Regis-
tro de Propiedad Inmueble correspondiente.
Artículo 3º.- La Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos, y en particular, la Oficina Registral
correspondiente, procederá a inscribir en el Registro de
Propiedad Inmueble, el acto jurídico derivado de la pre-
sente Resolución Suprema.
Artículo 4º.- Remitir los actuados a la Agencia de
Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, a
fin de que, garantizando la efectiva inversión privada, pro-
ceda a su venta o concesión mediante subasta pública
en el más breve plazo.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Agricultura
12326
Designan Directores de las Agencias
Agrarias de Arequipa y Cotahuasi
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0644-2002-AG
Lima, 8 de julio de 2002
VISTO:
El Oficio Nº 148-2002-AG-CFI/P del Presidente de la
Comisión de Fortalecimiento Institucional del Ministerio
de Agricultura y el Oficio Nº 1057-2002-CTAR/PE-DRAG-
D, del Director de la Dirección Regional Arequipa.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 109-2001-AG
de fecha 19 de abril de 2001, se designó al Ing. Santos
Eduardo Pino Chávez en la plaza de Director de Progra-
ma Sectorial II de la Agencia Agraria Arequipa, de la Di-
rección Regional Agraria Arequipa;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la
designación del funcionario antes mencionado y desig-
nar a su reemplazante;
Que, se encuentra vacante la plaza de Director de
Programa Sectorial II de la Agencia Agraria Cotahuasi,
de la Dirección Regional Agraria Arequipa, por lo que re-
sulta conveniente efectuar la designación correspon-
diente;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la
designación del Ing. Santos Eduardo Pino Chávez en la
plaza de Director de Programa Sectorial II de la Agencia
Agraria Arequipa, de la Dirección Regional Agraria Are-
quipa.
Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a los si-
guientes profesionales en las plazas que se indican de la
Dirección Regional Agraria Arequipa.
Agencia Agraria Arequipa
Ing. Elías Francisco Salas Pinto Director de Programa
Sectorial II

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