GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS ORDENANZA Nº 336-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR - Aprueban el Cuadro para AsignaciOn de Personal - CAP modificado de la DirecciOn Regional de Salud Amazonas ORDENANZA Nº 336-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2013
El Peruano
Miércoles 11 de diciembre de 2013
509014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES (a.i.)
VISTA:
La invitación cursada por la Asociación de Supervisores
Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia
de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones (SBS), con el n de participar en la I Reunión
del Grupo de Trabajo de Sistemas de Alerta Temprana,
que se llevará a cabo los días 12 y 13 de diciembre de
2013, en la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de
América;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es
miembro de la Asociación de Supervisores Bancarios de
las Américas (ASBA), su participación en las actividades
de la citada Asociación le brindará la oportunidad de
tomar conocimiento y contribuir con la adopción de
acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar
la regulación y la supervisión del sistema nanciero en la
región;
Que, la I Reunión del Grupo de Trabajo de Sistemas de
Alerta Temprana se llevará a cabo en el marco del proyecto
“Fortalecimiento de la Supervisión Bancaria para Mejorar
el Acceso a Servicios Financieros en las Américas”, siendo
sus objetivos analizar los hallazgos del levantamiento
de información realizado por el consultor encargado de
este trabajo y acordar la estructura preliminar del reporte
nal. Asimismo, los representantes del Grupo de Trabajo
deberán aportar a la discusión para que el documento a
ser emitido sea de utilidad práctica para la región;
Que, en tanto los temas que se desarrollarán en la
citada reunión de trabajo, redundarán en benecio del
ejercicio de las funciones de su competencia, se ha
considerado conveniente designar a la señora Sandra
Patricia Aguilar Saldívar, Jefe de Supervisión y Proyectos
del Departamento de Supervisión Bancaria C de la
Superintendencia Adjunta de Banca y Micronanzas,
para que participe en la citada reunión en su calidad de
miembro del Grupo de Trabajo de Sistemas de Alerta
Temprana;
Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones,
mediante Directiva N° SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado
una serie de Medidas Complementarias de Austeridad
en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el
Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de
los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la
representación sobre temas vinculados con negociaciones
bilaterales, multilaterales, foros o misiones ociales que
comprometan la presencia de sus trabajadores, así como
para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la
Superintendencia, como el presente caso;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje
de la citada funcionaria para participar en el indicado
evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y
viáticos, serán cubiertos por esta Superintendencia con
cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013;
y,
En uso de las facultades que le conere la Ley
N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 7061-2013,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en
virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de
Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013 N° SBS-DIR-
ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto
Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N°
056-2013-PCM;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora
Sandra Patricia Aguilar Saldívar, Jefe de Supervisión y
Proyectos del Departamento de Supervisión Bancaria C
de la Superintendencia Adjunta de Banca y Micronanzas
de la SBS, del 11 al 15 de diciembre de 2013 a la ciudad
de Miami, Florida, Estados Unidos de América, para los
nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberá presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización por conceptos
de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por
esta Superintendencia con cargo al Presupuesto
correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente
detalle:
Pasajes aéreos US$ 901,01
Viáticos US$ 1 320,00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la
funcionaria cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones (a.i.)
1025610-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AMAZONAS
Aprueban el Cuadro para Asignación
de Personal - CAP modificado de
la Dirección Regional de Salud
Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 336
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
AMAZONAS
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Amazonas, de conformidad con lo previsto en la
Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Título
IV, sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases
de la Descentralización – Ley Nº 27783, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y su modicatoria,
Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modicada
por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del
Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley
Nº 28607, en su artículo 191° establece que los Gobiernos
Regionales tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia; y en
su artículo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos
Regionales son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son Personas Jurídicas de Derecho Público con
Autonomía Política, Económica y Administrativa, teniendo
por Misión Organizar y Conducir la Gestión Pública
Regional de acuerdo a sus Competencias Exclusivas,
Compartidas y Delegadas en el Marco de las Políticas
Nacionales y Sectoriales, para contribuir al Desarrollo
Integral y Sostenible de la Región, conforme lo expresan

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