1007 103-2005-MML-DMDU - Ratifican la Resolución de Gerencia Municipal Nº 1560/04-MDL, emitida por la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica

Fecha de publicación27 Octubre 2005
Fecha de disposición27 Octubre 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 27 de octubre de 2005
CONSIDERANDO
Que, con Resolución Nº 081-93-MLM/SMDU-DMDU de
fecha 10 de mayo de 1993 (fs. 03), emitida por esta
Corporación, se Declara cumplida por HAAKER
VELAOCHAGA S.A. CONTRATISTAS GENERALES de
conformidad con el plano signado con el Nº 054-93-MLM/
DGO-DHU (fs. 97) la ejecución de las Obras de Habilitación
Urbana del terreno de 229,500.00 m² para Uso Residencial
“R-4”, Comercio Vecinal “C-2”, Equipamiento Educativo “E-
1” y de Salud “H-2”, constituido por el lote Nº 2 del fundo
“Zavala”, potrero “La Cruz” Nº 1 y Nº 2 y “Los Mellizos”,
ubicado en el distrito de Ate (hoy Santa Anita), provincia y
departamento de Lima, denominado Urbanización “La
Alameda de Ate” 2da. Etapa 1er. y 2do. Sector.
Que, la Resolución mencionada en el 1er considerando,
señala además que las manzanas “A”, “C”, “Q” y “R”
contienen áreas de reserva que constituyen servidumbres
provisionales de media tensión, las mismas que se deben
mantener en esta condición mientras las líneas de cables
no se reubiquen o supriman y entonces estas áreas pasaran
a incrementarse a los lotes correspondientes o se
complementaran con otras áreas de compensación para
conformar lotes regulares.
Que, en la Memoria Descriptiva presentada por el
Administrado (fs. 18) y el Informe Nº 107-JRC-DCHU-DDU-
MDSA de fecha 11 de julio de 2003 (fs. 21), emitido por la
Municipalidad Distrital de Santa Anita se señala que se ha
modificado el trazo de la línea de transmisión eléctrica
alejándolas de la manzana “C”, “Q” y “R” a una distancia
superior a la mínima exigida por el Código Nacional Eléctrico
por lo que los terrenos calificados como servidumbre ya
no cumplen tal función.
Que, la Municipalidad Distrital de Santa Anita con el
Codificado materia de atención solicita la ratificación de la
Resolución de Alcaldía Nº 0241-2004-ALC/MDSA de fecha
6 de mayo de 2004 (fs. 109), la cual Resuelve aprobar el
trámite de Regularización de la Recepción de Obras de la
Habilitación Urbana de la Manzana “C” Lote 27, Manzana
“Q” Lote 8A y la Manzana “R” Lote 18, sin cambio de uso,
del terreno constituido por el Lote Nº 02 del Fundo Zavala,
Potrero “La Cruz” Nº 01, Nº 02 y “Los Mellizos” del terreno
de 229,500.00 m², calificado con el uso Residencial de
Densidad Media “R-4”, ubicado en la Urbanización
“Alameda de Ate”, distrito de Santa Anita, de conformidad
con el Plano de Replanteo signado con el Nº 003-2004-
SGCDT-GODU-MDSA (fs. 95 y 96) quedando pendiente la
ejecución de las obras de pavimentación de veredas,
martillos, sardineles y rampas para discapacitados frente
a los nuevos lotes los que deberán ser asumidas por los
futuros adquirientes de los lotes en el plazo de un año.
Que, con Informe Nº 078-2004-MML-DMDU-DHU-DCO
de fecha 24 de junio de 2004 (fs. 119), la División de Control
de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas señala
que la documentación técnica presentada es suficiente para
acreditar la condición de habilitado de los Lotes 27, 8A y
18 de las Manzanas “C”, “Q” y “R” respectivamente, materia
de regularización, no afectando Plan Urbano alguno, por lo
que se considera, se proceda a la Ratificación solicitada.
Que, con Informe Nº301-2004-MML-DMDU-DHU-AL de
fecha 14 de julio de 2004 (fs. 121), emitido por el Área Legal
de la Dirección de Habilitaciones Urbanas opina que, siendo
facultad de esta Corporación el revisar las resoluciones de
las Municipalidades Distritales que aprueban la Recepción
de Obras y que del presente codificado consta que cumple
con los Planes Urbanos, debe procederse a resolver el
presente trámite, ratificando la Resolución de Alcaldía
Nº 0241-2004-ALC/MDSA.
