GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA ORDENANZA Nº 021-AREQUIPA - Modifican el Reglamento de OrganizaciOn y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa y autorizan modificaciOn del ROF de Ceticos - Matarani ORDENANZA Nº 021-AREQUIPA

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 30 de setiembre de 2007
354506
h) Las personas jurídicas y naturales que se inscriban
para asistir a las Audiencias Públicas.
Artículo 9°.- Convocatoria
La convocatoria se realizará mediante un aviso
en el diario encargado de los avisos judiciales de la
jurisdicción con una anticipación de treinta (30) días a
la realización de la Audiencia Pública y deberá contener
lo siguiente:
- Fecha, hora y lugar donde se desarrollará.
- Agenda a tratar.
- Fecha, hora y lugar donde se podrá realizar la
inscripción de los participantes.
Artículo 10°.- Plazo de inscripción de los
participantes
El plazo para inscribirse como participante, será hasta
el mismo día de la realización de la Audiencia Pública.
Artículo 11°.- Resumen Ejecutivo de Rendición de
Cuentas
El Presidente Regional presentará un Resumen
Ejecutivo de Rendición de Cuentas a la Audiencia
Pública tratando los temas de la agenda, el mismo que
será distribuido con quince (15) días de anticipación a
la fecha de realización de la Audiencia Pública a las
siguientes instituciones: Mesa de Concertación de Lucha
contra la Pobreza, Defensoría del Pueblo, Ministerio
Público, Secretaría del Consejo Regional, Secretaría
Técnica del Consejo de Coordinación Regional y
organizaciones de la sociedad civil, publicándose un
resumen del mismo en la página web del Gobierno
Regional.
Artículo 12°.- De la conducción de la Audiencia
Pública
El Presidente Regional conducirá la Audiencia Pública,
pudiendo delegar dicha función al Vice-Presidente
Regional.
Artículo 13°.- Estadios de la Audiencia Pública de
Rendición de Cuentas
Los estadios de las Audiencias Públicas serán los
siguientes:
a) Instalación de la Mesa Directiva conformada
por el Presidente Regional, Presidente del Consejo
Regional, Vice-Presidente Regional y Gerente General
Regional.
b) Rendición de cuentas del Presidente Regional
sobre los avances, logros, dicultades y perspectivas de
su gestión del Gobierno Regional, donde abarcará los
temas de la agenda.
c) Participación de los asistentes en forma oral o
escrita de acuerdo a las normas establecidas.
d) Respuestas del Presidente Regional y/o
funcionario(s) regionale(s) que éste designe.
e) Resumen nal de la Audiencia Pública.
Artículo 14°.- Uso de la palabra
Los participantes que deseen hacer uso de la palabra
para opinar únicamente sobre los temas de la agenda
durante al Audiencia Pública, deben solicitarla levantando
la mano, una vez culminada las exposiciones que se
realicen al respecto, según el rol de oradores que se
hayan inscrito, será uno por institución.
Cada participación según el rol de oradores tendrá un
tiempo de dos (2) minutos, y un (1) minuto adicional, si es
otorgado por el conductor de la Audiencia.
Los participantes que no se hayan inscrito y deseen
participar durante el evento podrán hacerlo por escrito y si
desean hacer el uso de la palabra, deberán previamente
inscribirse en el acto.
Artículo 15°.- Resumen de la Audiencia Pública
Culminadas las intervenciones de los oradores y de
los funcionarios que intervengan, el Presidente Regional
realizará un resumen de la realización de la Audiencia
Pública, con lo que culminará el evento.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- Los aspectos no considerados en el presente
Reglamento, serán resueltos por la Presidencia Regional.
114828-1
Modifican el Reglamento de Organización
y Funciones del Gobierno Regional
Arequipa y autorizan modificación del
ROF de Ceticos - Matarani
ORDENANZA REGIONAL
N° 021-AREQUIPA
EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO :
Que, el Centro de Exportación, Transformación,
Industria, Comercialización y Servicios / CETICOS
MATARANI conforme lo dispuesto en la Ley 29014 ha sido
adscrito al Gobierno Regional de Arequipa.
Que, en este contexto normativo, deviene en
necesario que la estructura organizativa de CETICOS
– MATARANI se integre, sistematice y complemente
en la estructura orgánica del Gobierno Regional de
Arequipa.
Que, vericado el Dictamen de Comisión a nivel del
Consejo Regional y, a nivel del Ejecutivo: el Informe
Técnico Sustentatorio expedido por la Ocina Regional de
Planeamiento y Presupuesto y el Informe de la Gerencia
General Regional, entonces, en mérito a los dispuesto en
el Decreto Supremo Nro. 043-2006-PCM, la Ley 27658, la
Ley 29035, y, de conformidad con las atribuciones de la
Ley 27867 / Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales,
modicada por la Ley 27902.
SE ORDENA:
Artículo Primero: MODIFICAR el artículo 92 del
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del
Gobierno Regional de Arequipa, aprobado a través de
la Ordenanza Regional Nro. 010-AREQUIPA, en los
términos siguientes:
“Los Proyectos Especiales Regionales y CETICOS-
MATARANI son Organismos Desconcentrados,
dependientes de la Presidencia Regional, se rigen en lo
que corresponde tanto por lo dispuesto en el presente
reglamento, como por sus respectivas normas de
creación, reglamentos y demás dispositivos que norman
su funcionamiento los cuales deben ser coherentes con
las atribuciones y nalidades constitucionales y orgánicas
del Gobierno Regional. Tienen autonomía económica
y administrativa y se nancian con recursos del tesoro
público, recursos directamente recaudados y/o de
cooperación internacional, según corresponda:
a) La organización estructural, dependencia
jerárquica, funciones y competencias de los Organismos
Desconcentrados, se establecen de acuerdo a los
dispositivos legales de creación y disposiciones
complementarias materia del asunto siempre que
sean coherentes con las atribuciones y nalidades
constitucionales y orgánicas del Gobierno Regional.
b) Los Organismos Desconcentrados presentarán
sus planes operativos, programas de inversión y otros
documentos de gestión institucional a la Presidencia
Regional para su aprobación.
c) Los Organismos Desconcentrados informarán
periódicamente a la Presidencia Regional, respecto de los
avances en la ejecución de sus planes y presupuestos.
d) Los Organismos Desconcentrados informarán
de los resultados obtenidos al cierre del ejerció anual,
presentando la memoria respectiva para su aprobación.

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