GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA ORDENANZA Nº 063-AREQUIPA - Aprueban OrganizaciOn y Funciones del Instituto Regional de Enfermedades NeoplAsicas del Sur IREN-SUR ORDENANZA Nº 063-AREQUIPA

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 6 de noviembre de 2008
382966
encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su
uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 “Ley
General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su
Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-
VIVIENDA;
Que, revisada la base gráfica de propiedades con
la que cuenta esta Superintendencia, se identificó
el terreno de 52 605,05 m², ubicado al Sur Oeste
del Pueblo Joven Las Malvinas sobre la Ladera del
Cerro El Agustino, distrito de Santa Anita, provincia
y departamento de Lima, que se encontraría libre de
inscripción registral;
Que, mediante Oficio 2143-2008-SUNARP-ZR.N°
IX/GPI, del 13 de agosto de 2008, la Zona Registral N°
IX-Sede Lima, nos remite el Informe Técnico N° 6225-
2008-SUNARP-Z.R.N°IXOC, emitido por la Oficina de
Catastro de Lima, indicando que el predio en consulta
se encuentra en zona donde gráficamente no se observa
inscripción, ni antecedente registral relacionado;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 10
de octubre de 2008, se vericó que el citado terreno es
de naturaleza eriaza y de topografía accidentada con
aoramiento rocoso;
Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 establece
que los predios que no se encuentren inscritos en el
Registro de Predios y que no constituyan propiedad
de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y
Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación
compete a la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera
inscripción de dominio a favor del Estado del terreno
de naturaleza eriaza de 52 605,05 m², de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 38º del Reglamento de
la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/
SBN, modicada por la Directiva Nº 003-2004/SBN,
que regulan el trámite de inscripción de la primera de
dominio de predios a favor del Estado;
Que, mediante Resolución 027-2008/SBN de
fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente
a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión
Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley
Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de
Organización y Funciones de la SBN;
Que, los incisos h) y s) del artículo 39° de la Resolución
de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de
septiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de
Organización y Funciones de la Superintendencia de
Bienes Nacionales”, facultan a la Jefatura de Adquisiciones
y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones a
identicar los terrenos eriazos y/o en abandono, con
la nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así
como a emitir en primera instancia las resoluciones de su
competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su
Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-
2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF,
“Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia
N° 315-2001/SBN;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0413-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 15
de octubre de 2008;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 52
605,05 m², ubicado al Sur Oeste del Pueblo Joven Las
Malvinas sobre la Ladera del Cerro El Agustino, distrito
de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, según
el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente
Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por
el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera
inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes
descrito, en el Registro de Predios de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO
Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
273520-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
Aprueban Organización y Funciones
del Instituto Regional de Enfermedades
Neoplásicas del Sur IREN-SUR
ORDENANZA REGIONAL
Nº 063-AREQUIPA
EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, en el proceso de modernización de la estructura
organizacional del Gobierno Regional de Arequipa,
progresivamente en esta gestión, se han venido adoptando
acciones y medidas con el propósito de lograr mejores
niveles de eciencia en el aparato administrativo regional.
Que, en ese objetivo, aprobada la nueva estructura
organizacional del Gobierno Regional (Ordenanza
Regional Nº 010-AREQUIPA), y luego de aprobada la
estructura organizacional de la Gerencia Regional de
Salud (Ordenanza Regional 044-AREQUIPA), se
aprobó la creación del Instituto Regional de Enfermedades
Neoplásicas del Sur (IREN-SUR) como Órgano
Desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud a través
de la Ordenanza Regional Nº 057-AREQUIPA.
Que, el Reglamento de Organización y Funciones es
el documento técnico normativo de gestión institucional
que contiene y formaliza: ((a)) la estructura orgánica de la
Entidad, ((b)) las funciones generales y especícas de los
órganos y unidades orgánicas pertenecientes o adscritas
a la misma, y, ((c)) las relaciones de coordinación y control
entre órganos y unidades orgánicas. Que, de conformidad
con lo regulado en la décimo octava denición del artículo 5
y lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 043-
2006-PCM., se tiene que la estructura organizacional de
los órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional
de Arequipa debe estar orientada y permitir el logro de la
misión, visión y objetivos.
Que, la Gerencia General Regional, la Ocina Regional
de Planeamiento y Presupuesto, y, la Ocina Regional de
Asesoría Jurídica han cumplido con emitir los informes
técnico sustentatorios que exige el Decreto Supremo 043-
2006-PCM; por lo tanto, de conformidad con lo regulado
modicada por las Leyes 27902, 28961, 28968, 29053, y,
el marco legislativo regional constituido por la Ordenanza
Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA y la Ordenanza
Regional 010-AREQUIPA;
SE ORDENA:
Artículo 1º.- Organización y Funciones (ROF) IREN-
SUR
APROBAR la Organización y Funciones del Instituto
Regional de Enfermedades Neoplásicas del Sur (IREN-
SUR), instrumento de gestión que consta de (VII) Títulos,
(41) artículos y (04) disposiciones complementarias y
transitorias.
Artículo 2º.- Estructura Orgánica
APROBAR la Estructura Orgánica del Instituto Regional
de Enfermedades Neoplásicas del Sur (IREN-SUR), como
órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud,
de acuerdo al siguiente detalle:
01. Órgano de Dirección
Gerencia del IREN-SUR
02. Órgano Consultivo
Comisión Técnica Consultiva
03. Órganos de Asesoramiento

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