ORDENANZA Nº 003 - Crean la Gerencia Regional de Salud

Fecha de disposición17 Febrero 2009
Fecha de publicación17 Febrero 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 17 de febrero de 2009 391083
a efectos de determinar si hubo responsabilidad de parte
de los servidores o funcionarios de esta Entidad, que haya
generado el estado de desabastecimiento inminente del
servicio de seguridad y protección de esta Casa Superior de
Estudios, en conformidad a los dispuesto en el tercer párrafo
del Artículo 141° del D.S. N°084-2004-PCM, Reglamento de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asimismo
derivar al órgano de Control Institucional los actuados en la
referida investigación así como los de la presente exoneración
del Proceso de Selección;
Artículo Sexto.- El Vice Rectorado Administrativo, así
como la Of‌i cina Central de Logística y Servicios Auxiliares,
dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de
la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN
Rector
313486-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DEL CALLAO
Crean la Gerencia Regional de Salud
ORDENANZA REGIONAL N° 003
Callao, 5 de febrero de 2009
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO
REGIONAL DEL CALLAO:
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Callao en Sesión de cinco de
febrero de 2009,
CONSIDERANDO:
Que, el inciso a) del artículo 9º de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, establece como una competencia
constitucional de los Gobiernos Regionales aprobar su
organización interna; asimismo el inciso a) del artículo
15º de la Ley acotada, señala que una de las atribuciones
del Consejo Regional es, aprobar, modif‌i car o derogar las
normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias
de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, la Duodécima Disposición Transitoria,
Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, establece que, “Las Gerencias
Regionales son responsables de las políticas regionales que
tienen asignadas para su gestión integrada en el ámbito de
su jurisdicción, con arreglo a los artículos , 45º y 46º de la
órganos sectoriales que determine cada gobierno regional.
Las Direcciones Regionales Sectoriales son órganos
dependientes de las Gerencias Regionales correspondientes.
Tienen a su cargo las funciones específ‌i cas de un sector en el
ámbito del gobierno regional…”;
Que, con Memorando Nº 045-2009-GRC/ORAT, la
Of‌i cina Regional de Asesoría Técnica, hace de conocimiento
de la Gerencia General Regional que mediante Resolución
Ministerial Nº 003-2009/MINSA publicada en el Diario Of‌i cial
El Peruano el 10 de enero de 2009 se dió por culminada la
transferencia de las funciones sectoriales del Sector Salud
y sus recursos asociados al Gobierno Regional del Callao,
sugiriendo la creación de la Gerencia Regional de Salud
y la adecuación de la Dirección de Salud I Callao – DISA
I Callao transferida a Dirección Regional de Salud del
Callao – DIRESA Callao, en consideración a que una de las
prioridades para la gestión regional constituye el componente
de salud, situación que en el marco de la organización y
estructura funcional del Gobierno Regional del Callao debe
ser conducido por una instancia altamente especializada,
que lidere la solución de los principales problemas de salud
en la Provincia Constitucional del Callao;
Que, mediante Memorando Nº 214-2009-GRC/GRPPAT
que adjunta el Informe Nº 010-2009-GRC/GRPPAT-
ORE-CMN de la Of‌i cina de Racionalización y Estadística,
Informe Nº 237-2009-GRC/GRPPATA-OPT de la Of‌i cina de
Presupuesto y Tributación, ambos de la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, sostiene que con el propósito de crear la Gerencia
Regional de Salud y adecuar la Dirección General de Salud
I Callao - DISA I Callao como Dirección Regional de Salud
del Callao – DIRESA - Callao, e incorporar a ambas dentro
de la estructura orgánica del Gobierno Regional del Callao,
la Of‌i cina de Racionalización y Estadística ha elaborado la
propuesta de modif‌i cación del Reglamento de Organización
y Funciones y la Estructura Orgánica del Gobierno
Regional del Callao, propuesta que no generaría incidencia
presupuestal alguna al Gobierno regional del Callao;
Que, mediante Informe Nº 159-2009-GRC/GAJ, de la
Gerencia de Asesoría Jurídica emite la opinión favorable
respecto de la propuesta de modif‌i cación del Reglamento
de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del
Gobierno Regional del Callao, en los términos planteados
por la Of‌i cina de Racionalización y Estadística;
Estando a lo expuesto y de conformidad a lo
establecido en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, ha aprobado la siguiente
ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA
GERENCIA REGIONAL DE SALUD EN EL
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Artículo 1º.- Crear en la estructura orgánica del Gobierno
Regional del Callao la Gerencia Regional de Salud.
Artículo 2º.- Adecuar la nomenclatura de la Dirección
de Salud I Callao – DISA I Callao transferida al Gobierno
Regional del Callao, a Dirección Regional de Salud del
Callao – DIRESA Callao, como órgano desconcentrado
que dependerá de la Gerencia Regional de Salud.
Artículo 3º.- Modif‌i car el índice y los artículos 14,
96, 98, 99, 102, 103, 104 y 124 del Reglamento de
Organización y Funciones del Gobierno Regional del
Callao, modif‌i cado a su vez por las Ordenanzas Nº 008,
012 y 013 del 5 de mayo, 4 de agosto y 29 de agosto de
2008 respectivamente, en los siguientes términos:
“ÍNDICE
TÍTULO V
CAPÍTULO OCTAVO
DE LOS ÓRGANOS DE LINEA
….
De la Gerencia Regional de la Juventud
De la Gerencia Regional de Salud.”
“Artículo 14º.- Para el cumplimiento de sus funciones,
el Gobierno Regional del Callao cuenta con la Estructura
Orgánica siguiente:
….
08.6 Gerencia Regional de la Juventud
08.7 Gerencia Regional de Salud.”
“Artículo 96°.- Le corresponde ejercer las funciones
específ‌i cas regionales de educación, cultura, ciencia
y tecnología, recreación, deportes, vivienda, trabajo,
promoción del empleo, pequeña y micro empresa, población,
saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades.
Fortalece y fomenta la participación juvenil en los distintos
espacios políticos y Sociales, en coordinación con la
Gerencia Regional de la Juventud. Participa en las sesiones
de Gerentes Regionales. Emite Resoluciones de Gerencia
Regional en los asuntos de su competencia.”
“Artículo 98º.- Son funciones de la Gerencia Regional
de Desarrollo Social:
1. Formular, ejecutar y administrar las políticas regionales
en materia de: educación, vivienda y saneamiento, trabajo
y promoción del empleo, de desarrollo e igualdad de
oportunidades, población, seguridad ciudadana, participación
ciudadana y reordenamiento territorial, acorde a la política
general de gobierno, los planes sectoriales y los programas
correspondientes de los Gobiernos Locales.”
“Artículo 99º.- Para cumplir con sus funciones, la
Gerencia Regional de Desarrollo Social se organiza en:
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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