DECRETO SUPREMO N° 014-2009-VIVIENDA - Amplían alcances del D.S. N° 012-2009-VIVIENDA a los herederos del personal de la PNP fallecido en actos de servicio, como consecuencia de los hechos acontecidos durante el desalojo en el Santuario Histórico Bosque de Pómac y en la sede policial de San José de Secce
Fecha de disposición | 13 Agosto 2009 |
Fecha de publicación | 13 Agosto 2009 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 13 de agosto de 2009
400724
VIVIENDA
Amplían alcances del D.S. Nº 012-2009-
VIVIENDA a los herederos del personal
de la PNP fallecido en actos de servicio,
como consecuencia de los hechos
acontecidos durante el desalojo en el
Santuario Histórico Bosque de Pómac y
en la sede policial de San José de Secce
DECRETO SUPREMO
Nº 014-2009-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento de conformidad con la Ley Nº 27792, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, tiene competencia para
formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas
de alcance nacional aplicables en materia de vivienda,
urbanismo, construcción y saneamiento;
Que, mediante Ley Nº 27829 y modifi catorias, se creó
el Bono Familiar Habitacional (BFH), como parte de la
política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, el mismo que es administrado por el Fondo
MIVIVIENDA S.A., y se otorga por una sola vez a los
benefi ciarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de
restitución por parte de éstos, y que constituye un incentivo
y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor,
siendo sus benefi ciarios exclusivos las familias de ámbitos
urbano y rural que carecen de recursos sufi cientes para
adquirir y mejorar una única solución habitacional;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-VIVIENDA
publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 20 de
junio de 2009, se otorgó un Bono Familiar Habitacional (BFH)
dentro de los alcances del Programa Techo Propio, con un
valor excepcional, a los herederos legales del personal
de la Policía Nacional del Perú fallecido y/o desaparecido
en acto de servicio, en cumplimiento de su deber, como
consecuencia de los hechos acontecidos en las provincias
de Bagua y Utcubamba del departamento de Amazonas;
Que, con fecha 20 de enero de 2009 se produjo un
enfrentamiento entre invasores y miembros de la Policía
Nacional del Perú, durante el desalojo del Santuario
Histórico Bosque de Pómac, ubicado en la provincia de
Ferreñafe, departamento de Lambayeque, donde perdió
la vida personal de la Policía Nacional del Perú;
Que, con fecha 1 de agosto de 2009 se produjo un
ataque terrorista a la sede policial de San José de Secce,
en la provincia de Huanta, departamento de Ayacucho,
producto del cual perdieron la vida tres miembros de la
Policía Nacional del Perú pertenecientes a la Dirección de
Operaciones Especiales - DIROES;
Que, corresponde igualmente a los herederos legales
del personal caído en actos de servicio en el Santuario
Histórico Bosque de Pómac y en la sede policial de San José
de Secce ser retribuido con una asignación especial del
Bono Familiar Habitacional (BFH), de manera excepcional
y extraordinaria, para acceder de manera preferencial a
una vivienda de interés social dentro del marco de la Ley
Nº 27829 y sus demás normas complementarias;
Que, en ese sentido, resulta pertinente ampliar los
alcances del Decreto Supremo Nº 012-2009-VIVIENDA a los
herederos legales del personal de la Policía Nacional del Perú
fallecido en acto de servicio como consecuencia de los hechos
acontecidos durante el desalojo en el Santuario Histórico
Bosque de Pómac, en la provincia de Ferreñafe, departamento
de Lambayeque y en la sede policial de San José de Secce,
provincia de Huanta, departamento de Ayacucho;
En uso de las atribuciones que le confi ere el inciso
8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y
Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modifi catorias;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Amplíase los alcances del Decreto Supremo Nº 012-
2009-VIVIENDA a los herederos legales del personal de
la Policía Nacional del Perú fallecido en acto de servicio,
como consecuencia de los hechos acontecidos durante el
desalojo en el Santuario Histórico Bosque de Pómac, en la
provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque y en
la sede policial de San José de Secce, provincia de Huanta,
departamento de Ayacucho.
Artículo 2º.- Vigencia
El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce
días del mes de agosto del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
FRANCIS ALLISON OYAGUE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
383367-7
Designan Director General de la Oficina
General de Estadística e Informática
del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 219-2009-VIVIENDA
Lima, 12 de agosto de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 199-2009-
VIVIENDA, se encargó al señor Jaime Gutiérrez Rosas,
las funciones de Director General de la Ofi cina General
de Estadística e Informática del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, cargo considerado de confi anza;
Que, resulta necesario dar por concluido el encargo a que
se refi ere el considerando precedente y designar al profesional
propuesto para ejercer las funciones inherentes a dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes
Nºs. 27594, 27792 y 29158, modifi cada por Ley Nº 29209, y
en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por
Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo conferido al
señor Jaime Gutiérrez Rosas, en virtud de la Resolución
Ministerial Nº 199-2009-VIVIENDA, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar al señor Jaime Gutiérrez Rosas,
como Director General de la Ofi cina General de Estadística
e Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, cargo considerado de confi anza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCIS ALLISON OYAGUE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
382839-1
ORGANISMOS EJECUTORES
ARCHIVO GENERAL
DE LA NACION
Modifican la Directiva Nº 006-2008-
AGN/DNDAAI “Proceso de Regularización
Administrativa de Escrituras Públicas y Actas
Notariales Protocolares que se conservan en
el Archivo General de la Nación”
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 265-2009-AGN/J
Lima, 19 de junio de 2009
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