DECRETO SUPREMO N° 144-2010-EF - Autorizan crédito suplementario para la incorporación de los recursos del FONIPREL en el Año Fiscal 2010 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la segunda convocatoria

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 3 de Julio de 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 3 de julio de 2010 421613
del Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, la Única Disposición Complementaria Final
del Decreto de Urgencia Nº 022-2010 señala que
las transferencias f‌i nancieras que de acuerdo a sus
competencias realice, en cualquier fuente de f‌i nanciamiento,
el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
a favor de Empresas Públicas, para el f‌i nanciamiento o
cof‌i nanciamiento de actividades de saneamiento, vivienda
y urbanismo, se aprueban mediante Decreto Supremo,
refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, previa
suscripción del Convenio correspondiente;
De conformidad con lo establecido en las Leyes Nº
28411 y 29465, así como los Decretos de Urgencia Nº
022-2010 y 036-2010;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autoriza Transferencias Financieras
Autorizar Transferencias Financieras del Pliego 037
- Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento - Administración General, a favor del Banco
de Materiales S.A.C., de acuerdo a lo siguiente:
1.1 Hasta por la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS
NUEVE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 1 809 600.00), para ser destinada a la construcción de
módulos de vivienda para los damnif‌i cados ubicados en el
distrito de Chinchao de la provincia de Huánuco, así como
en la provincia de Ambo, del departamento de Huánuco.
1.2 Hasta por la suma de TRESCIENTOS SETENTA
Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 373 000.00),
para ser destinada a la adquisición de calaminas en
benef‌i cio de las familias comprendidas en las zonas
afectadas por las lluvias y deslizamientos en los
departamentos de Huancavelica, Cusco y Puno.
Artículo 2º.- Financiamiento
Las transferencias f‌i nancieras autorizadas en el artículo
1º del presente Decreto Supremo, se atenderán con cargo
a los recursos aprobados en el presupuesto institucional
2010 del Pliego 037 - Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento - Administración General, en la
fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de las transferencias autorizadas por
el artículo 1º del presente dispositivo, no podrán ser
destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes distintos para
los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Información
El Banco de Materiales S.A.C. informará al Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances
físicos y f‌i nancieros de la ejecución de las acciones a su
cargo, con relación a las disposiciones contenidas en el
convenio y adenda correspondientes.
Artículo 5º.- Del Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por la
Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Vivienda,
Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, a los dos días del mes
de julio del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Economía y Finanzas
JUAN SARMIENTO SOTO
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
514630-6
Autorizan crédito suplementario para
la incorporación de los recursos del
FONIPREL en el Año Fiscal 2010 a
favor de los Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales ganadores de la
segunda convocatoria
DECRETO SUPREMO
N° 144-2010-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba el Crédito
Suplementario y Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,
dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, creó
el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional
y Local - FONIPREL, destinado al cof‌i nanciamiento de
estudios de preinversión y proyectos de inversión de
los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con la
f‌i nalidad de reducir las brechas en la provisión de los
servicios e infraestructura básica;
Que, la Ley N° 29125 y su Reglamento, aprobado
por el Decreto Supremo N° 204-2007-EF, establecieron
la implementación y el funcionamiento del FONIPREL
disponiéndose que la Secretaría Técnica presenta la lista
de los estudios de preinversión y/o proyectos de inversión
que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo
del FONIPREL, el cual procede a su aprobación;
Que, el numeral 1.3 del artículo 1° del Decreto de
Urgencia N° 030-2008 dispone que los recursos del
FONIPREL se incorporan anualmente mediante Decreto
Supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas en la fuente de f‌i nanciamiento “Recursos
Determinados” del Presupuesto Institucional de las
entidades cuyos estudios y/o proyectos de inversión
resulten ganadores del concurso;
Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión
ordinaria del 14 de enero del 2009, aprobó la lista de los
estudios de preinversión y proyectos de inversión de la
Segunda Convocatoria seleccionados por la Secretaría
Técnica para el respectivo cof‌i nanciamiento, por una suma
total de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y SIETE Y 71/100 NUEVOS SOLES (S/. 294
685 997,71);
Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL suscribió
los respectivos convenios de cof‌i nanciamiento con los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los mismos
que contienen los cronogramas de ejecución en los que
se ha determinado el requerimiento anual de recursos
para la elaboración de los estudios de preinversión o de
los proyectos de inversión;
Que, conforme a lo informado en los mencionados
cronogramas de ejecución f‌i nanciera, se ha determinado
que para el Año Fiscal 2010 es necesario incorporar
un monto total de TREINTA Y SEIS MILLONES
OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHENTA
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 895 080,00) en la
fuente de f‌i nanciamiento “Recursos Determinados” del
Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales cuyos proyectos de inversión resultaron
ganadores de la Segunda Convocatoria del FONIPREL;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125 y
su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 204-
2007-EF y el Decreto de Urgencia N° 030-2008;
DECRETA:
Artículo 1°.- Objeto
Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2010 por la suma de TREINTA Y
SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO
MIL OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 895

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