2603 086-MDSL - Incorporan disposición transitoria sobre autorización provisional en el Reglamento de Licencia de Apertura para funcionamiento de Establecimientos Comerciales

Fecha de disposición13 Noviembre 2000
Fecha de publicación13 Noviembre 2000
Pág. 194982
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 13 de noviembre de 2000
CONSIDERANDO:
Que, con Informe Nº 106-2000-MDSL/GDU de fecha
23.10.2000, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala haber
detectado una tasa de improcedencia e incompatibilidad entre
el Desarrollo Comercial real del distrito de San Luis y la
normatividad vigente, proponiendo, con la finalidad de repo-
tenciar el desarrollo comercial, la aceptación en las compati-
bilidades de uso de los giros permitidos para la zonificación C-
2 (comercio vecinal), para la obtención de Licencias de Funcio-
namiento en las avenidas principales del distrito, como son Av.
San Juan, Av. San Luis, Av. Del Aire y Av. Agustín de la Rosa
Toro;
Que, con Informe Nº 200-2000-MDSL-GA/UAL de fecha
27.10.2000, la Oficina de Asesoría Legal emite opinión legal
favorable, señalando que la propuesta efectuada por la
Gerencia de Desarrollo Urbano redundará en beneficio de
los contribuyentes que deseen invertir en el distrito de San
Luis y por ende representará mayor recaudación para el
municipio;
Que, el Art. 12º de la Ordenanza Reglamentaria de
Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación Gene-
ral de Lima Metropolitana, aprobado mediante Ordenan-
za Nº 134, dispone que el reajuste de la zonificación
general de los usos del suelo de Lima Metropolitana se
realizará una vez al año, con excepción de casos en que
exista probado interés público o local en determinado
sector o sectores de la ciudad, debidamente fundamentado,
estableciéndose asimismo la acotada Ordenanza en el
Artículo 13º, el procedimiento que debe tenerse en conside-
ración para el reajuste de la Zonificación General de los
usos del suelo de Lima Metropolitana;
Estando a lo expuesto conforme a las facultades conferidas
por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se sanciona
la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- APROBAR la flexibilización de la
Zonificación en las avenidas principales del distrito de San
Luis, en consecuencia acéptese en las compatibilidades de uso
de los giros permitidos por la zonificación C-2 (Comercio
Vecinal) para la obtención de licencias de funcionamiento en
las avenidas que se detallan a continuación:
AVENIDAS CUADRAS ZONIFICACIÓN ZONIFICACIÓN
ACTUAL APROBADA
AV. SAN JUAN
Lado Par 3, 4, 5 y 6 R-4 C-2
7 y 8 R-3 C-2
9, 10, 11 y 12 R-3 C-2
Lado Impar 12 (Ultimo) I1-R3 C-2
9, 10, 11 y 12 I1-R3 C-2
AV. SAN LUIS
Lado Impar 8I1-R3 C-2
AV. DEL AIRE
Lado Par 14, 15 y 16 R-3 C-2
Lado Impar 12, 13, 14, 15 y 16 I1-R3 C-2
AV. ROSA TORO
Lado Par 2, 3, 4 y 5 I1-R3 C-2
Lado Impar 2, 3 y 4 (Primero) I1-R5 C-2
4 (Ultimo) y 5 I1-R3 C-2
Artículo Segundo.- PRECISAR que la flexibilización
de zonificación aprobada en el Artículo Primero de la
presente Ordenanza tendrá vigencia hasta la obtención
del cambio de zonificación integral del distrito, la misma
que deberá ser aprobada por la Municipalidad Metropo-
litana de Lima.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano en
cuanto le corresponde.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR ALEGRIA GONZALES
Alcalde
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Incorporan disposición transitoria so-
bre autorización provisional en el
Reglamento de Licencia de Apertura
para funcionamiento de Estableci-
mientos Comerciales
ORDENANZA Nº 086-MDSL
San Luis, 9 de noviembre del 2000
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN LUIS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Extraor-
dinaria de fecha 31 de octubre del 2000, aprobó por unanimi-
dad el Dictamen Nº 004-2000-CCA-CDSL emitido por la Comi-
sión de Comercialización y Abastecimiento, por el cual propo-
ne la Disposición Transitoria para el Otorgamiento de Autori-
zación Provisional Rápida de Apertura para el Funcionamien-
to de Establecimientos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 054-MDSL de fecha 12 de
enero del 2000, se aprobó el Reglamento de Licencia de
Apertura para funcionamiento de Establecimientos Comer-
ciales, Industriales, de Actividades Profesionales y/o de Servi-
cios;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7) del
Artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853,
corresponde a las Municipalidades otorgar licencias de aper-
tura a Establecimientos Comerciales, Industriales, de Activi-
dades Profesionales y/o de Servicios, así como controlar su
funcionamiento de acuerdo a las normas establecidas;
Que, el Artículo 68º inciso c) del Decreto Legislativo Nº 776,
modificado por Ley Nº 27180, faculta a los Gobiernos Locales
crear la tasa denominada "TASAS DE LICENCIAS DE APER-
TURA DE ESTABLECIMIENTO", que debe pagar todo con-
tribuyente por única vez para operar un Establecimiento
comercial, industrial o de servicios;
Que, de acuerdo con el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de esta corporación edil, aprobado
mediante Ordenanza Nº 072-MDSL (rubro 8 de la División de
Obras Privadas y Catastro) está considerada la consulta de
zonificación, mediante la que se expide una constancia de
Consulta de Zonificación, la misma que sería la base para el
otorgamiento de la Autorización Provisional;
Que, la Unidad de Asesoría Legal mediante Informe Nº
198-2000-MDSL-GA-UAL, opina que la Disposición Transito-
ria para el Otorgamiento de Autorización Provisional Rápida
de Apertura para el Funcionamiento de Establecimientos,
puede ser incorporado a la Ordenanza Nº 054-MDSL, y, en
relación al pago de la Tasa y los Derechos que sean modifica-
dos, deberán ser incorporados al Texto Único de Procedimien-
tos Administrativos - TUPA;
Estando a lo expuesto conforme a las facultades conferidas
por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se sanciona
la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- INCORPORAR en el Reglamento de
Licencia de Apertura para funcionamiento de Establecimientos
Comerciales, Industriales, de Actividades Profesionales y/o
Servicios, aprobado mediante Ordenanza Nº 054-MDSL de
fecha 12.1.2000, la Disposición Transitoria para el otorga-
miento de Autorización Provisional Rápida de Apertura para
el Funcionamiento de Establecimientos, la misma que consta
de catorce (14) artículos y forma parte integrante de la presen-
te Ordenanza.
Artículo Segundo.- INCORPORAR en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA aprobado mediante
Ordenanza Nº 072-MDSL de fecha 19.6.2000, el pago de los
Derechos y el Procedimiento Administrativo que se establecen
en la Disposición Transitoria para el otorgamiento de la
Licencia Provisional Rápida.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas y Gerencia de
Desarrollo Urbano en cuanto le corresponda.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR ALEGRIA GONZALES
Alcalde
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