RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000040 - Declaran habilitación urbana de oficio de terreno a nivel de recepción parcial de obras

Fecha de publicación28 Enero 2010
Fecha de disposición28 Enero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 28 de enero de 2010 412285
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SURQUILLO;
VISTO el Informe Nº 54-10/SGAT-GR-MDS de fecha 14
de enero de 2010 de la Sub Gerencia de Administración
Tributaria de la Gerencia de Rentas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 200-MDS se aprobó
en el distrito de Surquillo la implementación del Catastro
Urbano que considera el proceso de levantamiento de
información predial catastral y el registro e inventario de
los bienes públicos y privados dentro del distrito, siendo su
vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009, conforme a las
prórrogas al plazo previsto en su Tercera Disposición Final,
determinadas por Decreto de Alcaldía N° 012-2008-MDS y
Decreto de Alcaldía N° 008-2009-MDS;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 42º de la
Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para
la correcta y ef‌i ciente administración municipal y resuelven o
regulan asuntos de interés general y de interés para el vecindario
que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, estando a dicha disposición y de conformidad
con la Primera Disposición Final de la Ordenanza citada
que permite la prórroga de la norma mediante Decreto de
Alcaldía, resulta conveniente extender los alcances de la
Ordenanza para que un número mayor de contribuyentes
pueda acceder a sus benef‌i cios, permitiendo como
contrapartida la actualización de la información catastral
predial en el distrito;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de
Municipalidades;
DECRETA:
PRÓRROGA DE VIGENCIA DE ORDENANZA
N° 200-MDS
Artículo Único.- Objeto de la norma: CONSIDÉRESE
prorrogada hasta el 30 de junio de 2010 la vigencia de la
Ordenanza Nº 200-MDS y sus normas ampliatorias relativas
a la Implementación del Catastro Urbano en el Distrito y el
Otorgamiento de Benef‌i cios Tributarios y Administrativos.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GUSTAVO SIERRA ORTIZ
Alcalde
450412-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Declaran habilitación urbana de oficio
de terreno a nivel de recepción parcial
de obras
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 000040
Callao, 21 de enero de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
VISTO:
El expediente N° 10829147 y acumulados presentado
por la empresa MULTIMERCADOS ZONALES con RUC
N° 20421526258, con domicilio legal en Av. Argentina
Nº 3093 Carmen de la Legua - Callao, debidamente
representado por don Manuel Maeda Takeuchi, solicitando
se apruebe la habilitación urbana de of‌i cio del terreno de
103, 103.63 m2 denominado Sub Parcela 1 ubicado en Av.
Argentina – La Chalaca – Callao, debidamente inscrito en
la Partida N° 70201140 de la Of‌i cina Nacional de Registros
Públicos de Lima y Callao, acogiéndose al Artículo 24 de
la Ley N° 29090 – Ley de Habilitaciones Urbanas y de
Edif‌i caciones;
CONSIDERANDO:
Que, mediante expediente archivado Nº 19502335 del
año 1995 la empresa RANSA COMERCIAL S.A. solicitó
la habilitación urbana en etapa de recepción de obras del
terreno ubicado frente a la Av. Argentina , la calle El Sol, Av.
Meiggs (línea del ferrocarril) y el Callejón Villegas, con un
área de 225,447.27 m2, trámite que no fue aprobado;
Que, la empresa RANSA COMERCIAL S.A. mediante
Expediente Nº 10829293, iniciado el 28 de noviembre
de 2008 solicitó la Regularización de la Habilitación
Urbana del predio de su propiedad inscrito en la Partida
Electrónica Nº 70201759 Sub Parcela Nº 2 de 122,343.64
m2, ubicado en Av. Argentina cuadra 28 Ex Fundo la
Chalaca Provincia Constitucional del Callao;
Que, debe precisarse que la empresa por
MULTIMERCADO ZONALES S.A. adquirió La Sub Parcela
Nº 1 en virtud al aporte por escisión de su anterior
propietaria RANSA COMERCIAL S.A., según se señala en
la Partida Electrónica Nº 70201140, por lo que mediante
Expediente Nº 10015758-A solicitó la regularización de
Estudios Preliminares de Habilitación Urbana y Aprobación
de Proyectos Def‌i nitivos. Sin embargo se desistieron de
dicho trámite mediante expediente Nº 10015758-C.
Que , posteriormente mediante Expediente Nº 10829147
la empresa MULTIMERCADO ZONALES s.f. solicita la
regularización de Habilitación Urbana del predio adquirido
de 103,103.63 m2 denominado Sub Parcela 1 ubicado en
Av. Argentina – La Chalaca – Callao, debidamente inscrito
en la Partida N° 70201140 de la Of‌i cina Nacional de
Registros Públicos de Lima y Callao
Que, al respecto, mediante Acuerdo Nº 023-2008 Sesión
Nº 011-2008 de la Comisión Técnica de Habilitaciones
Urbanas y Subdivisión de Tierras aprobó el proyecto de
Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada aceptando
la redención de aportes reglamentarios, habiéndose
valorizado el terreno de acuerdo al informe técnico de
tasación adjunto al Of‌i cio Nº 748-2009 VIVIENDA-VMCS-
DNC (10-06-09) del Ministerio de Vivienda y Construcción.
Que, la administrada solicita mediante expediente Nº
10829147 D considera cancelados en su totalidad los
derechos y aportes reglamentarios, dado que ya fueron
debidamente cancelados por un área mayor de 225,447.
27 m2 tramitado mediante Expediente Nº 19502335 en el
año 1995 por la empresa RANSA (anterior propietaria),
y que fue solicitado además por dicha empresa en el
expediente Nº 10829293, señalándose que de existir
algún saldo a favor de la administrada, éste sea trasladado
al expediente Nº 10829147 seguido por Multimercados
Zonales S.A.(Minka), por tratarse del mismo predio matriz,
y para lo cual presento copia legalizada de los recibos de
pagos mediante expediente Nº 10829293-D así como del
Convenio Nº 1817 del 17 de Julio de 1995.
Que, por expediente N° 10829147 – F de fecha de
ingreso 06 de Enero 2010 MULTIMERCADOS ZONALES
ha solicitado se apruebe la habilitación urbana de of‌i cio
del terreno de 103, 103.63 m2 denominado Sub Parcela 1
ubicado en Av. Argentina – La Chalaca – Callao debidamente
inscrito en la Partida N° 70201140 de la Of‌i cina Nacional
de Registros Públicos de Lima y Callao, acogiéndose al
Artículo 24 de la Ley N° 29090 – Ley de Habilitaciones
Urbanas y de Edif‌i caciones
Que, el sector donde se desarrolla la actividad del
predio de propiedad de la ahora empresa Multimercados
Zonales S.A. es una zona que se encuentra consolidada,
contando con servicios de alumbrado publico, redes de
servicio eléctrico domiciliario, instalaciones de agua potable
y alcantarillado, por tanto cuenta con todas las obras
necesarias para poder ser habilitada de Of‌i cio..
Que, a pesar de las condiciones técnicas del sector, no
se ha podido conseguir la inscripción regular de habilitación
urbana estando a la imposibilidad jurídica de considerar el
cumplimiento de las obligaciones de la habilitación urbana
realizada por la empresa RANSA S.A., a la empresa
Multimercados Zonales S.A., por lo que actualmente ha
generado un problema técnico para la prosecución del
proceso de habilitación urbana regular, siendo además que
por tal motivo ha generado un problema social, y por tanto
ha limitado la inversión en el mejoramiento de la calidad de
vida de los habitantes de ese sector del Callao, y estando

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