DECRETO DE ALCALDIA N° 010-2012/MDC - Aprueban implementación y cronograma de Ciclovías Recreativas en el distrito

Fecha de disposición05 Septiembre 2012
Fecha de publicación05 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 5 de setiembre de 2012
473998
EJE UBICACIÓN SENTIDO
E-O O-E
AC DC AC DC
Av. Arica (Tramo Av.
Tingo Maria - Plaza
Bolognesi)
Jr. Chamaya 1
Jr. Napo 1
Jr. Aguarico 1
Jr. Loreto 1 1
Jr. General Varela 1 1
Jr. Iquique 1
Jr. Breña 1
LEYENDA
Antes del cruce AC
Después del cruce DC
EJE UBICACIÓN SENTIDO
E-O O-E
AC DC AC DC
Av. 9 de
Diciembre
Plaza Bolognesi 1
Jr. Washington 1
Av. Inca Garcilazo de la Vega 1
LEYENDA
Antes del cruce AC
Después del cruce DC
Artículo 2º.- Los Paraderos Autorizados serán de
tipo universal, de uso exclusivo para el embarque y/o
desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento
por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de
transporte público en esas vías.
Artículo 3º.- Los Paraderos Autorizados podrán ser
identif‌i cados mediante la señalización horizontal y/o vertical
respectiva, además por el mobiliario urbano (módulo), en
cada una de las vías señaladas en la presente resolución.
Artículo 4º.- La vigencia de los Paraderos Autorizados
queda sujeta a cualquier variación que la autoridad administrativa
considere técnicamente necesaria, para la implementación del
nuevo Sistema Metropolitano de Transporte.
Artículo 5º.- Las empresas, conductores y cobradores
del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros,
deberán informar permanentemente a los usuarios, que el
embarque y desembarque de pasajeros se realizará en los
respectivos paraderos autorizados.
Artículo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingeniería
de Tránsito los trabajos de mantenimiento y señalización de
los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia.
Artículo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización
del Transporte, la supervisión, f‌i scalización y cumplimiento de
la presente Resolución; de ser el caso, deberá coordinar con
la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito,
para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice
el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una
vez que éstos sean debidamente señalizados.
Artículo 8º.- Dejar sin efecto cualquier disposición que
se contraponga a la presente Resolución.
Artículo 9º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en la página Web de la Gerencia de Transporte
Urbano y en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 10º.- La presente Resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PAVEL G. CORILLOCLLA TERBULLINO
Subgerente
Subgerencia de Regulación del Transporte
Gerencia de Transporte Urbano
835554-1
MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
Aprueban implementación y
cronograma de Ciclovías Recreativas
en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 010-2012/MDC
Carabayllo, 22 de Agosto del 2012
VISTO:
El Acuerdo de Concejo Nº 064-2012/MDC, de fecha
23 de Julio del 2012, mediante el cual se Aprueba la
implementación de la Ciclovía Recreativa en el distrito de
Carabayllo, enmarcada dentro de las metas del Plan de
Incentivos de la Mejora de Gestión y Modernización Municipal
del año 2,012, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-
2012-EF y se Autoriza al Señor Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para
la Implementación de la Ciclovía en el distrito de Carabayllo;
y el Informe Nº 082-2012-IJPB-SGT-GSCV/MDC del Sub
Gerente de Transporte quien a nombre del Equipo Técnico
de la Comisión de Trabajo para el Cumplimiento de la Meta
“Implementación de una Ciclovía en el distrito de Acuerdo
a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud”
designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 454-2012-A/
MDC para el cumplimiento de la citada Meta establecida por
el Ministerio de Economía y Finanzas, hace de conocimiento
las propuestas de la Inauguración, nombre y cronograma de
dicho evento recreativo; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno
Local, con personería jurídica de Derecho Público, que
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política
del Estado, concordante con lo que establece el Artículo
II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de
Municipalidades;
Que, por Resolución de Alcaldía Nº 454-2012-
A/MDC se Designó el Equipo Técnico de Trabajo del
Distrito de Carabayllo, para el cumplimiento de la Meta
“IMPLEMENTACIÓN DE UNA CICLOVÍA EN EL DISTRITO
DE ACUERDO A LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS
POR EL MINISTERIO DE SALUD” en el Marco del Plan
de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal para el Año Fiscal 2012, cuya composición se
encuentra integrada por representantes de la Municipalidad,
la Policía Nacional del Perú, el Establecimiento de Salud
y las Organizaciones Deportivas, Culturales o Educativas
de la Comunidad;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 064-2012/MDC,
se Aprobó la implementación de la Ciclovía Recreativa
en el distrito de Carabayllo, enmarcada dentro de las
metas del Plan de Incentivos de la Mejora de Gestión y
Modernización Municipal del año 2,012, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, autorizándose al Señor
Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las
disposiciones necesarias para la Implementación de la
Ciclovía en el distrito de Carabayllo;
Que, según Informe Nº 082-2012-IJPB-SGT-GSCV/MDC
el Sub Gerente de Transporte, a nombre del Equipo Técnico
de la Comisión de Trabajo para el Cumplimiento de la Meta
“Implementación de una Ciclovía en el distrito de Acuerdo
a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud” hace
de conocimiento las propuestas de la Inauguración, nombre
y cronograma de dicho evento recreativo siguiendo con
lo dispuesto en el INSTRUCTIVO, por lo que solicita la
autorización o reconocimiento de las vías locales (circuito de
recorrido) a utilizarse para la implementación de la Ciclovía
Recreativa Dominical propuesta, las cuales se detallan en el
anexo del informe, que se utilizarán exclusivamente para el
cumplimiento de tal f‌i n;
Estando a lo dispuesto en el Artículo segundo del
Acuerdo de Concejo Nº 064-2012/MDC y en uso de las
facultades conferidas al señor Alcalde mediante el Artículo

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