Impunidad Parlamentaria (II)

Por Dino Carlos Caro Coria

En julio del 2020 el Congreso aprobó una reforma constitucional para eliminar la inmunidad parlamentaria (artículo 93) y el antejuicio constitucional a favor de los ministros de Estado (artículo 99), y permitir que el presidente pueda ser acusado durante su mandato por delitos contra la administración pública (artículo 117). Una reforma bastante cuestionable, como advirtiera en su momento, porque rompía el equilibrio de fuerzas entre el Ejecutivo y el Legislativo, en un sistema presidencialista como el de las constituciones de 1979 y 1993.Esta reforma debía ser sometida a segunda votación en la legislatura actual, para que se complete el proceso de reforma constitucional. Sin embargo, el 10 de diciembre el Congreso ha dado marcha atrás al aprobar un nuevo texto que solamente incluye la eliminación de la inmunidad parlamentaria, renunciándose a esas reformas que conspiraban contra el necesario equilibrio de poderes en el Estado. Por tratarse de una nueva reforma, esta deberá ser ratificada en la siguiente legislatura.El nuevo texto del artículo 93 reitera que los congresistas ?no están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación? y mantiene la llamada inmunidad de opinión (?freedom of speech?), al señalar que no son responsables ?por las opiniones y votos? en el ejercicio del cargo. Pero a la vez elimina la inmunidad de procesamiento y la inmunidad de arresto (?freedom from arrest?), según la norma aún vigente en caso de delitos comunes (homicidio, tráfico de drogas, estafa, etc.), los parlamentarios no ?pueden ser procesados ni presos sin previa autorización? del Congreso, salvo delito flagrante.De consolidarse la reforma, los congresistas sí podrán ser investigados e incluso detenidos por delitos comunes, sin que el Parlamento sea una barrera o escudo para la impunidad. Por ejemplo, si el expresidente Vizcarra llegara a ser congresista, el Legislativo no tendría que aprobar la ejecución de una prisión preventiva o una condena por los presuntos delitos cometidos cuando fue gobernador de Moquegua.Una reforma a todas luces plausible. La inmunidad parlamentaria es una reliquia constitucional en pleno proceso de desaparición, es un modo de discriminación positiva...

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