Aprueban inafectación del IGV e ISC a donaciones efectuadas a favor de instituciones sin fines de lucro

Fecha de disposición18 Febrero 2008
Fecha de publicación18 Febrero 2008
NORMAS LEGALES
Sumario
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, lunes 18 de febrero de 2008
366855
AÑO DE LAS CUMBRES
MUNDIALES
EN EL PERÚ
AÑO DE LAS CUMBRES
MUNDIALES
EN EL PERÚ
Año XXV - Nº 10141
PODER EJECUTIVO
RELACIONES EXTERIORES
RR.MM. Nºs. 0125, 0126, 0127, 0128 y 0132/RE.- Aprueban
inafectación del IGV e ISC a donaciones efectuadas a favor
de instituciones sin f‌i nes de lucro 366856
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 163-2008-MTC/03.- Autorizan al Director
General de Concesiones en Comunicaciones para que
en representación del Ministerio suscriba contratos de
concesión para la prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones y adendas a contratos 366859
R.VM. Nº 123-2008-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora
comercial en onda media en el distrito de Jaén 366860
ORGANISMOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. Nº 033-2008-OROP/JNE.- Inscriben al Partido Político
Alianza para el Progreso en el Registro de Partidos Políticos
366861
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RR.JJ. Nºs. 063 y 066-2008-JNAC/RENIEC.- Autorizan
delegación de funciones registrales a Of‌i cinas de Registro
de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los
Centros Poblados Pampacancha y Cushcanday 366862
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ
Res. Nº 025-2008-BNP.- Designan Directora Técnica de
la Biblioteca Nacional del Perú 366863
Res. Nº 027-2008-BNP.- Designan Directora Técnica del
Sistema Nacional de Bibliotecas 366864
INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
R.D. Nº 150/INC.- Retiran condición de monumento
integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a la
Capilla y Hospital Santa María del Socorro, provincia de
Ica 366864
R.D. Nº 189/INC.- Declaran monumento integrante del
Patrimonio Cultural de la Nación a las ruinas de la Casa
Chacabana, provincia de Castilla 366865
SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Res. N° 016-2008/SBN.- Encargan funciones de Jefe
de la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la
Gerencia de Operaciones de la SBN 366866
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
Res. Nº 047-2008-GRA/GREM.- Disponen publicar
relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron
aprobados en enero de 2008 por la Gerencia Regional de
Energía y Minas de Arequipa 366867
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza Nº 1121.- Aprueban Informe Complementario
sobre aplicación del Principio de Solidaridad que forma
parte integrante de la Ordenanza N° 887 en cumplimiento
a lo ordenado por la sentencia del Tribunal Constitucional
366868
Ordenanza Nº 1122.- Aprueban Ajuste del Sistema Vial
Metropolitano que precisa el Derecho de Vía del Tren
Urbano en los distritos de Villa El Salvador, San Juan de
Miraf‌l ores y Villa María del Triunfo 366877
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Ordenanza N° 009-2008/CDV.- Aprueban Campaña
de Incentivos para Contribuyentes y/o Responsables
Tributarios 366885
CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del “Acuerdo sobre Supresión de
visas en Pasaportes Diplomáticos, Especiales, Of‌i ciales
y de Servicios entre el Gobierno de la República del
Perú y el Gobierno de la República de Nicaragua”
366886
Sumario
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 18 de febrero de 2008
366856
PODER EJECUTIVO
RELACIONES EXTERIORES
Aprueban inafectación del IGV e ISC
a donaciones efectuadas a favor de
instituciones sin fines de lucro
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0125/RE
Lima, 31 de enero de 2008
Visto, el expediente Nº 6268-2007, presentado por
el INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL,
mediante el cual solicita, en vía de regularización, la
inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV)
e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la
donación recibida de Arla Foods Ingredients Amba, con
sede en DK-8260 Viby J, Dinamarca.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º
y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de
la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e
Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por
Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modif‌i catorias,
no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre
otros, las donaciones que se realicen a favor de las
Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación
Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No
Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales
e Instituciones Privadas sin f‌i nes de lucro receptoras
de donaciones de carácter asistencial o educacional
(IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro
que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación
Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por
Resolución Ministerial del Sector correspondiente;
Que, el INSTITUTO DE INVESTIGACION
NUTRICIONAL se encuentra inscrito en el Registro
de Instituciones Privadas sin f‌i nes de lucro receptoras
de donaciones de carácter asistencial o educacional
(IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de
Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la
Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación,
internamiento de donaciones de carácter asistencial
o educacional provenientes del exterior, aprobada por
Resolución Suprema Nº 508-93-PCM;
Que, mediante Carta de Donación de fecha 10 de
agosto de 2004, legalizado por el Consulado General del
Perú en Hamburgo, se observa que Arla Foods Ingredients
Amba, ha efectuado una donación a favor del INSTITUTO
