Crean la Gerencia de Informática del Jurado Nacional de Elecciones

Fecha de publicación01 Septiembre 2000
Fecha de disposición01 Septiembre 2000
Pág. 192383
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 1 de setiembre de 2000
Crean la Gerencia de Informática del
Jurado Nacional de Elecciones
RESOLUCION Nº 1216-2000-JNE
Lima, 31 de agosto de 2000
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 332-1-95-JNE del 21 de julio de 1995
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del
Jurado Nacional de Elecciones;
Que, de conformidad con lo establecido por la Constitución
Política en su Artículo 178º, numeral 1), es competencia de este
supremo tribunal electoral, fiscalizar la legalidad del ejercicio del
sufragio y de la realización de los procesos electorales, de referén-
dum y de otras consultas populares, así como también la elabora-
ción de los padrones electorales; asimismo, la Ley Orgánica del
Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, recoge dicha disposición
en su Artículo 5º, literales b), c) y d), la Ley Orgánica de Elecciones
Nº 26859, hace lo propio en su Artículo 33º y, la Ley Nº 26533, en
su Artículo 3º;
Que, lo antes enunciado determina que la fiscalización referi-
da es una función inherente al Pleno del máximo organismo
electoral, que no puede ser atribuida a una unidad orgánica, tal
como aparece en el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF); por lo que es necesario actualizar la estructura orgánica de
la entidad, acondicionándola a los reales requerimientos para el
adecuado desarrollo de las funciones que la Constitución Política
y las leyes señalan a este organismo electoral;
Que, la actualización antes mencionada importa modificar
algunos artículos del citado reglamento, en lo que respecta a la
fiscalización e informática, regulados en el Capítulo XIII, Artícu-
los 34º y 35º, sobre la Gerencia de Fiscalización de Asuntos
Electorales e Informática;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Suprimir de la estructura orgánica del
Jurado Nacional de Elecciones, a la Gerencia de Fiscalización de
Asuntos Electorales e Informática.
Artículo Segundo.- Crear la Gerencia de Informática del
Jurado Nacional de Elecciones.
Artículo Tercero.- Disponer la actualización del Reglamen-
to de Organización y Funciones (ROF) del Jurado Nacional de
Elecciones aprobado por Resolución Nº 332-1-95-JNE, incorpo-
rando en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), como
funciones asignadas a la Gerencia de Informática, lo siguiente:
CAPITULO XIII
DE LA GERENCIA DE INFORMATICA
Artículo 34º.- La Gerencia de Informática es una unidad
orgánica que depende del Pleno del Jurado Nacional de Eleccio-
nes. Está a cargo de un funcionario de confianza, con nivel de
Gerente, encargado del área de la mecanización de la información.
Artículo 35º.- Son funciones de la Gerencia de Informática
las siguientes:
a. Proponer, ejecutar y evaluar los planes y programas de
Informatización, y emitir y elevar los informes correspondientes.
b. Proponer, ejecutar y evaluar los planes y programas
sobre informatización de los procesos electorales, del refe-
réndum y otras consultas, y emitir y elevar los informes
correspondientes, así como establecer las bases para su ejecu-
ción por terceros.
c. Proponer, ejecutar y evaluar los planes y programas infor-
máticos con relación a la elaboración de los padrones electorales.
d. Determinar la necesidad y requerimientos del sistema de
informática, en base a la política institucional establecida.
e. Dirigir, coordinar y supervisar la implementación del siste-
ma de informática, bajo el esquema de estandarizar programas,
métodos de procesos y códigos del sistema de informática de la
institución.
f. Asesorar y orientar la utilización de los SOFTWARE me-
diante capacitación en las instalaciones de los programas y revi-
siones periódicas en el tiempo.
g. Promover y ejecutar los planes de capacitación en informá-
tica.
h. Velar por el funcionamiento y mantenimiento de los siste-
mas implementados, así como atender los requerimientos de los
diferentes órganos del Jurado.
i. Controlar el soporte técnico de los equipos de la institución.
j. Promover la investigación con aplicación de tecnologías
avanzadas en el mercado internacional para aplicarlas en las
actividades de la institución a través de una reorientación, si
fuera el caso.
k. Otras funciones inherentes al cargo que le asigne la Alta
Dirección.
Artículo Cuarto.- Disponer que, una vez convocado cada
proceso electoral, se constituya un Comité de Fiscalización que se
encargará de ejecutar las tareas de fiscalización que el Pleno
señale y de efectuar las coordinaciones necesarias con los Jurados
Electorales Especiales y demás organismos del Sistema Electo-
ral, así como con las otras organizaciones que intervienen en el
proceso. Dicho comité estará integrado por dos miembros titula-
res del Jurado Nacional de Elecciones y personal altamente
calificado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. MONTES DE OCA BEGAZO;
BRINGAS VILLAR;
SOTO VALLENAS;
VELA MARQUILLO;
DE VALDIVIA CANO;
TRUJILLANO, Secretario General
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COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO
PUBLICO
Encargan despacho de la Cuarta Fis-
calía Superior en lo Penal de Lima
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
Nº 600-2000-MP-CEMP
Lima, 31 de agosto del 2000
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Oficio Nº 2412-2000-MP-GGDJL cursado por el doctor
Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos, Fiscal Superior Titular En-
cargado de la Gestión de Gobierno del Distrito Judicial de
Lima, acompañando el proveído de fecha 28 de agosto del 2000,
y el Oficio Nº 048-2000-MP-FN-4TA FSPL cursado por el doctor
Rafael Pedro Agüero Pinto, Fiscal Superior Titular de la Cuar-
ta Fiscalía Superior en lo Penal de Lima, solicitando hacer uso
de su período vacacional, por los días 31 de agosto y 1 de
setiembre del 2000; estando al Acuerdo Nº 6701 adoptado por
unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público,
en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta;
dejándose constancia que el señor doctor Pedro Pablo Gutié-
rrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comi-
sión Ejecutiva del Ministerio Público, no se encuentra presen-
te; y, en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs.
26623, 26695, 26738 y 27009;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Concédase vacaciones al doctor Rafael
Pedro Agüero Pinto, Fiscal Superior Titular de la Cuarta Fiscalía
Superior en lo Penal de Lima, por los días 31 de agosto y 1 de
setiembre del 2000.
Artículo Segundo.- Encargar al doctor José Luis García Villena,
Fiscal Adjunto Superior Titular de la referida Fiscalía, quien reúne los
requisitos de ley, el Despacho de la Cuarta Fiscalía Superior en lo
Penal de Lima, por el término indicado en el artículo precedente.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente reso-
lución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia
de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial,
Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presiden-
te del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo
Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Secretario
Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y
Titular del Pliego, Presidente de la Corte Superior de Justicia de
Lima, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno
Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el
Distrito Judicial de Lima; Encargado de la Oficina de Registro de
Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, y Fisca-
les mencionados, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO
Fiscal de la Nación y Presidenta de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo (P) - Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS
Secretario Ejecutivo - Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
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