223 N° 131 - Establecen importe de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2007

Fecha de disposición16 Diciembre 2006
Fecha de publicación16 Diciembre 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 16 de diciembre de 2006
334676
derecho, con Principios de Lealtad Constitucional y de
Jerarquía Normativa;
Que, de acuerdo con el artículo 128° del Texto
Fundamental del Estado, especif‌i ca que los Ministros
son individualmente responsables por sus propios actos
y por los actos presidenciales que refrendan y son
solidariamente responsables por los actos presidenciales
que refrendan y son solidariamente responsables por los
actos violatorios a la Constitución;
Que, de conformidad con el artículo 118º numeral 19,
faculta al Presidente de la República a dictar Decretos de
Urgencia, con fuerza de Ley, obviamente dicha norma legal
no puede dejar sin efecto la Ley Orgánica de Municipalidades
- Ley N° 27972, artículos 12º y 53º, toda vez que se estaría
infraccionando el Principio de Jerarquía Normativa, que
preceptúa que la Constitución prevalece sobre toda norma
legal; y la Ley sobre las normas de inferior jerarquía, y
así sucesivamente; más aún que el citado artículo en su
numeral 1, señala que corresponde al Primer Mandatario,
cumplir y hacer cumplir la Constitución;
Que, el Poder Ejecutivo, ha expedido el Decreto de
Urgencia N° 19-2006, por el cual mediante sus artículos
7º y 8º establecen la compensación por ejercicio del
cargo de Alcalde y las Dietas que perciban los Regidores
Municipales, agregando que dichas dietas no pueden
superar en total el 30% de la compensación mensual del
Alcalde correspondiente;
Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades
conferidas por el artículo 9° de la Ley Nº 27792 - Ley Orgánica
de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el
Pleno del Concejo Municipal aprobó por Mayoría la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- DECLARAR, la Inaplicabilidad de
los artículos 7° y 8° del Decreto de Urgencia N° 19-2006
en la Jurisdicción Distrital de Comas.
Artículo Segundo.- Dispensar de la lectura y aprobación
de acta, para el inmediato cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
6780-1
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Establecen importe de los Arbitrios
Municipales del Ejercicio 2007
ORDENANZA Nº 131
La Molina, 23 de octubre del 2006
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA;
Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el
Proyecto de Ordenanza que regula la determinación de
los Arbitrios Municipales del 2007; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los Artículos 194° y 195° de
la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 74°, del texto constitucional consagra
la potestad tributaria de los Gobiernos Locales para crear,
modif‌i car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias
y derechos municipales o exonerar de éstas, dentro de su
jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, es necesario determinar el importe de los Arbitrios
de Limpieza Pública, de Parques y Jardines Públicos y de
Serenazgo correspondientes al Ejercicio 2007, para garantizar
una adecuada distribución del costo de los servicios públicos
entre los contribuyentes y responsables del distrito;
Que, en relación al ejercicio anterior, se mantiene la
estructura de costos, los criterios de distribución, así como
los demás aspectos de la obligación tributaria;
Que, de conformidad con la Norma IV del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, concordante con el
Artículo 60° del Decreto Legislativo Nº 776, los Gobiernos
Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modif‌i car y
suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias
o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los
límites que señala la Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido
por el Artículo 9º, numeral 9), y Artículos 38º, 39º y 40º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, POR
MAYORÍA y con dispensa del trámite de aprobación del
Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL IMPORTE
DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES
DEL EJERCICIO 2007
CAPITULO ÚNICO
DISPOSICIÓN GENERAL
Artículo Único.- ESTABLECER, el importe de los Arbitrios
Municipales del Ejercicio 2007, conforme a la Ordenanza
Nº 117 y su modif‌i catoria, ratif‌i cada por Acuerdo de Concejo
Nº 450 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- En todo lo no previsto en la presente norma
téngase presente, en lo que le sea aplicable, lo estipulado
en la Ordenanza Nº 116 y su modif‌i catoria.
Segunda.- Facultar al señor Alcalde para que,
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
complementarias y reglamentarias necesarias para la
adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
Tercera.- Encargar a la Gerencias de Rentas, a la Gerencia
de Tecnologías de Información y de las Comunicaciones y
a la Gerencia de Imagen, Comunicaciones y Participación
Vecinal el cumplimiento de la presente Ordenanza; así como
su amplia difusión e información.
Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del 1° de enero del 2007, previa publicación
del Acuerdo de ratif‌i cación que emita la Municipalidad
Metropolitana de Lima.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS DIBOS VARGAS PRADA
Alcalde
6766-1
Aprueban informe técnico de
determinación de Arbitrios Municipales
2007 y su incorporación a la Ordenanza
Nº 131, que establece importe de los
Arbitrios Municipales del Ejercicio 2007
ORDENANZA Nº 132
La Molina, 24 de noviembre del 2006
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA;
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo del 23 de
noviembre de 2006, el Dictamen Nº 021 del 23 de los
corrientes, de la Comisión de Administración, Rentas,
Presupuesto e Informática; y,
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cado por las Leyes de Reforma Constitucional
Nºs. 27680 y 28607, reconoce a los Gobiernos Locales
su autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, en ejercicio de dicha potestad y conforme a las
reglas vinculantes en la materia, este Concejo expidió la
Ordenanza Nº 131, relativas al establecimiento del importe
de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2007;
Que, con la f‌i nalidad de brindar mayor precisión
en la materia, es conveniente detallar los costos que
se trasladan a los contribuyentes, los mismos que se
encuentran contenidos en el Informe Técnico anexo;
Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido
por los Artículos 9º numeral 9), 38º, 39º y 40º de la Ley

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