RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4065-2011-MTC/15 - Autorizan a GHR Motor´s S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV ubicado en el departamento de Ica

Fecha de disposición20 Noviembre 2011
Fecha de publicación20 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 20 de noviembre de 2011 453601
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o contratación de nueva póliza 29 de Abril del 2012
Segunda renovación o contratación de nueva póliza 29 de Abril del 2013
Tercera renovación o contratación de nueva póliza 29 de Abril del 2014
Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 29 de Abril del 2015
Quinta renovación o contratación de nueva póliza 29 de Abril del 2016
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva
póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad
de la autorización.
Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderías
(SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral
para las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano. El costo de la publicación de
la presente Resolución Directoral será asumido por la
empresa recurrente.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS ARANCEL DÍAZ
Director General
Dirección General de Transporte Terrestre
713639-1
Autorizan a GHR Motor´s S.A.C.
como Taller de Conversión a Gas
Natural Vehicular - GNV ubicado en el
departamento de Ica
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 4065-2011-MTC/15
Lima, 26 de octubre de 2011
VISTOS:
Los expedientes Nº 2011-0013792 y Nº 2011-0015626
de fecha 07 de Setiembre del 2011 y 11 de Octubre del
2011 respectivamente, presentados por la empresa GHR
MOTOR’S S.A.C, mediante el cual solicita autorización
como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular– GNV;
en el local ubicado en el Sub-Lote 7 de la Parcela N° 238
del Predio Santa Teresa Subtanjalla distrito de Subtanjalla,
provincia y departamento de Ica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por
Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15-modif‌i cada
por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15
y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto
Supremo conforme Artículo 2 del Decreto Supremo
N° 016-2008 MTC, sobre “Régimen de autorización
y funcionamiento de las Entidades Certif‌i cadoras de
Conversiones y Talleres de Conversión a GNV” en
adelante La Directiva, establece el procedimiento y
requisitos que deben presentar las personas jurídicas
para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas
Natural Vehicular;
Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva,
el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el
establecimiento autorizado por la Dirección General
de Transporte Terrestre para realizar la conversión del
sistema de combustión de los vehículos originalmente
diseñados para la combustión de gasolina, al sistema
de combustión de GNV mediante la incorporación
de un kit de conversión o el cambio de motor, para
cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado,
instalaciones, equipos y herramientas para la
instalación, mantenimiento y reparación de los equipos
de conversión, del motor dedicado instalado y del
vehículo convertido en general;
Que, de acuerdo al Informe Nº 482-2011-MTC/15.03.Tall.
heag, elaborado por el abogado informante de la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación
presentada con los expedientes señalados en vistos, cumple
con lo establecido en el numeral 6.2 de La Directiva Nº 001-
2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo
autorizando a la empresa GHR MOTOR’S S.A.C, como Taller
de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para realizar
la conversión del sistema de combustión de los vehículos
originalmente diseñados para la combustión de gasolina
diesel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la
incorporación de un kit de conversión;
De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo
Nº 058-2003-MTC y sus modif‌i catorias; y la Directiva Nº
001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización
y Funcionamiento de las Entidades Certif‌i cadoras de
Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”,
aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-
MTC/15 y modif‌i cada por las Resoluciones Directorales
Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado
al rango de Decreto Supremo conforme Artículo 2 del
Decreto Supremo N° 016-2008 MTC.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la empresa GHR MOTOR’S
S.A.C, como Taller de Conversión a Gas Natural
Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión
correspondiente, en el local ubicado en el Sub-Lote 7 de
la Parcela N° 238 del Predio Santa Teresa Subtanjalla
Distrito de Subtanjalla, Provincia y Departamento de Ica
por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día
siguiente de la publicación de la presente Resolución
Directoral en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 2º.- La empresa GHR MOTOR’S S.A.C bajo
responsabilidad, debe presentar a la Dirección General
de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones el correspondiente “Certif‌i cado de
Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad
Certif‌i cadora de Conversiones antes del vencimiento de
los plazos que a continuación se señalan:
ACTO Fecha máxima de
Presentación
Primera Inspección anual del taller 15 de Julio del 2012
Segunda Inspección anual del taller 15 de Julio del 2013
Tercera Inspección anual del taller 15 de Julio del 2014
Cuarta Inspección anual del taller 15 de Julio del 2015
Quinta Inspección anual del taller 15 de Julio del 2016
En caso que la empresa autorizada no presente el
correspondiente “Certif‌i cado de Inspección del Taller”
vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad
de la autorización.
Artículo 3º.- La empresa GHR MOTOR´S SAC bajo
responsabilidad, debe presentar a la Dirección General
de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de
responsabilidad civil extracontractual contratada antes del
vencimiento de los plazos que a continuación se señalan:
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o contratación de nueva póliza 12 de Julio del 2012
Segunda renovación o contratación de nueva póliza 12 de Julio del 2013
Tercera renovación o contratación de nueva póliza 12 de Julio del 2014
Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 12 de Julio del 2015
Quinta renovación o contratación de nueva póliza 12 de Julio del 2016
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva
póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad
de la autorización.
Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderías

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