DE INVESTIGACION NUTRICIONAL;
Que, el bien donado consiste en 08 bultos,
conteniendo cereal para lactantes, con un valor
FOB de US $ 1,995.00 (Un mil novecientos noventa
y cinco y 00/100 Dólares americanos), según Carta
de Donación de fecha 10-Ago-04, con un peso bruto
manifestado de 2,620 kilos, de acuerdo a la Guía Aérea
Nº BLL02 070568 de fecha 25-Ago-04 y un peso bruto
recibido de 2,613 kilos, según Volante de Despacho
Nº 0007473 de fecha 28-Ago-04. La donación se
utilizó en la evaluación de la eficacia de un alimento
infantil fortificado, que beneficie a la población de las
zonas más deprimidas de Villa El Salvador, siendo su
distribución y seguimiento a través de los hogares de
los niños participantes en dicha evaluación, distribuidos
entre marzo 2004 y mayo 2005, con un total de 550
niños de 6 - 18 meses de edad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-
EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la
facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la
inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a
favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se ref‌i ere
el primer considerando;
Que, en consecuencia corresponde al Sector
Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por
Arla Foods Ingredients Amba a favor del INSTITUTO DE
INVESTIGACION NUTRICIONAL;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,
Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución
Suprema Nº 508-93-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar, en vía de regularización,
la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV)
e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente
a la donación efectuada por Arla Foods Ingredients
Amba a favor del INSTITUTO DE INVESTIGACION
NUTRICIONAL consistente en 08 bultos, conteniendo
cereal para lactantes, con un valor FOB de US $ 1,995.00
(Un mil novecientos noventa y cinco y 00/100 Dólares
americanos), según Carta de Donación de fecha 10-
Ago-04, con un peso bruto manifestado de 2,620 kilos,
de acuerdo a la Guía Aérea Nº BLL02 070568 de fecha
25-Ago-04 y un peso bruto recibido de 2,613 kilos, según
Volante de Despacho Nº 0007473 de fecha 28-Ago-04. La
donación se utilizó en la evaluación de la ef‌i cacia de un
alimento infantil fortif‌i cado, que benef‌i cie a la población de
las zonas más deprimidas de Villa El Salvador, siendo su
distribución y seguimiento a través de los hogares de los
niños participantes en dicha evaluación, distribuidos entre
marzo 2004 y mayo 2005, con un total de 550 niños de 6
- 18 meses de edad.
Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente
Resolución a la Contraloría General de la República, a
la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
-SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae
el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos
establecidos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
163529-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0126/RE
Lima, 31 de enero de 2008
Visto, el expediente Nº 6415-2007, presentado
por el INSTITUTO DAMOS VISION, mediante el cual
solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas
(IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto
a la donación recibida de The Children´s Hospital of
Philadelphia, con sede en Philadelphia, Pennsylvania,
Estados Unidos de América.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y
el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley
del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto
Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto
Supremo Nº 055-99-EF y normas modif‌i catorias,
no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre
otros, las donaciones que se realicen a favor de las
Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación
Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No
Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales
e Instituciones Privadas sin f‌i nes de lucro receptoras
de donaciones de carácter asistencial o educacional
(IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro
que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación
Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por
Resolución Ministerial del Sector correspondiente;
Que, el INSTITUTO DAMOS VISION se encuentra
inscrito en el Registro de Instituciones Privadas sin f‌i nes
de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 18 de febrero de 2008 366857
o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana
de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con
la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación,
internamiento de donaciones de carácter asistencial
o educacional provenientes del exterior, aprobada por
Resolución Suprema Nº 508-93-PCM;
Que, mediante Certif‌i cado de Donación de fecha 17
de agosto de 2006, legalizado por el Consulado General
del Perú en Paterson se observa que, The Children´s
Hospital of Philadelphia ha efectuado una donación a
favor del INSTITUTO DAMOS VISION;
Que, el bien donado consiste en 01 bulto, conteniendo
una cámara NM-200D usada, para oftalmología, marca
Nidek, con monitor y maletín para portar, con un valor
FOB de US $ 15,000.00 (Quince mil y 00/100 Dólares
americanos), con un peso bruto manifestado de 41 kilos,
de acuerdo a la Guía Aérea Nº 529 12219126 y un peso
bruto recibido de 28.40 kilos, de acuerdo al Volante de
Despacho Nº 728113 de fecha 31-Oct-06, amparado con
Declaración Única de Aduanas Nº 235-2006-10-106064-
01-6 de fecha 06-Nov-06. Donación que servirá para
apoyar los programas de asistencia social del Instituto
Damos Visión a favor de pacientes de escasos recursos
económicos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-
EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la
facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la
inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a
favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se ref‌i ere
el primer considerando;
Que, en consecuencia corresponde al Sector
Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada
por The Children´s Hospital of Philadelphia a favor del
INSTITUTO DAMOS VISION;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,
Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución
Suprema Nº 508-93-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del
Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo
al Consumo (ISC) correspondiente a la donación
efectuada por The Children´s Hospital of Philadelphia a
favor del INSTITUTO DAMOS VISION, consistente en
01 bulto, conteniendo una cámara NM-200D usada, para
oftalmología, marca Nidek, con monitor y maletín para
portar, con un valor FOB de US $ 15,000.00 (Quince
mil y 00/100 Dólares americanos), con un peso bruto
manifestado de 41 kilos, de acuerdo a la Guía Aérea
Nº 529 12219126 y un peso bruto recibido de 28.40 kilos,
de acuerdo al Volante de Despacho Nº 728113 de fecha
31 de Oct-06, con Declaración Única de Aduanas Nº 235-
2006-10-106064-01-6 de fecha 06-Nov-06. Donación que
servirá para apoyar los programas de asistencia social del
Instituto Damos Visión a favor de pacientes de escasos
recursos económicos.
Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente
Resolución a la Contraloría General de la República, a
la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
-SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae
el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos
establecidos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
163529-2
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0127/RE
Lima, 31 de enero de 2008
Visto, el expediente Nº 6269-2007, presentado por
el INSTITUTO DE INVESTIGACION NUTRICIONAL,
mediante el cual solicita, en vía de regularización, la
inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV)
e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la
donación recibida de The Third World Network of Scientif‌i c
Organizations (TWNSO), con sede en Trieste, Italia.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º
y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de
la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e
Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por
Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modif‌i catorias,
no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre
otros, las donaciones que se realicen a favor de las
Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación
Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No
Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales
e Instituciones Privadas sin f‌i nes de lucro receptoras
de donaciones de carácter asistencial o educacional
(IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro
que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación
Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por
Resolución Ministerial del Sector correspondiente;
Que, el INSTITUTO DE INVESTIGACION
NUTRICIONAL se encuentra inscrito en el Registro
de Instituciones Privadas sin f‌i nes de lucro receptoras
de donaciones de carácter asistencial o educacional
(IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de
Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la
Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación,
internamiento de donaciones de carácter asistencial
o educacional provenientes del exterior, aprobada por
Resolución Suprema Nº 508-93-PCM;
Que, mediante Carta de Donación de fecha 15 de
julio de 2004, legalizada por el Consulado del Perú en
Trieste y Carta Aclaratoria de fecha 19 de noviembre
de 2004, se observa que The Third World Network of
Scientif‌i c Organizations (TWNSO), ha efectuado una
donación a favor del INSTITUTO DE INVESTIGACION
NUTRICIONAL;
Que, los bienes donados consisten en 01 bulto,
conteniendo equipos, material e insumos médicos, con
un valor FOB de US $ 8,448.06 (Ocho mil cuatrocientos
cuarenta y ocho y 06/100 Dólares americanos), según
Carta de Donación de fecha 15-Jul-04 y Carta Aclaratoria
de fecha 19-Nov-04, con un peso bruto manifestado de
116 kilos, de acuerdo a la Guía Aérea Nº 529-11214943
de fecha 23-Feb-05 y un peso bruto recibido de 112
kilos, según Volante de Despacho Nº 560303 de fecha
25-Feb-05. La donación ha servido para implementar
un laboratorio de biología molecular en el Instituto de
Investigación Nutricional, en el cual se han desarrollado
técnicas moleculares PCR para el estudio epidemiológico a
nivel genético de organismos causantes de enfermedades
infecciosas en humanos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-
EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la
facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la
inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a
favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se ref‌i ere
el primer considerando;
Que, en consecuencia corresponde al Sector
Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada
por The Third World Network of Scientif‌i c Organizations
(TWNSO) a favor del INSTITUTO DE INVESTIGACION
NUTRICIONAL;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,
Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución
Suprema Nº 508-93-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar, en vía de regularización,
la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV)
e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente
a la donación efectuada por The Third World Network of
Scientif‌i c Organizations (TWNSO) a favor del INSTITUTO
DE INVESTIGACION NUTRICIONAL, consistente en

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