98 224-2001-RASS - Aprueban habilitación urbana de lote único de terreno para uso residencial

EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Fecha de la disposición24 de Abril de 2001
Pág. 201817
NORMAS LEGALES
Lima, martes 24 de abril de 2001
MUNICIPALIDAD DE
BREÑA
Prohíben el ejercicio del comercio
ambulatorio en vehículos menores no
motorizados
ORDENANZA Nº 032-MDB
Breña, 19 de abril del 2001
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE BREÑA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Breña, en Sesión Ordinaria
de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 029-MDB de fecha 28-
2-2001 se aprobaron normas complementarias al Régi-
men de Uso de la vía Pública para el ejercicio del
Comercio Ambulatorio en la jurisdicción del distrito de
Breña;
Que, durante la aplicación de la norma referida
precedentemente se ha evaluado la inconveniencia de
ampliar los giros de comercio autorizados para el ejer-
cicio del comercio ambulatorio, debiendo por tanto
tomarse las disposiciones correctivas necesarias para
el adecuado desarrollo de esta actividad en el distrito de
Breña;
Que, según el Art. 2º de la Ley Orgánica de Municipa-
lidades las municipalidades son los órganos de Gobier-
no Local, que emanan de la voluntad popular. Son
personas jurídicas de derecho público con autonomía
económica y administrativa en los asuntos de su compe-
tencia. Le son aplicables las leyes y disposiciones que,
de manera general y de conformidad con la constitución
rigen las actividades y funcionamiento del Sector Públi-
co Nacional;
En uso de las facultades conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades, los miembros del Conce-
jo aprobaron por unanimidad, y con dispensa del trámi-
te de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Único.- Prohíbase el ejercicio del comer-
cio ambulatorio a través de Vehículos Menores no
Motorizados (Carretilleros) en la jurisdicción del distri-
to de Breña y en consecuencia deróguese los Artículos
3º y 4º de la Ordenanza Nº 029-MDB.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
CARLOS SANDOVAL BLANCAS
Alcalde
22318
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban habilitación urbana de lote
único de terreno para uso residencial
RESOLUCIÓN Nº 224-2001-RASS
Expediente Nº 007911.2000.2
Santiago de Surco, 19 de marzo de 2001
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: la solicitud de Habilitación Urbana Nue-
va, del Banco Sudamericano, debidamente represen-
tado por la Subgerente Johanna Mariella Ackerman
Menacho, del inmueble con un área de 1,000.56 m2,
ubicado en la parcelación semirrústica "El Derby de
Monterrico", Mz. C, Lote 6, Sublote 6-B, con frente a
la Av. El Polo Nºs. 671 - 675 y 679, distrito de Santiago
de Surco; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante solicitud formulario el Banco
Sudamericano (fs. 1 a 3) peticiona la aprobación de
habilitación urbana nueva del inmueble de su propie-
dad; emitiendo la Subdirección de Obras Privadas la
Notificación Nº 095c-2000-SDOPRIV-DDU (fs. 48 y
49) requiriéndole la presentación de la acumulación
registral de los terrenos inscritos en la Ficha Nº
1128903 (fs. 6 a 9) y Ficha Nº 1128902 (fs. 10 a 14) del
Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Plano
de Ubicación y Localización con coordenadas UTM;
acreditar representatividad; el resumen y conclu-
siones del estudio de suelos no corresponde al terre-
no a habilitar. También se le solicita Certificado de
Zonificación y Vías, Plano Perimétrico con cuadro de
datos técnicos y topográficos con curvas de nivel
cada metro, con coordenadas geográficas UTM, Pla-
no de Lotización y Vías escala 1/500 ó 1/1000 y Plano
de trazado de Ejes de Vías, Plano de perfiles longitudi-
nales y rasantes, detalle de pavimentos, Memoria
Descriptiva de Lotización y Pavimentos;
Que, con escrito de fojas 52 y 98 respectivamente,
el Banco Sudamericano cumple con remitir la docu-
mentación requerida por la Notificación Nº 095c-
2000-SDOPRIV-DDU y que a continuación se deta-
llan:
• Copia autenticada por fedataria, de la Partida
Electrónica Nº 11210631 del Registro de la Propiedad
Inmueble sobre Acumulación de las propiedades inscri-
tas en las Fichas Nº 1128902 y Nº 1128903, del terreno
de 1,000.56 m2 (folio 55).
• Certificado de Zonificación y Vías Nº 023-2000-
MSS/DDU de fecha 12.10.2000 (folios 93 a 95).
• Diseño Urbano:
- Plano de Ubicación y Localización a escalas 1/500
y 1/10,000 con coordenadas UTM (folio 103).
- Plano de Lotización de Lote Unico con el Cuadro de
Areas y Cuadro de Aportes (folio 104).
- Estudio de Suelo (folios 71 a 91).
- Memoria Descriptiva (folios 101 y 102).
• Factibilidad de Servicios:
* LUZ DEL SUR: Factibilidad de suministro eléctri-
co Nº CSCH/150-2000 de fecha 21-8-2000 con vigencia
de un año (folio 69).
* SEDAPAL: Carta Nº 1136-2000/ET-S de fecha 7-9-
2000 de Factibilidad de Servicios de Agua Potable y
Alcantarillado (folio 70).
• Declaración Jurada con firma legalizada por Nota-
rio Público referente a Inexistencia de Feudatarios
(folio 4).
• Declaración Jurada de No existencia de Acequias
de Regadío en el terreno por habilitar con las firmas
correspondientes legalizadas por Notario Público (folio
5). • Boleta de Habilidad del profesional Nº 51976
expedida por el Colegio de Arquitectos del Perú a
nombre del profesional responsable Arq. Luis Oswaldo
Malnati Lucero CAP Nº 1192 (folios 47).
• Comprobante Unico de Pago Nº 181539 por Dere-
cho de Trámite (folio 99).

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