ORDENANZA N° 037-2012-CR-GRH. - Incorporan procedimientos administrativos emitidos por la Dirección Regional de Agricultura al TUPA de la Sede del Gobierno Regional Huánuco

Fecha de disposición23 Enero 2013
Fecha de publicación23 Enero 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 23 de enero de 2013 486699
prestados en exclusividad, de aquellos procedimientos
administrativos que tiene costos, y por último; en aplicación
al D.S. Nº 079-2007-PCM, se elaboro los formatos
correspondientes “Formatos de Sustento Legal y Técnico
de Procedimientos Administrativos contenidos en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos - TUPA”.
Que, considerando que el indicado documento de
gestión cumple con los requisitos que exige las normas y su
formulación además se encuentra dentro de las disposiciones
en los artículos 36º, 37º y 38º de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General; constituyéndose
en instrumento legal que establece el régimen jurídico
aplicable a la protección del interés general, garantizando los
derechos de los administrados, con sujeción al ordenamiento
constitucional; conforme a lo opinado por la Directora de la
Of‌i cina Regional de Asesoría Jurídica, la Sub Gerencia de
Desarrollo Institucional e Informática de la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial del Gobierno Regional Amazonas y dictaminado
precedentemente por la Comisión Ordinaria de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo
Regional, es procedente su aprobación mediante la norma
regional correspondiente.
Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión
Ordinaria de Consejo Regional N° 024, de fecha 19 de
Diciembre de 2012, mediante Acuerdo de Consejo Regional
N° 280, de fecha 20 de Diciembre del año en curso, con el
voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus
facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37°, concordante
con el Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modif‌i catoria N° 27902
Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR el “Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA de la Dirección del
Archivo Regional Amazonas”, el cual consta en Dieciséis
(16) folios más un (01) espiralado, que forma parte
integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- DEROGAR toda disposición que
se oponga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría del
Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas,
la publicación de la presente Ordenanza Regional en el
Diario Of‌i cial El Peruano y disponer su inclusión en el
portal electrónico del Gobierno Regional.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno
Regional de Amazonas, para su promulgación.
En Chachapoyas, a los 21 días del mes de Diciembre
del año dos mil doce.
GORKY JAVE POQUIOMA.
Consejero Delegado
Consejo Regional Amazonas
POR TANTO:
Mando se registre, publíque y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Amazonas, a los 27 días del mes de diciembre de 2012.
JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO
Presidente Gobierno Regional de Amazonas
891426-1
GOBIERNO REGIONAL
DE HUANUCO
Incorporan procedimientos
administrativos emitidos por la
Dirección Regional de Agricultura al
TUPA de la Sede del Gobierno Regional
Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 037-2012-CR-GRH.
Huánuco, 10 de diciembre del 2012
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
HUÁNUCO
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, de
fecha veintiuno del mes de noviembre del dos mil doce,
el Dictamen Nº 20-2012-CPPPATAL/CR-GRH, relacionado
a la solicitud de Incorporación al TUPA de la Sede Central
del Gobierno Regional Huánuco, los Procedimientos
Administrativos de la Dirección Regional de Agricultura
Huánuco, y;
CONSIDERANDO:
modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo
XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680,
establece que los gobiernos regionales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que
los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su
organización interna y su presupuesto;
Que, el Consejo Regional tiene la atribución de
normar asuntos de carácter general, la organización y
administración del Gobierno Regional reglamentando las
materias de su competencia conforme se establece en el
literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, modif‌i cada por la Ley Nº
27902, establece que es atribución del Consejo Regional
la de aprobar, modif‌i car o derogar normas que regulen
o reglamenten los asuntos y materias de competencia y
funciones del Gobierno Regional;
Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, especif‌i ca que
todas la entidades elaboran y aprueban o gestionan
la aprobación, según el caso, del Texto Único de
Procedimientos Administrativos;
Que, en el Artículo 38º, de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales Nº 27867, establece que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y la administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM,
de fecha 08 de Setiembre del 2007, aprueban lineamientos
para la elaboración y aprobación del TUPA y establecen
disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio
Administrativo, la Segunda Disposición Complementaria
Transitoria del Decreto Supremo Nº 079-2009/PCM,
establece que a partir de la entrada en vigencia de la Ley
Nº 29060, los Ministerios deberán publicar la relación de
procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales
Sectoriales; con Decreto Supremo Nº 062-2009/PCM, se
aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos
(TUPA) y establece precisiones para su aplicación,
debiendo ser aplicado obligatoriamente en la siguiente
actualización del TUPA de las entidades públicas;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 499-2009-AG,
que aprueba la relación de procedimientos administrativos
de las funciones específ‌i cas de los literales “e” y “q” del
Artículo 51º de la Ley Nº 27867, se han incorporado
setenta y nueve (69) procedimientos administrativos
a cargo de las Administraciones de Forestal y Fauna
Silvestre; Mediante Resolución Ministerial 811-2009-AG,
aprueba la relación de procedimientos administrativos de
las funciones específ‌i cas de los literales “n” del Artículo
51º de la Ley Nº 27867, se han incorporado diecisiete (17)
funciones a cargo de la Dirección de Comunidades y doce
(12) procedimientos administrativos a cargo de la Dirección
Regional de Agricultura, haciendo un total de noventaiocho
(98) procedimientos administrativos;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 098-2010-CR/
GRH de fecha 08 de julio del 2010, se aprueba el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la
Dirección Regional de Agricultura Huánuco, en aplicación
a lo dispuesto en la Ley Nº 29060 Ley del Silencio
Administrativo y el Decreto Supremo Nº 079-2007/PCM
sobre Lineamientos para la elaboración y aprobación de
TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de
Que, el TUPA constituye una herramienta de gestión
estratégica para impulsar la legalidad del Estado
Moderno, que contempla los procedimientos que requiere
y el Estado tiene la responsabilidad de preverlos, en tal
sentido los Gobiernos Regionales deben adoptarlos los
procedimientos de los diferentes ministerios;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR