02 001288-R-04 - Declaran inadmisible Recurso de Apelación interpuesto contra buena pro otorgada en proceso de adjudicación directa selectiva para la adquisición de proyectores multimedia para la UNMSM

EmisorUniversidades
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2004
Pág. 265626
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 28 de marzo de 2004
hábiles siguientes a la aprobación de la presente, dando
cuenta al CONSUCODE en el mismo plazo.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JUAN MANUEL BURGA DÍAZ
Rector
06246
Declaran inadmisible Recurso de Apela-
ción interpuesto contra buena pro otor-
gada en proceso de adjudicación direc-
ta selectiva para la adquisición de
proyectores multimedia para la UNMSM
UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 01288-R-04
Lima, 24 de marzo del 2004
Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes
General Nº 04075-RG-04, con respecto al Recurso de Ape-
lación interpuesto por la Empresa MAQUINARIAS JAAM
S.A., contra la Buena Pro otorgada el 16 de febrero de 2004
en el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-
2004-FD-UNMSM.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Rectoral Nº 05685-R-03 del
21 de octubre de 2003, se conformó, a partir del 25 de
setiembre de 2003, el Comité Especial Permanente para el
Proceso de Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor
Cuantía de la Facultad de Derecho y Ciencia Política;
Que según Acta Nº 002-2004 del 16 de febrero de 2004,
el Comité Especial Permanente de la Facultad de Derecho
y Ciencia Política acordó otorgar la buena Pro a la empre-
sa VISUAL DATA SERVICE MIX S.R.Ltda., en el Proceso
de Selección : Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2004-
FD-UNMSM para la "Adquisición de 8 Proyectores Multi-
media (1700-2000) y 2 Proyectores Multimedia (2500 o
Superior) de la Facultad de Derecho y Ciencia Política";
Que mediante escrito de fecha 24 de febrero de 2004,
la Empresa MAQUINARIAS JAAM S.A., interpone Recur-
so de Apelación contra la Buena Pro otorgada el 16 de
febrero de 2004 en el Proceso de Adjudicación Directa
Selectiva Nº 001-2004-FD-UNMSM, solicitando retrotraer
el proceso a la etapa de evaluación y calificación, proceder
de acuerdo a lo establecido en el Art. 65º del Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y
otorgarles la Buena Pro, por los fundamentos que en su
escrito expone;
Que del Proceso de Evaluación y Calificación de las
propuestas descritas en las Actas Nºs. 001 y 002-2004 de
fechas 13 y 16 de febrero de 2004, se colige que se abrie-
ron los sobres de las propuestas económicas antes de la
evaluación y calificación de las propuestas técnicas;
Que de acuerdo a los artículos 59º y 67º del Regla-
mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, el Comité Especial debe abrir, evaluar y calificar
primero los sobres que contienen las propuestas técnicas
y una vez evaluadas y calificadas éstas, se hace lo propio
con las propuestas económicas; por cuanto debe definirse
que postores alcanzan el puntaje mínimo para acceder a la
evaluación de las propuestas económicas;
Que asimismo respecto a la intervención de otro órga-
no ajeno al Comité Especial en la evaluación y calificación
se observa que se remitió toda la documentación: pro-
puestas técnicas y económicas a otro órgano distinto al
Comité Especial (Oficina de Servicios Generales, Opera-
ciones y Mantenimiento de la Facultad), quien se encargó
de la evaluación y calificación al haberse encargado de la
elaboración de los cuadros respectivos, los que después
fueron remitidos al Comité Especial para que tome la deci-
sión al respecto, tal como se consigna en el Acta corres-
pondiente;
Que es requisito para la admisibilidad del Recurso de
Apelación, presentar el comprobante de pago de la tasa
correspondiente de conformidad con el Texto Único de Pro-
cedimientos Administrativos (TUPA) de la entidad, por dis-
posición expresa del artículo 168º del Reglamento del TUO
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
de lo contrario se declarará inadmisible el recurso y se or-
denará el archivamiento del expediente por disposición
expresa de la citada norma;
Que conforme obra en autos el Recurso de Apelación
interpuesto por la Empresa MAQUINARIAS JAAM S.A., y
de los Oficios Nºs. 0590 y 0631-SG-04 de la Secretaría
General, se colige que dicha Empresa no acompaña el
comprobante de pago de la tasa por concepto de apela-
ción, cuyo monto se encuentra comprendido en el TUPA
de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
Que la Oficina General de Asesoría Legal mediante In-
forme Nº 0330-OGAL-2004, por las consideraciones que
anteceden es de la opinión siguiente: declarar INADMISI-
BLE el Recurso de Apelación interpuesto por dicha empre-
sa; declarar nulo el otorgamiento de la Buena Pro y nulo
todo lo actuado; retrotraer el Proceso de Selección hasta
la Etapa de la Elaboración de las Bases; y su publicación
en el Diario Oficial El Peruano; y,
Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector
por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni-
versidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
1º.- Declarar INADMISIBLE el Recurso de Apelación
interpuesto por la Empresa MAQUINARIAS JAAM S.A.,
contra la Buena Pro otorgada el 16 de febrero de 2004 en
el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2004-
FD-UNMSM; por las consideraciones expuestas en la pre-
sente Resolución.
2º.- Declarar Nulo el otorgamiento de la Buena Pro a la
Empresa VISUAL DATA SERVICE MIX S.R.Ltda., en el Pro-
ceso de Selección : Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-
2004-FD-UNMSM para la "Adquisición de 8 Proyectores
Multimedia (1700-2000) y 2 Proyectores Multimedia (2500
o Superior) de la Facultad de Derecho y Ciencia Política".
3º.- Retrotraer el Proceso de Adjudicación Directa Selec-
tiva para la "Adquisición de 8 Proyectores Multimedia (1700-
2000) y 2 Proyectores Multimedia (2500 o Superior) de la
Facultad de Derecho y Ciencia Política", hasta la Etapa de
Elaboración de Bases.
4º.- Encargar al Comité Especial Permanente para el
Proceso de Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor
Cuantía de la Facultad de Derecho y Ciencia Política
establecido con Resolución Rectoral Nº 05685-R-03, noti-
ficar la presente Resolución Rectoral a los postores del
presente proceso en el término legal.
5º.- Encargar a la Secretaría General publicar la presen-
te Resolución Rectoral en el Diario Oficial El Peruano.
6º.- Encargar al Comité Especial Permanente estable-
cido con Resolución Rectoral Nº 05685-R-03, el cumpli-
miento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JUAN MANUEL BURGA DÍAZ
Rector
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dicación de menor cuantía
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Lima, 24 de marzo de 2004
EXPEDIENTE Nº 00001-2004-GAF/PE
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