Gerentes no irán a la cárcel aun si existe daño al medio ambiente

La sala Penal de la Corte Suprema determinó que no existe responsabilidad penal por delito ambiental de una empresa solo por ser gerente general, representante, director o tener un cargo de control (Cas No 455-2017-Pasco).

El fallo declaró fundada la impugnación de un gerente general y un gerente de Operaciones denunciados por el Ministerio Público como presuntos autores del delito de contaminación ambiental, y ordenó su archivo.

El caso

El Ministerio Público denunció a una empresa por contaminación ambiental debido a que en el desarrollo de las operaciones mineras de una de sus unidades, sus efluentes minero - metalúrgico fueron descargados en un río de la zona.

En la acusación, respecto del gerente general detalló en la denuncia que era responsable por: "Tener un deber jurídicamente relevante de impedir la producción de sucesos contaminantes, sin adoptar medidas gerenciales para evitarlo".

En el caso del gerente de Operaciones de la compañía minera, transgredió el deber de garante de la protección del ambiente, durante la dirección...

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