Que, mediante Informe Nº 288-2005-MML-DMDU-DHU-AL
de fecha 4 de julio de 2005 (fs. 126 y 127), el Área Legal de la
Dirección de Habilitaciones Urbanas, opinó que el día 26 de
mayo del presente año, en el Diario Oficial El Peruano se publicó
la Ordenanza Nº 776 emitida por la Municipalidad de Lima,
precisando que esta Corporación es la entidad competente para
aprobar y normar los distintos Procesos de Habilitación Urbana,
estableciéndose en su Artículo Segundo la no aplicabilidad para
los procesos de habilitación urbana que se desarrollen en la
provincia de Lima, del Texto Único Ordenado del Reglamento
de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto Supremo
Nº 010-2005-VIVIENDA, quedando en plena vigencia las
Ordenanzas Municipales Nºs. 292 y 375 expedidas por la
Municipalidad Metropolitana de Lima; en consecuencia al
haberse determinado la competencia de esta Corporación y al
establecerse técnicamente el cumplimiento de los Planes
Urbanos respecto a la Zonificación, Vías y a Aportes que se
encuentra afecto el terreno materia del presente trámite,
corresponde en arreglo a las facultades dispuestas en la Ley
General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y Ordenanza
Nº 776, resolver el presente procedimiento Ratificando la
Resolución de Alcaldía Nº 0241-2004-ALC/MDSA de fecha 6
de mayo de 2004, emitida por la Municipalidad Distrital de Santa
Anita; así como también que al amparo de la Resolución de
Alcaldía Nº 1816 de fecha 21 de junio de 2005, la Dirección
Municipal de Desarrollo Urbano esta facultada para emitir la
presente Resolución.
Con el visto bueno de la División de Control de Obra,
de la Dirección de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad
Técnico Legal; y,
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27972,
Nº 27444, Nº 26878, Ordenanzas Metropolitanas Nº 292, Nº 341,
Nº 273, Nº 776-MML, Reglamento Nacional de Construcciones,
Edicto Metropolitano Nº 021 y Resolución de Alcaldía Nº 1816.
RESUELVE:
Artículo Primero.- RATIFICAR, la Resolución de
Alcaldía Nº 0241-2004-ALC/MDSA de fecha 6 de mayo de
2004, la cual Resuelve aprobar el tramite de Regularización
de la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana de la
Manzana “C” Lote 27, Manzana “Q” Lote 8A y la Manzana
“R” Lote 18, sin cambio de uso, del terreno constituido por
el Lote Nº 02 del Fundo Zavala, Potrero “La Cruz” Nº 01,
Nº 02 y “Los Mellizos” del terreno de 229,500.00 m²,
calificado con el uso Residencial de Densidad Media “R-
4”, ubicado en la Urbanización “Alameda de Ate”, distrito
de Santa Anita, al cumplir con los Planes Urbanos.
Artículo Segundo.- NOTIFIQUESE, la presente
resolución a HAAKER VELAOCHAGA S.A. CONTRA-
TISTAS GENERALES y a la Municipalidad Distrital de Santa
Anita, conforme a Ley.
Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución
a la Oficina Registral de Lima y a la División Técnica de la
Dirección de Tierras Eriazas de la Dirección Municipal de
Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolución en
el Diario Oficial El Peruano a cargo del interesado dentro de
los 30 días siguientes de la fecha de notificación de la misma.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GISELLE ZEGARRA FLORES
Directora Municipal
Dirección Municipal de
Desarrollo Urbano
18086
Ratifican la Resolución de Gerencia
Municipal 1560/04-MDL, emitida
por la Municipalidad Distrital de
Lurigancho - Chosica
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 103-2005-MML-DMDU
Lima, 15 de agosto de 2005
LA DIRECCIÓN MUNICIPAL
DE DESARROLLO URBANO
VISTO, el Codificado Nº 6209-2005, mediante el cual la
Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, solicita la
Ratificación de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 1560/
04-MDL emitida el 6 de diciembre de 2004, promovida por la
COOPERATIVA 14 DE FEBRERO SAGITARIO LTDA.; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal
Nº 1560/04-MDL de fecha 6 de diciembre de 2004, emitida
por la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica (fs.
86 al 88), se resuelve Aprobar el Proyecto de Habilitación
Urbana Ejecutada de conformidad con los Planos signados
con el Nº 14-2004-HU-SGTT-GODU-MDLCH, para Uso
Residencial de Densidad Media “ R-4 ”, desarrollado sobre
el terreno de 13,675.20 m², constituido por el sublote 28A,
del Fundo Huachipa Parcela Media, distrito de Lurigancho,
provincia y departamento de Lima;

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