98 224-2001-RASS - Aprueban habilitación urbana de lote único de terreno para uso residencial
Emisor | MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO |
Fecha de la disposición | 24 de Abril de 2001 |
Pág. 201817
NORMAS LEGALES
Lima, martes 24 de abril de 2001
MUNICIPALIDAD DE
BREÑA
Prohíben el ejercicio del comercio
ambulatorio en vehículos menores no
motorizados
ORDENANZA Nº 032-MDB
Breña, 19 de abril del 2001
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE BREÑA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Breña, en Sesión Ordinaria
de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 029-MDB de fecha 28-
2-2001 se aprobaron normas complementarias al Régi-
men de Uso de la vía Pública para el ejercicio del
Comercio Ambulatorio en la jurisdicción del distrito de
Breña;
Que, durante la aplicación de la norma referida
precedentemente se ha evaluado la inconveniencia de
ampliar los giros de comercio autorizados para el ejer-
cicio del comercio ambulatorio, debiendo por tanto
tomarse las disposiciones correctivas necesarias para
el adecuado desarrollo de esta actividad en el distrito de
Breña;
Que, según el Art. 2º de la Ley Orgánica de Municipa-
lidades las municipalidades son los órganos de Gobier-
no Local, que emanan de la voluntad popular. Son
personas jurídicas de derecho público con autonomía
económica y administrativa en los asuntos de su compe-
tencia. Le son aplicables las leyes y disposiciones que,
de manera general y de conformidad con la constitución
rigen las actividades y funcionamiento del Sector Públi-
co Nacional;
En uso de las facultades conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades, los miembros del Conce-
jo aprobaron por unanimidad, y con dispensa del trámi-
te de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Único.- Prohíbase el ejercicio del comer-
cio ambulatorio a través de Vehículos Menores no
Motorizados (Carretilleros) en la jurisdicción del distri-
to de Breña y en consecuencia deróguese los Artículos
3º y 4º de la Ordenanza Nº 029-MDB.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
CARLOS SANDOVAL BLANCAS
Alcalde
22318
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban habilitación urbana de lote
único de terreno para uso residencial
RESOLUCIÓN Nº 224-2001-RASS
Expediente Nº 007911.2000.2
Santiago de Surco, 19 de marzo de 2001
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: la solicitud de Habilitación Urbana Nue-
va, del Banco Sudamericano, debidamente represen-
tado por la Subgerente Johanna Mariella Ackerman
Menacho, del inmueble con un área de 1,000.56 m2,
ubicado en la parcelación semirrústica "El Derby de
Monterrico", Mz. C, Lote 6, Sublote 6-B, con frente a
la Av. El Polo Nºs. 671 - 675 y 679, distrito de Santiago
de Surco; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante solicitud formulario el Banco
Sudamericano (fs. 1 a 3) peticiona la aprobación de
habilitación urbana nueva del inmueble de su propie-
dad; emitiendo la Subdirección de Obras Privadas la
Notificación Nº 095c-2000-SDOPRIV-DDU (fs. 48 y
49) requiriéndole la presentación de la acumulación
registral de los terrenos inscritos en la Ficha Nº
1128903 (fs. 6 a 9) y Ficha Nº 1128902 (fs. 10 a 14) del
Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Plano
de Ubicación y Localización con coordenadas UTM;
acreditar representatividad; el resumen y conclu-
siones del estudio de suelos no corresponde al terre-
no a habilitar. También se le solicita Certificado de
Zonificación y Vías, Plano Perimétrico con cuadro de
datos técnicos y topográficos con curvas de nivel
cada metro, con coordenadas geográficas UTM, Pla-
no de Lotización y Vías escala 1/500 ó 1/1000 y Plano
de trazado de Ejes de Vías, Plano de perfiles longitudi-
nales y rasantes, detalle de pavimentos, Memoria
Descriptiva de Lotización y Pavimentos;
Que, con escrito de fojas 52 y 98 respectivamente,
el Banco Sudamericano cumple con remitir la docu-
mentación requerida por la Notificación Nº 095c-
2000-SDOPRIV-DDU y que a continuación se deta-
llan:
• Copia autenticada por fedataria, de la Partida
Electrónica Nº 11210631 del Registro de la Propiedad
Inmueble sobre Acumulación de las propiedades inscri-
tas en las Fichas Nº 1128902 y Nº 1128903, del terreno
de 1,000.56 m2 (folio 55).
• Certificado de Zonificación y Vías Nº 023-2000-
MSS/DDU de fecha 12.10.2000 (folios 93 a 95).
• Diseño Urbano:
- Plano de Ubicación y Localización a escalas 1/500
y 1/10,000 con coordenadas UTM (folio 103).
- Plano de Lotización de Lote Unico con el Cuadro de
Areas y Cuadro de Aportes (folio 104).
- Estudio de Suelo (folios 71 a 91).
- Memoria Descriptiva (folios 101 y 102).
• Factibilidad de Servicios:
* LUZ DEL SUR: Factibilidad de suministro eléctri-
co Nº CSCH/150-2000 de fecha 21-8-2000 con vigencia
de un año (folio 69).
* SEDAPAL: Carta Nº 1136-2000/ET-S de fecha 7-9-
2000 de Factibilidad de Servicios de Agua Potable y
Alcantarillado (folio 70).
• Declaración Jurada con firma legalizada por Nota-
rio Público referente a Inexistencia de Feudatarios
(folio 4).
• Declaración Jurada de No existencia de Acequias
de Regadío en el terreno por habilitar con las firmas
correspondientes legalizadas por Notario Público (folio
5). • Boleta de Habilidad del profesional Nº 51976
expedida por el Colegio de Arquitectos del Perú a
nombre del profesional responsable Arq. Luis Oswaldo
Malnati Lucero CAP Nº 1192 (folios 47).
• Comprobante Unico de Pago Nº 181539 por Dere-
cho de Trámite (folio 99).
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