GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN ORDENANZA Nº 020-2009-GRSM/CR - Aprueban Reglamento de OrganizaciOn y Funciones - ROF 2009 de la DirecciOn Regional de Transportes y Comunicaciones de San MartIn ORDENANZA Nº 020-2009-GRSM/CR

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 11 de setiembre de 2009
402418
Nacional de Rectores, que aprueba el Reglamento de
Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos profesionales
expedidos por universidades del país; así como la
Resolución 1895-2006-ANR, que modica dicho
Reglamento;
Que, mediante Resolución R. 2291-2006-
UNFV de fecha 11-05-2006, la Universidad Nacional
Federico Villarreal, estableció la tasa que abonarán
los interesados, por concepto de duplicado de diploma
de Grado Académico, Título Profesional, así como de
Segunda Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100
Nuevos Soles), y los incluyó en el nuevo “Registro de
Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta
Universidad, aprobado mediante Resolución R. Nº 4871-
2003-UNFV, de fecha 11-03-2003;
Que, mediante documento recepcionado con fecha
26.05.2009, don JORGE PEDRO JURUPE TORRES,
solicita el Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller
en Psicología, el cual fue otorgado por esta Universidad
el 11.08.1988; y que como ha quedado acreditado con la
denuncia policial de fecha 14.04.2009, se extravió en el
distrito de Independencia de la ciudad de Lima; asimismo,
adjunta entre otros documentos, la publicación de la
pérdida del referido diploma, así como el recibo de pago
de los derechos correspondientes;
Que, mediante Constancia de Inscripción en el
Registro Nacional de Grados y Títulos, expedido por la
Asamblea Nacional de Rectores con fecha 11.05.2009,
se acredita que la Universidad Nacional Federico
Villarreal, con fecha 21.09.1994, expidió el Diploma de
Grado de Bachiller en Psicología, a don JORGE PEDRO
JURUPE TORRES, el cual se encuentra asentado en
el Libro Nº 31, Folio Nº 67 y Registro Nº 26148, que
obra en la Ocina de Registro de Grados y Títulos de la
Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios;
Que, el Jefe de la Ocina de Registro de Grados y
Títulos de la Secretaría General, mediante Ocio Nº 554-
2009-ORGT-SG-UNFV del 27.05.2009, señala que el
requerimiento de don JORGE PEDRO JURUPE TORRES,
cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento
del duplicado de su Diploma de Grado de Bachiller en
Psicología; en consecuencia, es procedente acceder a lo
solicitado;
En mérito a la opinión de la Ocina Central de Asesoría
Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 404-2009-OCAJ-
UNFV, de fecha 10.06.2009; estando a lo dispuesto por el
señor Rector según Proveído Nº 02581-2009-R-UNFV de
fecha 12.06.2009;
El Consejo Universitario en Sesión Ordinaria
Continuada 186 de fecha 03.07.2009, acordó
Autorizar a la Ocina de Registro de Grados y Títulos
de la Secretaría General, la expedición del Duplicado
del Diploma de Grado de Bachiller en Psicología,
de don JORGE PEDRO JURUPE TORRES, de
conformidad con la Ley Nº 28626 y en concordancia
con las Resoluciones Nos. 1525 y 1895-2006-ANR de
la Asamblea Nacional de Rectores; y
De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 23733 -
Ley Universitaria, Ley Nº 28626, el Estatuto y Reglamento
General de la Universidad Nacional Federico Villarreal,
Resolución R. Nº 2443-2006-UNFV del 30-05-2006, y el
inciso d) del Artículo 40º del Reglamento de Organización
y Funciones de la UNFV;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Ocina de
Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General,
la expedición del Duplicado del Diploma de Grado
de Bachiller en Psicología, a don JORGE PEDRO
JURUPE TORRES, el mismo que fuera asentado en el
Libro Nº 31, Folio Nº 67, Registro Nº 26148 y fecha de
expedición 11.08.1988, que obra en la referida Ocina,
de conformidad con la Ley Nº 28626 y en concordancia
con las Resoluciones Nos. 1525 y 1895-2006-ANR de
la Asamblea Nacional de Rectores.
Artículo Segundo.- La Ocina de Trámite
Documentario de la Secretaría General, noticará bajo
cargo al interesado, así como a la Asamblea Nacional
de Rectores, la presente Resolución, para los nes
pertinentes.
Artículo Tercero.- Los Vice Rectores Académico
y Administrativo, el Decano de la Facultad de
Psicología; así como la Oficina de Registro de
Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán
las medidas necesarias para el cumplimiento de la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN
Rector
PATRICIA VELASCO VALDERAS
Secretaria General
395056-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE SAN MARTIN
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones - ROF 2009 de la
Dirección Regional de Transportes y
Comunicaciones de San Martín
ORDENANZA REGIONAL
Nº 020-2009-GRSM/CR
Moyobamba, 11 de junio de 2009
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San
Martín, en Sesión Ordinaria celebrada el 09 de Junio
del 2009, con el voto unánime de los Consejeros
Regionales y en uso de las facultades conferidas por la
–y el Reglamento Interno del Consejo Regional de San
Martín;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales Nº 27867, modicada por las Leyes Nºs. 27902 y
28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales
emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas
de derecho público, con autonomía política, económica
y administrativa en asuntos de su competencia,
constituyendo para su administración económica y
nanciera un Pliego Presupuestal;
Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases
de la Descentralización, establece que la presente
Ley regula la estructura y organización del Estado en
forma democrática, descentralizada y desconcentrada,
correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las
normas que regula la descentralización administrativa,
económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal;
Que, mediante Ocio Nº 414-2009-GR-TC/DR-SM,
de fecha 14 de abril del 2009, la Dirección Regional de
Transportes y Comunicaciones de San Martín, alcanza
proyecto de Reglamento de Organización y Funciones
– ROF 2009, a la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para su
aprobación correspondiente;
Que, mediante Nota Informativa 011-2009-
GRSM/GRPP-AT/SGR, de fecha 22 de abril del 2009,
la Sub Gerencia de Racionalización, da su conformidad
del citado instrumento de gestión, el mismo que

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