Inconsulta previa

Por Irma Montes Patiño. Consultora en conflictos socialesComo es costumbre, ante un problema nuestros políticos ofrecen solucionarlo con una nueva ley y a veces esta lo complica todo aun más.Algo de esto es lo que ha ocurrido con la ley de consulta previa y su reglamento. Normas saludadas por tirios y troyanos, pero que en la práctica son letra muerta y, en el caso del reglamento, las organizaciones indígenas consideran que este genera vacíos dentro de la ley y ?genera dudas para la implementación?. De hecho, la famosa consulta previa es, hasta ahora, una mera formalidad, que genera incertidumbre y desconfianza entre los que pretende ayudar.En el Perú, el Convenio 169 (OIT), sobre derechos de los pueblos indígenas y tribales, entra en vigencia en 1995. Ya había pues una norma (de rango constitucional) sobre el tema. Sin embargo, se aprobó la ley de consulta para implementar los principios del 169 y hasta la fecha carece de metodología eficiente, no se identifica a quiénes consultar y se han generado falsas expectativas en las comunidades indígenas. Es decir, un instrumento lleno de buenas intenciones que, paradójicamente, podría causar nuevos conflictos sociales y hasta desvirtuar lo que establecen normas precedentes sobre el manejo y explotación de nuestros recursos naturales. La aprobación unánime de la ley de consulta previa inauguró con bombos y maracas nuestro actual Congreso y se dio para garantizar el derecho de estos pueblos a informarlos libre y previamente sobre los proyectos que puedan afectar su destino. Gran logro si nos quedamos solo en el papel: en la práctica, hasta ahora, no ha servido para solucionar, sino entorpecer el ya difícil camino de las inversiones y el reconocimiento de los derechos indígenas.Como si esta ineficacia no fuera suficiente, la congresista Pérez Tello pretende impulsar una norma que en esencia...

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